DISPOSICIÓN 152 2020 DIRECCION GENERAL REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO

Síntesis:

SE OTORGA EL REGISTRO DEL PROTOTIPO DE ASCENSOR SIN SALA DE MÁQUINAS MODELO SERVAS MRL - CÓDIGO DE LA EDIFICACIÓN - LEY 6100 - REDACCIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS - MODELO W - SERVAS SA

Publicación:

20/08/2020

Sanción:

11/08/2020

Organismo:

DIRECCION GENERAL REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO


VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires

(Decreto N° 1510/97), el Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires, (Ley N°

6.100), la Ley N° 6.292, el Decreto N° 463/19 y su modificatorio, el Decreto N°

177/2020, el Expediente Electrónico EX-2019-22845897- -MGEYA-DGROC, y

CONSIDERANDO:

Que por estos actuados, EX-2019-22845897- -MGEYA-DGROC, se presentó el Ing.

José Aizpun, en su carácter de Presidente de Servas S.A, a los efectos de solicitar la

Homologación del prototipo de ascensor sin sala de máquinas Modelo SERVAS MRL,

según lo requerido por el Artículo 3.9.10.8 inciso "c" del Código de Edificación (Ley N°

6100) y el Ítem 6 inciso "c" del Libro RT -030910 - 020205 - 01 (Versión 2) de sus

Reglamentos Técnicos;

Que en razón de ello se adjuntó solicitud de homologación firmada por el interesado y

por el Ingeniero César Enrique Soregaroli Matricula N° 6.699 - COPIME, fijando su

domicilio dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la calle Talcahuano N°

768, piso 1°, conforme surge del Estatuto que corre por Escritura N° 445 (IF-2020-

17689398-DGROC, orden n°61);

Que, a través de IF-2020-17689398-GCABA-DGROC (orden n° 61) se incorporaron

Información sobre el Registro de las marcas ASCENSORES SERVAS y SERVAS, el

Estatuto de la empresa Ascensores SERVAS S. A., el DNI del Ing José Aizpun, la

Matrícula del Ing. César Enrique Soregaroli, la Boleta de Pago de los Derechos de

Registro, y el Comprobante de Pago de los Derechos de Registro.

Que mediante Documento ACTO-2020-17689497-GCABA-DGROC (vinculado en

Orden N° 62) obra las Certificaciones y Homologaciones Nacionales e Internacionales

de los componentes del prototipo;

Que mediante el Documento IF - 2020 - 17689540 - GCABA - DGROC (vinculado en el

Orden N° 63) incorporan la Memoria Descriptiva e Información Técnica de los

componentes del prototipo y del conjunto completo, cuyas principales características

son que su carga nominal es de 450 Kg - 2000 Kg, su velocidad nominal es de 1 m/s -

2,5 m/s. su recorrido máximo es de 90 m, posee una suspensión de 2:1, y Número de

accesos de cabina: 1 a 0°, 2 a 90°, 2 a 180°;

Que mediante el Documento Plano PLANO-2020- 17689674 - GCABA - DGROC

(vinculado en el Orden N° 64) se adjuntaron los Planos Generales y de Detalles

correspondientes.

Que mediante el Documento N° IF-2020-17702319-GCABA-DGROC (vinculado en el

Orden N° 66) Gerencia Operativa de Registro de Instalaciones, perteneciente a esta

Dirección General, luego de analizar la documentación mencionada en los párrafos

anteriores y las características principales del modelo SERVAS MRL concluyó que, lo

solicitado no contradice ni desvirtúa los lineamientos técnicos establecidos en el

Capítulo 3.9.10 "Medios Mecánicos de Elevación" del Código Edificación (Ley 6100) y

en el Libro RT - 030910 - 020205 - 01 (Versión 2) "Ascensores y Montacargas" de sus

Reglamentos Técnicos;

Que en virtud de que los Reglamentos Técnicos se encuentran en constante revisión

para incorporar mismos las últimas novedades en cuanto a tecnologías y medidas de

seguridad, la homologación prototipo en cuestión se otorgará sujeta a modificaciones

de acuerdo a la reglamentación en estudio;

Que dicha homologación deberá asimismo otorgarse bajo la exclusiva responsabilidad

de la empresa fabricante y su representante técnico. Por otra parte, deberá

establecerse que la totalidad de los elevadores instalarse de este prototipo sea

inspeccionada por el área pertinente de la Dirección General Fiscalización y Control de

Obras, como condición sine qua non, para su Registro Final;

Que la Ley 6.292, estableció la actual estructura ministerial, y que el Decreto N°

463/19 aprobó estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del

Gobierno de la Ciudad Autónoma Buenos Aires con las responsabilidades primarias y

objetivos de las Unidades de Organización integrantes de este Gobierno, siendo que el

Decreto N° 177/2020 ha designado a la Directora General de Registro Obras y

Catastro;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL DE REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO

DISPONE:

Artículo 1°.- Otorgase, el registro del prototipo de ascensor sin sala de máquinas

modelo SERVAS MRL, en razón de las razones expuestas en los considerandos de la

presente.

Artículo 2°.- Establézcase que la utilización, correcto funcionamiento y seguridad del

prototipo de ascensor sin sala de máquinas modelo SERVAS MRL otorgada es bajo

exclusiva responsabilidad de la empresa "Servas S.A." y su representante técnico,

propietario del ascensor y el instalador interviniente en la instalación y conservación de

la misma.

Artículo 3°.- Hágase saber que la totalidad de los elevadores a registrarse bajo los

términos de la presente Disposición deberá ser inspeccionada por la Dirección General

de Fiscalización y Control de Obras, condición sine qua non, para su Registro Final.

Artículo 4 °.- Hágase saber que el registro del prototipo, se otorga mientras tenga

vigencia Reglamento Técnico en base al cual se otorgó la presente, debiendo ser

actualizada para la instalación nuevos equipos al momento de requerirse nuevas

condiciones de seguridad.

Artículo 5°.- Póngase en conocimiento de la Subsecretaría de Registros, Interpretación

y Catastro de lo dispuesto, a fin de ser considerado al momento de la redacción de los

Reglamentos Técnicos del Código de Edificación (Ley N° 6100).

Artículo 6°.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires. Póngase en conocimiento a la Gerencia Operativa de

Instalaciones. Cumplido, archívese. Borgna

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 5 de la Disposición 152-DGROC/20 pone en conocimiento de la Subsecretaría de Registros, Interpretación y Catastro de lo dispuesto, a fin de ser considerado al momento de la redacción de los Reglamentos Técnicos del Código de Edificación, Anexo I de la Ordenanza 34421.</p>