RESOLUCIÓN 814 2020 MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT

Síntesis:

SE DEJAN SIN EFECTO - RESOLUCIONES 1433-MHYDHGC-19 Y 28-MHYDHGC-20 - PROGRAMA UNA VICTORIA LLEVA A LA OTRA - EMPODERAMIENTO DE MUJERES Y NIÑAS A TRAVÉS DEL DEPORTE - BARRIOS VULNERABLES - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT- AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO - INVIABLE IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO - COVID 19 - PANDEMIA - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

18/08/2020

Sanción:

28/07/2020

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT


VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, las Leyes N°

114 y N° 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.017), los Decretos Nacionales de

Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20, N° 297-PEN/20 y modificatorios, los Decretos

de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y 8/20, el CONVE-2018-29472312-AJG, el CONVE-

2019-37712853-GCABA-DGTALMHYDH, el Expediente Electrónico N°2019-

37656507-GCABA-SSPSOC, y

CONSIDERANDO:

Que por el Memorando de Entendimiento celebrado con fecha 04/10/2018 entre la

Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de

las Mujeres y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, identificado como

CONVE-2018-29472312-AJG, se ha incluido entre actividades potenciales las de

"Apoyo técnico para la promoción de mujeres deportistas y el cambio de estereotipos

de género a través del deporte";

Que en dicho marco, se suscribió una Carta de Acuerdo entre el ex Ministerio de

Hábitat y Desarrollo Humano - ahora Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat - y la

Entidad de las Naciones Unidas Para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de

las Mujeres (ONU Mujeres), con fecha 31/10/2019 e identificado como CONVE-2019-

37712853-GCABA-DGTALMHYDH, cuyo objetivo es la ejecución del Programa "Una

Victoria Lleva a la Otra" de empoderamiento de mujeres y niñas a través del deporte y

su implementación en barrios vulnerables de Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, a los fines de la implementación del Programa, mediante la Resolución N° 1433-

MHYDHGC/19 se aprobaron las "Bases a la CONVOCATORIA EJECUCIÓN

PROGRAMA UNA VICTORIA LLEVA A LA OTRA", conjuntamente con el modelo de

convenio a suscribir a tal efecto, y se dispuso el llamado a Organizaciones de la

Sociedad Civil para la pre-selección y selección de Proyectos, de conformidad con los

lineamientos establecidos en las mencionadas Bases, y designan a los integrantes de

la Comisión que evaluará los proyectos;

Que, la Ley N° 114, tiene por objeto la protección integral de los derechos de las niñas,

niños y adolescentes;

Que, por artículo 23 de la Ley N° 6292, dentro de los objetivos del Ministerio de

Desarrollo Humano y Hábitat se encuentran el diseño y la implementación de políticas,

planes y programas de promoción y desarrollo social destinados a la población en

situación de vulnerabilidad social, coordinando y creando espacios de consulta y

participación de la ciudadanía;

Que, conforme el Decreto N° 463/19 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánica

funcional del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, en cuya órbita se encuentra la

Subsecretaría de

Fortalecimiento Personal, Familiar y Comunitario, con

responsabilidades primarias tales como la de diseñar, implementar y monitorear

programas destinados a los niños, niñas y adolescentes en situación de vulnerabilidad

social;

Que, a los fines de posibilitar una adecuada presentación de Proyectos con

propuestas técnicas y económicas, por Resolución N° 28-MDHYHGC/20, se aprobó la

Guía de estándares Mínimos (IF-2020-02761887-GCABA-SSFPFC) y el Formulario

para la Presentación de Proyecto Programa "Una Victoria Lleva a la Otra" (IF-2020-

02761942-GCABA-SSFPFC y IF-2020-02801751-GCABA-SSFPFC);

Que, por artículo 2° y 3° de la mencionada resolución se modifica el Anexo I de la

Resolución 1433-MHYDHGC/19, apartado IV. b (IF-2019- 37916113-GCABA-

SSPSOC), respecto del plazo para la presentación del Proyecto, con las propuestas

técnica y económica correspondientes, y los integrantes de Comisión Evaluadora de la

Convocatoria;

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado, con fecha 11 de marzo

de 2020, que el virus COVID-19 (Coronavirus) es considerado pandemia;

Que, a partir del dictado de los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 260-PEN/20 y

297-PEN/20 se amplió la emergencia pública en materia sanitaria en virtud de la

mencionada pandemia y se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio

para todas las personas que se encuentren en el país, a fin de proteger la salud

pública, prorrogado por Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 355-PEN/20, 408-

PEN/20, 459-PEN/20, 493-PEN/20, 520-PEN/20, 574-PEN/20 y 605-PEN/20;

Que, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20, se declaró la Emergencia

Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el 15 de junio de

2020, a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir

el riesgo de propagación del contagio en la población del virus COVID-19

(Coronavirus), medida que fuera prorrogada por el Decreto de Necesidad y Urgencia

N° 8/20 hasta el 31 de agosto de 2020;

Que, el contexto de vigencia de la emergencia sanitaria y el aislamiento social

preventivo y obligatorio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha tornado inviable

la implementación del proyecto "UNA VICTORIA LLEVA A LA OTRA" durante el primer

semestre del año en curso;

Que, ONU Mujeres remitió una misiva dando cuenta que el contexto incierto y

complejo por la pandemia del COVID-19, dificulta la ejecución del mencionado

proyecto, manifestando que la terminación de la Carta Acuerdo constituía la estrategia

más apropiada a llevar a cabo en esta coyuntura;

Que, con fecha 1° de julio de 2020, ONU Mujeres remitió a la titular de este Ministerio

una nueva carta titulada "Aviso de terminación de la Carta de Acuerdo entre UNW y el

Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat para el proyecto titulado "Una Victoria Lleva

a la Otra", dando aviso por escrito sobre la terminación del Proyecto de conformidad

con el Artículo 21 del Acuerdo, con un aviso de 30 días, a ser efectivo a partir del 1° de

julio de 2020;

Que, en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo por el cual se deje sin

efecto las Resoluciones N° 1433-MHYDHGC/19 y Resolución N° 28-MDHYHGC/20.

Por ello, y en uso de sus facultades,

LA MINISTRA DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT

RESUELVE:

Artículo 1°: Dejase sin efecto las Resoluciones N° 1433-MHYDHGC/19 y Resolución

N° 28-MDHYHGC/20.

Artículo 2°: Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese a la Subsecretaría de Fortalecimiento Personal, Familiar y Comunitario

para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General de

Fortalecimiento de la Sociedad Civil y a la Dirección General Técnica, Administrativa y

Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat. Cumplido,

archívese. Migliore

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art.1 Resolución 814-MDHYHGC-20, deja sin efecto las Resoluciones 1433-MHYDHGC-19 y 28-MDHYHGC-20, en el marco de la emergencia sanitaria declarada por DNU 1-20.</p>
DEROGA
<p>Art.1  Resolución 814-MDHYHGC-20, deja sin efecto la Resolución 28-MDHYHGC-20.</p>
DEROGA
<p>Art.1 Resolución 814-MDHYHGC-20, deja sin efecto la Resolución 1433-MHYDHGC-19.</p>