DECRETO 327 1997

Síntesis:

DESIGNA LA PRESBISTERO JORGE F. BIASOTTI, COMO CAPELLAN DEL SERVICIO RELIGIOSO PASTORAL DEL HOSPITAL DE QUEMADOS

Publicación:

08/04/1997

Sanción:

20/03/1997

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 88.359-95, y

CONSIDERANDO:

Que el cargo de Capellán del Servicio Religioso Pastoral del Hospital de Quemados, se encuentra vacante;

Que, en consecuencia, resulta necesario proceder a la cobertura del mencionado cargo;

Que según surge en los presentes actuados, el presbítero Jorge Federico Biasotti, D.N.I. N° 13.404.075, responde a las exigencias del mismo;

Que por lo expuesto resulta conveniente proceder al dictado de la norma legal respectiva de designación;

Que dicho acto administrativo se efectúa de acuerdo con lo establecido en el artículo 2', inciso a) de la Ordenanza N° 38.397 (B. M. N° 16.906), y conforme lo dispuesto por el Sistema Municipal de la Profesión Administrativa (SI.MU.P.A.), aprobado por Decreto N° 3.544-91 (B.M. N° 19.131) y sus reglamentarios,

Que es de hacer notar que la presente cuenta con la autorización de la Sede Arzobispal de Buenos Aires;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (artículo 104, inciso 9) de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Desígnase al presbítero Jorge Federico Biasotti,

D.N. l. N° 13.404.075, como Capellán deí Servicio Religioso Pastoral del Hospital de Quemados, partida 4005.0500.D.00.415.X.26, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2°, inciso a) de la Ordenanza N° 38.397 (B.M. N° 16.906), y conforme lo dispuesto por el Sistema Municipal de la Profesión Administrativa (SI.MU.P.A.), aprobado por Decreto N° 3.544-91 (B.M. N° 19.131) y sus reglamentarios.

Art. 2° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Salud y de Hacienda y Finanzas.

Art. 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Administración de Recursos Humanos.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
artículo 2°, inciso a)