RESOLUCIÓN 1615 2020 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
SUSTITUYE - ANEXO RESOLUCIÓN 3491-MEGC/17 - PROCEDIMIENTO APLICACIÓN - LICENCIA POR VIOLENCIA DE GÉNERO - LEY 5609
Publicación:
30/07/2020
Sanción:
04/06/2020
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: La Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.017), las leyes Nros.
5.609 y 6.025, la Resolución N° 3491-MEGC/17, el Expediente Electrónico N°
7.961.963-GCABA-DGPDYND/20, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.017) se aprobó
el Estatuto del Docente;
Que la Ley N° 5.609 incorporó en el Artículo N° 69 inciso y) del Estatuto Docente la
licencia con percepción íntegra de haberes a las/los docentes con carácter de titular,
interino y/o suplente que padezcan cualquier tipo de violencia de género afectando su
seguridad personal, y que por tal motivo deban ausentarse de su puesto de trabajo;
Que asimismo, la citada Ley establece que dicha licencia deberá contar con la debida
justificación emitida por los servicios de atención y asistencia a las víctimas, y en un
plazo de 72 horas, se deberá presentar la denuncia judicial correspondiente o la
certificación emitida por los organismos estatales competentes;
Que la Ley N° 5.609 en su Artículo 2° dispuso que el Ministerio de Educación deberá
dictar las normas complementarias e interpretativas que fueran necesarias para una
mejor aplicación de la licencia que en dicha ley aprueba;
Que en consecuencia, la Resolución N° 3491-MEGC/17 aprobó el procedimiento de
aplicación por el cual se otorga la Licencia por violencia de género, incorporada por la
Ley N° 5.609;
Que posteriormente, la Ley N° 6.025 modificó el Artículo N° 69 inciso y) de la
Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.017) correspondiente a la
licencia por violencia de género;
Que atento a las modificaciones realizadas la Dirección General de Personal Docente
y No Docente, a efectos de una eficaz y eficiente gestión de la misma, propicia
actualizar el procedimiento aprobado por Resolución N° 3491-MEGC/17;
Que habiendo tomado intervención la Subsecretaría de Carrera Docente ha brindado
su conformidad en las actuaciones;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 2° de la Ley N° 5.609,
Artículo 1°.- Sustitúyase el Anexo (IF-2017-20023373-DGCLEI) de la Resolución N°
3491-MEGC/17 por el Anexo (IF-2020-07962240-GCABA-DGPDYND), que a todos
sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y, efectúense las comunicaciones oficiales al Ministerio de Desarrollo Humano y
Hábitat, a la Subsecretaría de Carrera Docente y a la Dirección General de Personal
Docente y No Docente, remítase al Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido,
archívese. Acuña