RESOLUCIÓN 77 2020 SECRETARIA DE AMBIENTE

Síntesis:

SE MODIFICA ART. 1 RESOLUCIÓN 38-SECA-20 - SE PRORROGA -  120 DÍAS CORRIDOS - VENCIMIENTOS DE LAS TRAMITACIONES - ANTE LA SECRETARIA DE AMBIENTE - COMPRENDIDAS ENTRE EL 17 DE MARZO DE 2020 Y 2 DE AGOSTO DE 2020 - SE RATIFICA - CIERRE ACCESO AL PÚBLICO - PREDIOS - JARDÍN BOTÁNICO CARLOS THAYS - ECOPARQUE INTERACTIVO DE LA CIUDAD - RESERVAS ECOLÓGICAS - COSTANERA NORTE Y SUR - RESERVA NATURAL LAGO LUGANO - 2 DE AGOSTO DE 2020 - CORONAVIRUS - COVID-19 - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA 

Publicación:

23/07/2020

Sanción:

19/07/2020

Organismo:

SECRETARIA DE AMBIENTE


VISTO: Los Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N°

260/PEN/20, N° 297/PEN/20, N° 325/PEN/20, N° 355/PEN/20, N° 408/PEN/20, N°

459/PEN/20, N° 493/PEN/20, N° 520/PEN/20, N° 576/PEN/20 y N° 605/PEN/20, el

Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCABA/20 y N° 8/GCABA/20, y el Decreto N°

265/GCABA/20, las Resoluciones N° 38/SECA/20, N° 42/SECA/20, N° 45/SECA/20,

N° 51/SECA/20, N° 60/SECA/20, N° 64/SECA/20, N° 68/SECA/20 y N° 74/SECA/20, el

Expediente Electrónico N° 2020-09743400-GCABA-SECA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20 el Poder Ejecutivo

Nacional amplió la emergencia pública en materia sanitaria, en virtud de la pandemia

declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación al coronavirus

COVID-19, por el plazo de un año a partir de su publicación en el Boletín Oficial, lo que

ocurrió el día 12 de marzo de 2020;

Que, en consonancia con ello, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCABA/20

declaró la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

hasta el 15 de junio de 2020, a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias

para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del

coronavirus (COVID-19);

Que dicha emergencia sanitaria fue prorrogada hasta el día 31 de agosto de 2020

mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N° 8/GCABA/20;

Que mediante Resolución N° 38/SECA/20, la Secretaría de Ambiente dispuso el cierre

del acceso al público de aquellos lugares que se encuentran bajo su gestión, como el

Jardín Botánico Carlos Thays, el Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y las Reservas Ecológicas Costanera Norte, Costanera Sur y de Lago

Lugano;

Que, en el mismo sentido, la Resolución mencionada resolvió, en su artículo 1°,

prorrogar excepcionalmente y por un período de sesenta (60) días corridos los

vencimientos de las tramitaciones que ocurran por ante esta Secretaría de Ambiente,

comprendidas entre el 17 de marzo de 2020 y el 12 de abril de 2020;

Que, posteriormente, el Estado Nacional dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia N°

297/PEN/20 mediante el cual estableció el "aislamiento social, preventivo y obligatorio"

en los términos indicados en el citado Decreto, para todas las personas que habitan en

el país o se encuentren en él en forma temporaria;

Que el aislamiento establecido oportunamente por el Decreto de Necesidad y Urgencia

N° 297/PEN/20 que regía hasta el 31 de marzo de 2020, fue prorrogado

sucesivamente por los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 325/PEN/20, N°

355/PEN/20, N° 408/PEN/20, N° 459/PEN/20, N° 493/PEN/20, N° 520/PEN/20, N°

576/PEN/20 hasta el día 17 de julio de 2020 inclusive, con las excepciones allí

previstas;

Que, consecuentemente, la vigencia de las medidas adoptadas por las Resoluciones

N° 38/SECA/20, N° 42/SECA/20, N° 45/SECA/20, N° 51/SECA/20, N° 60/SECA/20, N°

64/SECA/20, N° 68/SECA/20 fueron ratificadas y prorrogadas por la Resolución N°

74/SECA/20, en línea con el aislamiento establecido por el Poder Ejecutivo Nacional;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 605/PEN/20 se prorrogó desde el día 18

de julio hasta el día 2 de agosto de 2020 inclusive, la vigencia del Decreto N°

297/PEN/20, que establece el "aislamiento social, preventivo y obligatorio", prorrogado

por los Decretos Nros. 325/PEN/20, 355/PEN/20, 408/PEN/20, 459/PEN/20,

493/PEN/20, 520/PEN/20 y 576/PEN/20, exclusivamente para las personas que

residan o se encuentren en los aglomerados urbanos y en los departamentos y

partidos de las provincias argentinas que no cumplan positivamente los parámetros

epidemiológicos y sanitarios establecidos en el artículo 2° del presente decreto;

Que conforme lo establece el artículo 11 del Decreto N° 605/PEN/20, entre los lugares

alcanzados por el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio se encuentra la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires como parte del aglomerado urbano denominado Área

Metropolitana de Buenos Aires (AMBA);

Que asimismo, el artículo 18 del mentado Decreto prohíbe, entre otras actividades,

aquellas que se realizan en espacios públicos o privados que impliquen la

concurrencia de personas;

Que el Decreto 265/GCABA/20, en función de las Decisiones Administrativas Nros.

763/JGM-PEN/20, 995/JGM-PEN/20 y 1289/JGM-PEN/20, estableció diversas

excepciones al "aislamiento social, preventivo y obligatorio", según el cronograma y

con el alcance detallado en el Anexo I (IF-2020-17274639-GCABA-SSCLTA) del

Decreto en cuestión;

Que sin perjuicio de la prohibición indicada en el artículo 18 del Decreto N°

605/PEN/20, las excepciones aludidas no comprenden, por el momento, las aperturas

del Jardín Botánico Carlos Thays, del Ecoparque Interactivo de la Ciudad de Buenos

Aires, de las Reservas Ecológicas Costanera Norte, Costanera Sur de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y de la Reserva Ecológica Lago Lugano;

Que, en función de lo expuesto, corresponde prorrogar el cierre de los lugares

indicados en el párrafo anterior hasta el 2 de agosto de 2020 o hasta tanto se autorice

su apertura;

Que en igual sentido y a tenor de la restricción circulatoria establecida en el Decreto

N° 605/PEN/20 mencionado, deviene necesario ampliar la prórroga decretada por el

artículo 1° de la Resolución N° 38/SECA/20, modificada por las Resoluciones N°

42/SECA/20, N° 45/SECA/20, N° 51/SECA/20, N° 60/SECA/20, N° 64/SECA/20, N°

68/SECA/20 y N° 74/SECA/20 en función de la nueva fecha de finalización de la

cuarentena;

Que atento a lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

Que la Gerencia Operativa Legales de la Dirección General Técnica, Administrativa y

Legal de esta Secretaría ha tomado la debida intervención en el ámbito de sus

competencias.

Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley N° 6.292, el Decreto N°

458/GCABA/19 y el Decreto N° 463/GCABA/19,

EL SECRETARIO DE AMBIENTE

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Modifícase el artículo 1° de la Resolución N° 38/SECA/20, modificada por

las Resoluciones N° 42/SECA/20, N° 45/SECA/20, N° 51/SECA/20, N° 60/SECA/20, N°

64/SECA/20, N° 68/SECA/20 y N° 74/SECA/2020, el que quedará redactado de la

siguiente manera: "Prorrógase, excepcionalmente y por un período de ciento veinte

(120) días corridos, los vencimientos de las tramitaciones que ocurran por ante esta

Secretaría de Ambiente, comprendidas entre el 17 de marzo de 2020 y el 2 de agosto

de 2020 inclusive. El plazo indicado se computará a partir del primer día hábil siguiente

al 2 de agosto de 2020".

Artículo 2°.- Ratifícase el cierre del acceso al público en los predios del Jardín

Botánico Carlos Thays, del Ecoparque Interactivo de la Ciudad de Buenos Aires, de

las Reservas Ecológicas Costanera Norte, Costanera Sur de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y de la Reserva de Lago Lugano dispuesto por la Resolución N°

38/SECA/20, modificada por las Resoluciones N° 42/SECA/20, N° 45/SECA/20, N°

51/SECA/20, N° 60/SECA/20, N° 64/SECA/20, N° 68/SECA/20 y N° 74/SECA/20 hasta

el 2 agosto de 2020 inclusive.

Artículo 3°.- La presente medida podrá ser prorrogada, modificada o ampliada

conforme se desenvuelva la situación sanitaria actual y/o a tenor de las normas que

eventualmente se dicten.

Artículo 4°.- Publíquese. Comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías, y a todas

las áreas dependientes de esta Secretaría de Ambiente para su conocimiento y demás

efectos. Cumplido, archívese. Macchiavelli

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 Resolución 77-SECA-20 sustituye el art. 1 de la Resolución 38-SECA-20. </p>
RATIFICA
<p>Art. 2 Resolución 77-SECA-20 ratifica el cierre del acceso al público en los predios del Jardín Botánico Carlos Thays, del Ecoparque Interactivo de la Ciudad de Buenos Aires, Reservas Ecológicas Costanera Norte, Costanera Sur  y Reserva de Lago Lugano dispuesto por Resolución 38-SECA-20.</p>