RESOLUCIÓN 3576 2003 SECRETARIA DE CULTURA

Síntesis:

APRUEBA EL GASTO REALIZADO A FAVOR DE LA ASOCIACIÓN DE MAESTROS, BAILARINES Y COREÓGRAFOS DEL TANGO ARGENTINO, EN EL EVENTO ABRAZO BUENOS AIRES - APROBACIÓN DE GASTO - PAGO DE GASTOS - CONTRATACIÓN DIRECTA 9-PROFECI-03 - TANGODATA - PROGRAMA FESTIVALES DE LA CIUDAD - PROFECI

Publicación:

27/01/2004

Sanción:

23/12/2003

Organismo:

SECRETARIA DE CULTURA


Visto el Decreto N° 1.370/01 (B.O. N° 1283) y su modificatorio N° 1.686/02 (B.O. N° 1596), y la Nota N° 385/PROFECI/03; y

CONSIDERANDO:

Que por el citado actuado tramita la solicitud de aprobación de la Contratación Directa N° 9/PROFECI/03, realizada al amparo del Decreto N° 5.720/PEN/72 y sus modificatorios, artículo 56, inciso 3°, apartado g), con la Asociación de Maestros, Bailarines y Coreógrafos del Tango Argentino, CUIT 30-70786320-6, para el asesoramiento, talleres, muestras y el aporte de parejas de baile de tango, con destino al Programa Festivales de la Ciudad, con motivo de la realización de Abrazo Buenos Aires, evento organizado con motivo del aniversario del servicio Tangodata, del citado programa;

Que la entidad propuesta, resulta la única que por trayectoria, representatividad, capacidad y asociados se corresponde con el servicio pretendido en cumplimiento del fin perseguido por el programa antes mencionado, representando la contratación solicitada un importe total de pesos once mil trescientos ($ 11.300);

Que se ha dado cumplimiento a lo previsto por el Decreto N° 1.825/97 (B.O. N° 355), y se ha cumplimentado con la emisión del correspondiente parte de recepción definitiva;

Que no ha sido posible concluir dentro de los plazos previstos la tramitación necesaria, que permitiera emitir la Orden de Compra de manera previa a la provisión del servicio requerido;

Que el Decreto N° 1.370/01 (B.O. N° 1283) y su modificatorio N° 1.686/02 (B.O. N° 1596), prevé el remedio para este tipo de circunstancias excepcionales, habilitando el régimen de competencias para la aprobación del gasto incurrido y su posterior cancelación;

Por ello, y conforme la delegación contemplada en el artículo 1° del Decreto N° 1.370/01, según texto del artículo 1° del Decreto N° 1.686/02;

EL SECRETARIO DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase el gasto a favor de la entidad civil Asociación de Maestros, Bailarines y Coreógrafos del Tango Argentino, CUIT 30-70786320-6, por un total de pesos once mil trescientos ($ 11.300), por los servicios prestados en el Programa Festivales de la Ciudad.

Artículo 2° - Autorízase a la Dirección General de Contaduría a emitir la correspondiente Orden de Pago por la suma de pesos once mil trescientos ($ 11.300), a favor de la entidad civil Asociación de Maestros, Bailarines y Coreógrafos del Tango Argentino, CUIT 30-70786320-6.

Artículo 3° - A los efectos del cobro, el proveedor deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite el importe correspondiente. El proveedor deberá comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.

Artículo 4° - El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida presupuestaria del presupuesto del año 2003.

Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, pase al Programa Festivales de la Ciudad, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. López

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