RESOLUCIÓN 631 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE PRORROGA LOS ALCANCES DE LA RESOLUCION CONJUNTA 538-MHFGC-20 - ACTIVIDADES VINCULADAS  - PLAN FINALIZACIÓN ESTUDIOS PRIMARIOS Y SECUNDARIOS - FINES - SE EXTIENDE DESIGNACIÓN - RESOLUCIÓN  7541-SSCDOC-20 - PERSONAL PLANTA TRANSITORIA DOCENTE Y NO DOCENTE - SE FIJA  PERÍODO - NUEVO VALOR DE CADA MÓDULO - TUTORÍAS ACADÉMICAS Y DE ORIENTACIÓN Y SEGUIMIENTO Y SUPLEMENTO PLAN FINES - DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN DEL ADULTO Y DEL ADOLESCENTE - DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN ESTATAL - SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Publicación:

12/08/2020

Sanción:

07/08/2020

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: Las Leyes Nros. 6.292 y 6.301, el Decreto N° 613/16 y su modificatorio, la

Resolución CFE N° 66/08, el Convenio ME N° 942/08, las Resoluciones Nacionales

Nros. 146-APN-ME/20 y 1058-APNME/20, las Resoluciones Nros. 8.644-MEGC/08,

3.789-MEGC/09 y 5.858-MEGC/11, las Resoluciones de Firma Conjunta Nros. 4-

MMGC/13, 538-MHFGC/20, 539-MHFGC/20 y el Expediente Electrónico N° 18535950-

GCABA-DGEGE/20, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 6.292 se aprueba la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose a los Ministerios de Educación y de

Hacienda y Finanzas;

Que por la Resolución N° 66-CFE/08 se aprueba el Plan de Finalización de Estudios

Primarios y Secundarios "FinEs";

Que mediante el Convenio N° 942/08 el Ministerio de Educación de la Nación y el

entonces Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires asumieron

el compromiso de aunar esfuerzos para el desarrollo del citado Plan en esta

jurisdicción;

Que, de esta manera, por la Resolución N° 8.644-MEGC/08 se resolvió implementar

dicho Plan en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que a través de la Resolución N° 3.789-MEGC/09 se dispuso la implementación del

mentado Plan en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose

como primera etapa el ciclo lectivo 2008/09, destinada a completar la educación

secundaria de los jóvenes y adultos mayores de dieciocho (18) años que hayan

concluido en forma regular el último año de la educación secundaria y adeuden

materias;

Que mediante la Resolución N° 5.858-MEGC/11 se ratifica la implementación del Plan,

extendiéndose tanto a los jóvenes y adultos mayores de dieciocho (18) años como a

los empleados que cumplan funciones en cualquier repartición u organismo

dependiente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que no hayan

iniciado o terminado los ciclos primario o secundario, conforme lo prevé la ejecución

de la segunda etapa de dicho Plan;

Que mediante la Resolución de Firma Conjunta N° 4-MMGC/13 se creó el

"Suplemento Plan FinEs", a los efectos de retribuir los servicios de tutoría de los

docentes que se desempeñan en el referido Plan, pertenecientes al sistema educativo

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante la Resolución N° 146-APN-ME/20 el Ministerio de Educación de la

Nación aprueba los lineamientos para la implementación del Plan FinEs en el ámbito

de la Secretaría de Educación para el ciclo 2020;

Que, entre los compromisos asumidos por el Ministerio de Educación de la Nación, se

encuentra el de brindar apoyo financiero para las acciones enmarcadas en el

Programa citado;

Que por Resolución de Firma Conjunta N° 539-GCABA-MHFGC/20 el Ministerio de

Educación y el entonces Ministerio de Economía y Finanzas de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires fijaron el valor de cada módulo (1 hora cátedra) y el valor de la

compensación de carácter no remunerativa y no bonificable de las Tutorías

Académicas y de Orientación y Seguimiento y del Suplemento Plan FinEs, en el marco

de dicho Plan;

Que en virtud de la primer asignación efectuada por el Ministerio de Educación de la

Nación a fin de financiar las líneas de acción y gastos operativos 2020 del Plan FinEs,

se aprobó mediante Resolución de Firma Conjunta N° 538-GCABA-MHFGC/20 la

Planta Transitoria Docente para atender las actividades vinculadas a dicho Plan, a

cargo de la Dirección de Educación del Adulto y del Adolescente, dependiente de la

Dirección General de Educación de Gestión Estatal de la Subsecretaría de

Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa del Ministerio de Educación, por el

período comprendido entre el 01 de febrero al 30 de junio de 2020;

Que por Resolución N° 1058-APN-ME/20, se aprobó la segunda asignación para el

financiamiento del Plan FinEs 2020;

Que las actividades del Plan FinEs correspondientes al primer cuatrimestre del

presente ciclo lectivo se extienden hasta el día 23 de agosto de 2020;

Que por ello, deviene necesario prorrogar los alcances de la mencionada Resolución

de Firma Conjunta N° 538-GCABA-MHFGC/20 por el período comprendido entre el 01

de julio al 23 de agosto de 2020;

Que, así también deviene necesario establecer un nuevo valor para cada módulo (1

hora cátedra) y para la compensación que perciben los tutores académicos y de

orientación y seguimiento y del Suplemento Plan FinEs;

Que el Decreto N° 613/16 y modificatorio encomendó en forma conjunta en los/las

titulares de los entonces Ministerios de Educación y de Hacienda la aprobación,

modificación y convalidación de las Plantas Transitorias de personal, para atender las

acciones, proyectos, planes y programas que se desarrollan en el ámbito del Ministerio

de Educación, así como de las Plantas Transitorias de personal para atender a las

acciones, proyectos, planes y programas, cuyas líneas de acción se encuentren

autorizadas y financiadas por el Ministerio de Educación y Deportes de la Nación, con

cargo a los fondos transferidos por dicho Ministerio al Ministerio de Educación de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la presente aprobación no se encuentra alcanzada por las restricciones previstas

en la Ley N° 6.301;

Que la Dirección General Planificación y Control Operativo, dependiente de la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y

Finanzas, y la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio

de Educación, han tomado la intervención de sus respectivas competencias.

Por ello y en uso de las facultades delegadas por el Decreto N° 613/16 y su

modificatorio 73/19,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

Y EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Prorróguense los alcances de la Resolución de Firma Conjunta N° 538-

GCABA-MHFGC/20, para atender las actividades vinculadas al Plan de Finalización de

Estudios Primarios y Secundarios "FinEs", durante el período comprendido entre el 1°

de julio y el 23 de agosto del 2020, a cargo de la Dirección de Educación del Adulto y

del Adolescente, dependiente de la Dirección General de Educación de Gestión

Estatal de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa del

Ministerio de Educación, de conformidad con el Anexo I (IF-2020-18540511-GCABA-

DGEGE), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Extiéndase la designación efectuada por la Resolución N° 7541-GCABA-

SSCDOC/20 del personal que se desempeñará en la Planta Transitoria Docente y No

Docente del Plan de Finalización de Estudios Primarios y Secundarios (FinEs).

Artículo 3° Fíjase por el período comprendido entre el 1° de julio y el 30 de septiembre

del 2020 el nuevo valor de cada módulo (1 hora cátedra) de las Tutorías Académicas y

de Orientación y Seguimiento y del Suplemento Plan FinEs, en el marco de este último

Plan, según lo indicado en el Anexo II (IF-2020-18540620-GCABA-DGEGE), el que a

todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, determinándose

que tendrá carácter remunerativo y no bonificable y será proporcional a los módulos y

períodos trabajados.

Artículo 4°.- Fíjase por el período comprendido entre el 1° de julio y el 30 de

septiembre del 2020 el nuevo valor de la compensación de carácter no remunerativa y

no bonificable según lo indicado en el Anexo II (IF-2020-18540620-GCABA-DGEGE),

el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, para cada

módulo (1 hora cátedra) de las Tutorías Académicas y de Orientación y Seguimiento y

Suplemento Plan FinEs, la que será proporcional a los módulos y períodos trabajados.

Artículo 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo aquí dispuesto será afectado

a la Jurisdicción 55 - UE 586 - Programa 2 - Actividad 13.000 - Inciso 1 - Partida

Principal 2 -Fuente 14-, el que estará sujeto a la transferencia de los fondos

correspondientes por parte de la Nación.

Artículo 6° Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la

Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes y a la Subsecretaría de

Gestión de Recursos Humanos, dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas

y, para su conocimiento y demás fines, remítase a la Subsecretarías de Coordinación

Pedagógica y Equidad Educativa y Carrera Docente del Ministerio de Educación.

Cumplido, archívese. Acuña - Miguel p/p


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 Resolucion Conjunta 631-MHFGC-20 prorroga alcances de la Resolución de Firma Conjunta N° 538-MHFGC/20, para atender actividades vinculadas al Plan de Finalización de Estudios Primarios y Secundarios FinEs.</p>