RESOLUCIÓN 1949 2020 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
SE APRUEBA PROPUESTA DE ACTUALIZACIÓN - NOMENCLADOR DE PRESTACIONES DE SALUD - MINISTERIO DE SALUD - ARANCELES - INTERNACIÓN - CIRUGÍAS - MEDICAMENTOS - PRESTACIONES ODONTOLÓGICAS - LABORATORIOS - MEDICAMENTOS - SALUD MENTAL - TERAPIAS - AMBULANCIAS - QUEMADOS - TRANSPLANTES - VALORES - REINTEGROS - PRECIOS - HOSPITALES - TERCEROS EFECTORES - OBRAS SOCIALES - MEDICINA PREPAGA - SEPTIEMBRE 2020
Publicación:
01/09/2020
Sanción:
27/08/2020
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO: Los Decretos Nros. 468/94 y 208/01, las Resoluciones Nros. 1840-MSGC/15;
352-MSGC/16; 336-MSGC/17; 2006-MSGC/2017, 404-MSGC/18; 1794-MSGC/18;
2529MSGC/18; 598- MSGC-19; 1227-MSGC-19; 2148-MSGC-19, 3028-MSGC/19,
577-MSGC/20, 856-MSGC/20, 1191-MSGC/20, 1291-MSGC/20 y 1896-MSGC/20 y el
Expediente Electronico N° EX-2020-20306582- -GCABA-DGCTFS, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 468/94 se faculto a la entonces Secretaria de Salud para que
proceda a incorporar y/o a sustituir los modulos del Nomenclador de Prestaciones de
Salud, creando la Comision Permanente de Actualizacion del Nomenclador;
Que el Decreto N° 208/01 encomendo a la entonces Secretaria de Salud la fijacion de
los valores que deberan abonar las entidades obligadas por las prestaciones
brindadas por sus efectores;
Que esas atribuciones hoy corresponden al Ministerio de Salud;
Que la Resolucion N° 1840-MSGC/15 designo la conformacion de la nueva Comision
Permanente de Actualizacion del Nomenclador;
Que la mencionada Comision presento una propuesta de actualizacion de los
aranceles segun costos vigentes para las practicas del Nomenclador de Prestaciones
de Salud, para regir a partir del 1° de septiembre de 2020, a excepcion de los
aranceles correspondientes a las practicas agrupadas bajo el Codigo 60 (COVID-19)
en razon de haber sido recientemente actualizados mediante la Resolucion 1896-
MSGC/20;
Que, asimismo, la Comision Permanente de Actualizacion del Nomenclador propuso
la incorporacion y la modificacion en la denominacion de ciertas practicas;
Que la Direccion General Legal y Tecnica ha tomado la competencia que le
corresponde.
Por ello, de conformidad con las facultades delegadas por el Decreto N° 468/94,
Articulo 1°.- Apruebase la propuesta de actualizacion del Nomenclador de
Prestaciones de Salud que, como Anexo "I" registrado como informe N° IF-2020-
20365220-GCABA-DGCTFS, forma parte integrante de la presente.
Articulo 2°.- Dejase establecido que el nuevo Nomenclador de Prestaciones de Salud
comenzara a regir para las prestaciones efectuadas a partir de las 00 horas del 1° de
Septiembre de 2020.
Articulo 3°.- Publiquese en el Boletin Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y parasu
conocimiento y demas efectos pase a la Subsecretaria de Planificacion Sanitaria y
Gestion en Red, a la Subsecretaria de Atencion Hospitalaria, a la Subsecretaria de
Atencion Primaria, Ambulatoria y Comunitaria, a la Subsecretaria de Administracion
del Sistema de Salud, a la Direccion General de Coordinacion,
Tecnologias y Financiamiento en Salud, a la Direccion General de Sistemas de
Informacion Sanitaria, a la Direccion General Legal y Tecnica. Cumplido, archivese.
González Bernaldo de Quirós