RESOLUCIÓN 1896 2020 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

SE APRUEBA - PROPUESTA DE ACTUALIZACIÓN E INCORPORACION - NOMENCLADOR DE PRESTACIONES DE SALUD - MODULO - DETECCION GENOMA VIRAL SARS - COV 2 - AMPLIFICACION ISOTERMICA - VIGENCIA REROACTIVA - A PARTIR DEL 1 DE AGOSTO DE 2020 - MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION

Publicación:

24/08/2020

Sanción:

19/08/2020

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO: El Decreto N° 468/94, los articulos 43 y 45 del Decreto N° 208/01, los Decretos

Nacionales de Necesidad y Urgencia No 260-PEN/2020 , N° 287-PEN/2020 los

Decretos de Necesidad y Urgencia No 1-AJG/20 y No 8-AJG/20, las Resoluciones

Nros. 1840-MSGC/15, 352-MSGC/16, 336-MSGC/17, 2006-MSGC/2017, 404-

MSGC/18, 1794-MSGC/18, 2529-MSGC/18, 598-MSGC-19, 1227-MSGC-19, 2148-

MSGC-19, 3028-MSGC/19, 577-MSGC/20, 856-MSGC/20 y 1191-MSGC/20, el

Expediente Electronico N ° 2020-19812838 -GCABA-DGCTFS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/2020, modificado por

Decreto de Necesidad y Urgencia N° 287-PEN/2020 el Poder Ejecutivo de la Nacion

amplio la emergencia publica en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en

virtud de la pandemia declarada por la Organizacion Mundial de la Salud (OMS) en

relacion al virus COVID-19 (Coronavirus), por el plazo de un (1) ano a partir de la

entrada en vigencia de dicho decreto;

Que la Organizacion Mundial de la Salud (OMS) ha declarado que el virus COVID-19

(Coronavirus) se esta propagando de persona a persona aceleradamente a nivel

mundial, declarandolo pandemia;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaro la Emergencia Sanitaria

en el ambito de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020,

con los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el

riesgo de propagacion del contagio en la poblacion del virus COVID-19 (Coronavirus);

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 8/20 se prorrogo hasta el 31 de agosto

de 2020 la Emergencia Sanitaria declarada en el ambito de la Ciudad Autonoma de

Buenos Aires;

Que por el articulo 5° del Decreto N° 468/94 se faculto a la entonces Secretaria de

Salud para que proceda a incorporar y/o a sustituir los modulos del Nomenclador de

Prestaciones de Salud, creando la Comision Permanente de Actualizacion del

Nomenclador;

Que los articulos 43 y 45 del Decreto N° 208/01 encomendaron a la entonces

Secretaria de Salud la fijación de los valores que deberan abonar las entidades

obligadas por las prestaciones brindadas por sus efectores;

Que esas atribuciones hoy corresponden al Senor Ministro de Salud;

Que la Resolucion N° 1840-MSGC/15 designo la conformacion de la nueva Comision

Permanente de Actualizacion del Nomenclador;

Que mediante Resolucion No 1291-MSGC/20 se aprobó la ultima propuesta de

actualizacion del Nomenclador de Prestaciones de Salud estableciendose su vigencia

desde las 00 horas del 1° de Junio de 2020;

Que tornandose imprescindible la plena operatividad del Sistema de Salud de la

Ciudad Autonoma de Buenos Aires y considerando el incremento de las consultas

efectuadas en el sistema publico de salud en relacion al Coronavirus (COVID-19),

cabe mencionar que un porcentaje importante requieren la utilización de medidas de

seguridad extremas, por lo que por Resolucion N° 1191-MSGC/20 se incorporo el

modulo "COVID-19", bajo el Codigo 60;

Que, en este contexto de emergencia sanitaria resulta necesario actualizar el modulo

referido, e incluir en el mismo el nuevo estudio "Deteccion Genoma Viral SARS COV-

2" en el nomenclador referido.

Que la Direccion General Legal y Tecnica ha tomado la competencia que le

corresponde. Por ello, de conformidad con las facultades delegadas por el Decreto No

468/94,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Articulo 1°.- Apruebase la propuesta de actualización e incorporacion al Nomenclador

de Prestaciones de Salud aprobado mediante Resolucion N° 1291-MSGC/2020 el

modulo " DETECCION GENOMA VIRAL SARS - COV 2 (AMPLIFICACION

ISOTERMICA) ", bajo el Codigo. 60.08, identificado como Anexo, registrado como

informe N° IF-2020-19827025-GCABA-DGCTFS, que forma parte integrante de la

presente.

Articulo 2°.- Dejase establecido que la incorporacion aprobada mediante el articulo

precedente comenzara a regir retroactivamente para las prestaciones efectuadas a

partir de las 00.00 horas del 1° de agosto de 2020.

Articulo 3°.- Publiquese en el Boletin Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y parasu

conocimiento y demas efectos pase a la Subsecretaria de Planificacion Sanitaria y

Gestion en Red, a la Subsecretaria de Atencion Hospitalaria, a la Subsecretaria de

Atencion Primaria, Ambulatoria y Comunitaria, a la Subsecretaria de Administracion

del Sistema de Salud, a la Direccion General de Coordinacion, Tecnologias y

Financiamiento en Salud, a la Direccion General de Sistemas de Informacion Sanitaria,

a la Direccion General Legal y Tecnica. Cumplido, archivese. González Bernaldo de

Quirós


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5939

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 1896-MSGC/20 aprueba la propuesta de actualización e incorporacion al Nomenclador de Prestaciones de Salud aprobado mediante Resolucion Nº 1291-MSGC/2020 el modulo DETECCION GENOMA VIRAL SARS - COV 2 (AMPLIFICACION ISOTERMICA), en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 1896-MSGC/20 aprueba la propuesta de actualización e incorporacion al Nomenclador de Prestaciones de Salud aprobado mediante el Decreto N° 468-MCBA/94.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 1896-MSGC/20 actualiza e incorpora  el modulo DETECCION GENOMA VIRAL SARS - COV 2 (AMPLIFICACION ISOTERMICA) al Nomenclador de Prestaciones de Salud aprobado mediante Resolucion Nº 1291-MSGC/20.</p>