RESOLUCIÓN 1724 2020 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
SE MODIFICA - RESOLUCIÓN 842-MSGC-20 - PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS COVID-19 - MINISTERIO DE SALUD - CORONAVIRUS - COVID-19 - PACIENTES
Publicación:
07/08/2020
Sanción:
04/08/2020
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y de la
Organización Panamericana de la Salud, la Ley N° 27.541, los Decretos de Necesidad
y Urgencia Nacionales Nros. 260/PEN/20, 297/PEN/20, 325/PEN/20, 355/PEN/2020,
408/PEN/20, 459/PEN/20, 493/20, 520/PEN/20, 576/PEN/20, 605/PEN/20 y
641/PEN/20, la Ley N° 6.292, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCBA/20, el
Decreto de Necesidad y Urgencia N°8/GCBA/20, el Decreto N° 147/GCBA/20, la
Resolución del Ministerio de Salud de la Nación N° 680/MSN/20, la Resolución N°
842/MSGC/20 y modificatorias, y EX-2020-10280119-GCABA-DGLTMSGC;
CONSIDERANDO:
Que por los Decretos Nacionales de Necesidad y Urgencia Nros. 325/PEN/20,
355/PEN/20, 408/PEN/20,459/PEN/20, 493/PEN/20, 520/PEN/20, 576/PEN/20,
605/PEN/20 y 641/PEN/20, se prorrogó sucesivamente la vigencia del Decreto
Nacional de Necesidad y Urgencia N° 297/PEN/20 que establece la medida de
"Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y la prohibición de desplazarse por rutas,
vías y espacios públicos, a fin de prevenir la circulación y el contagio del virus
Coronavirus (COVID-19) hasta el 16 de agosto de 2020 inclusive;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 8/GCBA/20 se prorrogó la vigencia del
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCBA/20 que declaró la Emergencia Sanitaria
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines de atender y adoptar
las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio
en la población del virus COVID-19 (Coronavirus) hasta el 31 de agosto de 2020;
Que por Decreto N° 147/GCBA/20 se estableció que el Ministerio de Salud de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y todos los organismos bajo su órbita, son áreas
de máxima esencialidad e imprescindibles durante la vigencia de la pandemia
Coronavirus (COVID-19) y se facultó a las autoridades superiores con rango no inferior
a Director General a establecer protocolos y procedimientos de trabajo acordes a la
situación epidemiológica actual, asegurando la prestación de los servicios;
Que por Resolución N° 842/MSGC/20 y sus modificatorias, se aprobó el
"PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS
DE CORONAVIRUS COVID-19" el cual contempla la adopción de medidas que
garanticen la detección y el diagnóstico precoz de un posible caso de Coronavirus
(COVID - 19) con el fin de permitir su atención adecuada, así como las medidas de
investigación, prevención y control pertinentes;
Que en función de la evolución de la pandemia COVID-19, las recomendaciones
actualizadas de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización
Panamericana de la Salud (OPS) sumado a la experiencia local en materia de
definición, manejo de casos sospechosos y confirmados, así como también, el proceso
de alta desde el punto de vista médico y epidemiológico, es que resulta pertinente
realizar una nueva actualización del "PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS
SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS COVID-19" que fuera
aprobado por Resolución N° 842/MSGC/20 y sus modificatorias;
Que dichas actualizaciones han sido consensuadas con el comité de expertos que
asiste a esta cartera de salud;
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias y las conferidas por le Ley N°
6.292 y el Decreto N° 147/GCBA/20,
Artículo 1°.- Modifícase el artículo 1° de la Resolución N° 842/MSGC/20, el que
quedará redactado de la siguiente manera "Artículo 1°. - Apruébase el "PROTOCOLO
DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE
CORONAVIRUS COVID-19", que como Anexo I (IF-2020-18271208-GCABA-
SSPSGER) forma parte integrante de la presente Resolución".-
Artículo 2°. - Déjase sin efecto la Resolución N° 1461/MSGC/20.-
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y entes descentralizados. Cumplido,
archivese. González Bernaldo de Quirós