RESOLUCIÓN 1675 2020 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
SE AUTORIZA LA TRANSFERENCIA DE FONDOS DESTINADA A SOLVENTAR EL PAGO DEL APORTE GUBERNAMENTAL AL SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO JUNIO DE 2020 PARA DOCENTES DEL NIVEL INICIAL, DEL NIVEL SECUNDARIO, DEL NIVEL SUPERIOR, DE LA MODALIDAD EDUCACIóN DE ADULTOS, DE LA MODALIDAD EDUCACIóN ESPECIAL, DEL INSTITUTO LIBRE DE SEGUNDA ENSEñANZA, DE LOS INSTITUTOS TERCIARIOS DE GESTIóN PRIVADA A FAVOR DE LA DIRECCIóN GENERAL DE EDUCACIóN DE GESTIóN PRIVADA - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA
Publicación:
31/08/2020
Sanción:
06/07/2020
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
"2020. Año del General Manuel Belgrano"
VISTO: Las Leyes Nacionales N° 13.047, N° 24.049 y N° 26.206, los Decretos N°
1203/93, N° 393/09 y N° 255/20, el Expediente Electrónico N° 16438073-GCABA-
DGEGP/20, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la actuación citada en el Visto, la Dirección General de Educación de
Gestión Privada dependiente de Unidad Ministro, solicitó la transferencia de fondos
con el objeto de solventar el pago del aporte gubernamental para los Niveles Inicial,
Primario, Secundario y Superior y las modalidades de Educación de Adultos y
Especial, el Instituto Libre de Segunda Enseñanza (ILSE) y los Institutos Terciarios de
Gestión Privada, destinado al Sueldo Anual Complementario correspondiente al mes
de junio 2020 de los docentes de los Institutos Privados Incorporados de la Ciudad de
Buenos Aires cuya remuneración bruta en el mes de junio 2020 sea igual o inferior a
pesos cincuenta mil con 00/100 ($ 50.000);
Que a través del Decreto N° 255/20 se aprobó el cronograma para las transferencias
del aporte gubernamental que perciben los Institutos Educativos de Gestión Privada
Incorporados a la Enseñanza Oficial, destinado a solventar la primera cuota del sueldo
anual complementario (SAC) del año 2020, del personal directivo, docente y docente
auxiliar conforme el Anexo (IF-2020-16391505-GCABA-DGEGP);
Que el artículo 2° del referido Decreto, exceptuó del mencionado cronograma la
transferencia de los aportes gubernamentales destinados a solventar la primera cuota
del sueldo anual complementario 2020 del personal directivo, docente y docente
auxiliar cuyos haberes en el mes de junio 2020, sean iguales o inferiores a pesos
cincuenta mil con 00/100 ($ 50.000);
Que se debe autorizar dicha transferencia a fin de que la citada Dirección General
pueda cancelar las obligaciones a su cargo, únicamente en los establecimientos que
no adeuden rendiciones de meses anteriores;
Que se ha efectuado la imputación de los fondos necesarios para solventar dicho
pago;
Que el Decreto N° 393/09 establece el proceso de desconcentración de las
liquidaciones de gastos y emisión de órdenes de pago derivadas de la totalidad de las
facturas y certificados en función de la naturaleza del gasto;
Que debe señalarse que el artículo 17 de la norma citada faculta a la Dirección
General de Contaduría, como asimismo a sus Representaciones y Delegaciones
Contables, en su caso, a incluir en Órdenes de Pago a aquellas acreencias que se
encuentren respaldadas por la correspondiente norma autorizante, emanada de
autoridad competente;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención de su competencia.
Por ello, y conforme las facultades encomendadas por el artículo 17 del Decreto N°
393/09,
"2020. Año del General Manuel Belgrano"
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de
Educación de Gestión Privada, destinada a solventar el pago del aporte
gubernamental para el Nivel Inicial (Fuente 11), correspondiente al Sueldo Anual
Complementario junio de 2020 de los docentes de los Institutos Privados Incorporados
de la Ciudad de Buenos Aires, por un importe total de pesos cincuenta y cuatro
millones setecientos treinta y seis mil seiscientos cuarenta y uno con 00/00 ($
54.736.641,00), conforme al detalle que como Anexo (IF-2020-16463022-GCABA-
DGEGP), forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2°.- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de
Educación de Gestión Privada, destinada a solventar el pago del aporte
gubernamental para el Nivel Primario (Fuente 11), correspondiente al Sueldo Anual
Complementario junio de 2020 de los docentes de los Institutos Privados Incorporados
de la Ciudad de Buenos Aires, por un importe total de pesos ochenta y dos millones
cuatrocientos ocho mil quinientos ochenta y uno con 00/00 ($ 82.408.581,00),
conforme al detalle que como Anexo (IF-2020-16463540-GCABA-DGEGP), forma
parte integrante de la presente resolución.
Artículo 3°.- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de
Educación de Gestión Privada, destinada a solventar el pago del aporte
gubernamental para el Nivel Secundario (Fuente 11), correspondiente al Sueldo Anual
Complementario junio de 2020 de los docentes de los Institutos Privados Incorporados
de la Ciudad de Buenos Aires, por un importe total de pesos ciento diez millones
novecientos un mil cuatrocientos noventa y uno con 00/00 ($ 110.901.491,00),
conforme al detalle que como Anexo (IF-2020-16463713-GCABA-DGEGP), forma
parte integrante de la presente resolución.
Artículo 4°.- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de
Educación de Gestión Privada, destinada a solventar el pago del aporte
gubernamental para el Nivel Superior (Fuente 11), correspondiente al Sueldo Anual
Complementario junio de 2020 de los docentes de los Institutos Privados Incorporados
de la Ciudad de Buenos Aires, por un importe total de pesos diecinueve millones
doscientos setenta mil treinta y uno con 00/00 ($ 19.270.031,00), conforme al detalle
que como Anexo (IF-2020-16464483-GCABA-DGEGP), forma parte integrante de la
presente resolución.
Artículo 5°.- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de
Educación de Gestión Privada, destinada a solventar el pago del aporte
gubernamental para la Modalidad Educación de Adultos (Fuente 11), correspondiente
al Sueldo Anual Complementario junio de 2020 de los docentes de los Institutos
Privados Incorporados de la Ciudad de Buenos Aires, por un importe total de pesos un
millón ciento noventa y dos mil doscientos noventa y dos con 00/00 ($ 1.192.292,00),
conforme al detalle que como Anexo (IF-2020-16464625-GCABA-DGEGP), forma
parte integrante de la presente resolución.
Artículo 6°.- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de
Educación de Gestión Privada, destinada a solventar el pago del aporte
gubernamental para la Modalidad Educación Especial (Fuente 11), correspondiente al
Sueldo Anual Complementario junio de 2020 de los docentes de los Institutos Privados
Incorporados de la Ciudad de Buenos Aires, por un importe total de pesos doce
"2020. Año del General Manuel Belgrano"
millones setecientos cuarenta y cuatro mil ciento treinta y ocho con 00/00 ($
12.744.138,00), conforme al detalle que como Anexo (IF-2020-16464780-GCABA-
DGEGP), forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 7°.- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de
Educación de Gestión Privada (Fuente 14), destinada a solventar el pago
correspondiente al Sueldo Anual Complementario junio de 2020 de los docentes del
Instituto Libre de Segunda Enseñanza por un importe total de pesos seiscientos
ochenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y ocho con 00/00 ($ 689.448,00),
conforme al detalle que como Anexo (IF-2020-16465080-GCABA-DGEGP), forma
parte integrante de la presente resolución.
Artículo 8°.- Autorízase la transferencia de fondos a favor de la Dirección General de
Educación de Gestión Privada (Fuente 14), destinada a solventar el pago
correspondiente al Sueldo Anual Complementario junio de 2020 de los docentes de los
Institutos Terciarios de Gestión Privada de la Ciudad de Buenos Aires por un importe
total de pesos un millón quinientos treinta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y ocho
con 00/00 ($ 1.539.448,00), conforme al detalle que como Anexo (IF-2020-16464914-
GCABA-DGEGP), forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 9°.- Emítanse las órdenes de pago respectivas por el importe de pesos
doscientos ochenta y un millones doscientos cincuenta y tres mil ciento setenta y
cuatro con 00/00 ($ 281.253.174,00) de Fuente 11 y el importe de pesos dos millones
doscientos veintiocho mil ochocientos noventa y seis con 00/00 ($ 2.228.896,00) de
Fuente 14, las que deberán ser depositadas en la Cuenta Corriente N° 25822/5 y en la
Cuenta Corriente N° 25216/6, respectivamente, del Banco Ciudad de Bs. As. (Casa
Central).
Artículo 10.- Establézcase que la afectación del gasto se efectuará contra la partida
5.1.5.55 destinada a tal fin.
Artículo 11.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a
las Direcciones Generales de Administración de Recursos, de Contaduría y de
Tesorería a los fines consiguientes. Acuña