RESOLUCIÓN 293 2020 ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
Síntesis:
SE INSTRUYE - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - INCLUIR EN LAS PREVISIONES DE LA RESOLUCIÓN CONJUNTA 522-MHFGC-20 - A PARTIR DEL 24 DE AGOSTO DE 2020 - TODOS LOS ABONOS Y LOCALIDADES VENDIDAS QUE CORRESPONDAN - FUNCIONES PREVISTAS EN LA RESOLUCIÓN 1160-EATC-19 - ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
Publicación:
21/08/2020
Sanción:
18/08/2020
Organismo:
ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
VISTO: La Ley N° 2.855 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su Decreto
reglamentario N° 1342/GCABA/08, el Decreto N° 480/GCABA/19, el DNU N°
297/PEN/20 y sus sucesivas prórrogas, el Decreto N° 140/AJG/20, los DNU N° 1/20 y
8/20, la Resolución N° 402/EATC/18, la Resolución N° 1160/EATC/19, la Resolución
conjunta con el Ministerio de Hacienda y Finanzas N° 522/MHFGC/20, el EX-2020-
18810745-GCABA-DGTALEATC y;
CONSIDERANDO:
Que conforme con lo dispuesto por la Ley N° 2.855 (texto consolidado por Ley N°
6.017) se creó el Ente Autárquico Teatro Colón, con personería jurídica propia,
autonomía funcional y autarquía financiera;
Que el artículo 2° de la mencionada ley manifiesta que el Ente Autárquico Teatro
Colón es el organismo público que tiene la misión de crear, formar, representar,
promover y divulgar el arte lírico, coreográfico, musical-sinfónico y de cámara y
experimental, en su expresión de excelencia de acuerdo a su tradición histórica, en el
marco de las políticas culturales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 3° de la Ley N° 2.855 le atribuye al Ente Autárquico Teatro Colón entre
las diferentes funciones, la de "...facilitar al conjunto de los habitantes de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, conforme al artículo 32 de la Constitución de la Ciudad, el
acceso a las actividades artístico culturales que desarrolla...",cfr. inciso b) y la de
"...entender en la planificación, programación y ejecución de actividades vinculadas al
arte lírico, coreográfico, musical - sinfónico y de cámara - y experimental...", cfr. inciso
c);
Que mediante Resolución N° 1160/EATC/2019 se aprobaron los Títulos de la
Temporada Artística 2020 del Ente Autárquico Teatro Colón detallados en el Anexo I
(IF -2019-37996972-GCABA-DGTALEATC);
Que posteriormente mediante Resolución N° 65/EATC/20 se aprobó el precio de las
localidades que regirán en los Abonos, sobrantes de abono, funciones extraordinarias
y otras, de las diferentes actividades artísticas de la temporada 2020, y se inició la
venta de entradas en las diferentes modalidades abono e individuales en los distintos
canales de ventas a través del "SERVICIO DE EMISIÓN, ADMINISTRACIÓN Y
VENTA DE LOCALIDADES";
Que desde el dictado del Decreto N° 140/AJG/20 con fecha 12 de marzo del corriente
se suspendieron las actividades en los teatros gestionados por el Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires, con el fin de la evitar la propagación del COVID-19;
Que mediante Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N°
297/PEN/20, y sus sucesivas prórrogas, se estableció la medida de "aislamiento
social, preventivo y obligatorio" la cual continúa vigente a la fecha;
Que el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 declaró la Emergencia Sanitaria en
el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020 a los
fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de
propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19) y por Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 8/20 se prorrogó dicha vigencia hasta el 31 de agosto de
2020;
Que en el contexto descripto se procedió a iniciar la devolución a los adquirentes que
solicitaron el reintegro del monto total correspondiente del valor del ticket o los tickets
adquirido/s para la/s función/es que se vieron alcanzadas por las medidas, a través de
la web, iniciando por aquellas que fueran abonadas mediante medios electrónicos-
tarjetas de crédito y/o débito;
Que en tal sentido mediante la Resolución Conjunta con el Ministerio de Hacienda y
Finanzas N° 522/MHFGC/20, se aprobó el procedimiento de excepción aplicable a la
devolución del importe de los tickets adquiridos para las funciones de la temporada
artística 2020 del Teatro Colón, que se vean suspendidas o canceladas como
consecuencia de las medidas implementadas para prevenir la circulación y el contagio
del virus COVID-19;
Que dentro de las funciones y facultades asignadas a la Dirección General del Ente
Autárquico Teatro Colón mediante Ley N° 2.855 (texto ordenado por Ley 6.017) art. 14
incisos l), se encuentra "Planificar y ejecutar las actividades que correspondan para el
desarrollo de los objetivos del Ente Autárquico Teatro Colón y las actividades de los
recursos humanos, físicos, económicos, financieros y patrimoniales, y r) Entender en
todas las demás cuestiones atinentes al cumplimiento de la presente ley";
Que al presente, sin detrimento de la proyección que el plan integral y gradual de
Gobierno prevé para retomar las actividades de la Ciudad, teniendo en consideración
las actividades programadas en el último periodo del año para la temporada artística
2020, así como el tiempo que insume el ensayo, producción y desarrollo, con la
calidad y excelencia que caracteriza la puesta en escena de una obra artística en este
Teatro, y particularmente, priorizando la salud pública, el cuidado y la prevención que
debe observarse ante la situación de público conocimiento que venimos atravesando,
se entiende procedente el dictado de la presente medida;
Que, asimismo, es dable explicitar que se retomarán y adaptarán las actividades que
sean necesarias a efectos de que el Teatro siga manteniendo su rol protagónico en la
vida cultural, esperando retomar las actividades presenciales en cuanto las
circunstancias imperantes lo permitan;
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 2.855 (texto consolidado por
la Ley N° 6.017),
Artículo 1°- Instrúyase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal a incluir
en las previsiones de la Resolución Conjunta N° 522/MHFGC/20 a partir del 24 de
agosto de 2020 todos los abonos y/o localidades vendidas que correspondan, para las
funciones previstas en la Resolución N° 1160/EATC/2019.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase
a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro
Colón para las gestiones pertinentes y comunicación a las demás Direcciones
Generales dependientes del Ente Autárquico Teatro Colón a los fines
correspondientes. Cumplido, archívese. Alcaraz