RESOLUCIÓN 89 2020 SECRETARIA DE AMBIENTE

Síntesis:

SE MODIFICA - ARTÍCULO 1 RESOLUCIÓN 38/SECA/20 - PRORROGA DE MANERA EXCEPCIONAL - VENCIMIENTOS TRAMITACIONES QUE OCURRAN POR ANTE ESTA SECRETARÍA DE AMBIENTE - SE RATIFICA CIERRE ACCESO AL PÚBLICO - JARDÍN BOTÁNICO CARLOS THAYS -  ECOPARQUE INTERACTIVO -  RESERVAS ECOLÓGICAS COSTANERAS NORTE Y SUR  - RESERVA DE LAGO LUGANO - HASTA EL 4 DE SEPTIEMBRE DE 2020 INCLUSIVE - SECRETARIA DE AMBIENTE - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

03/09/2020

Sanción:

31/08/2020

Organismo:

SECRETARIA DE AMBIENTE


VISTO: Los Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N°

260/PEN/20, N° 297/PEN/20, N° 325/PEN/20, N° 355/PEN/20, N° 408/PEN/20, N°

459/PEN/20, N° 493/PEN/20, N° 520/PEN/20, N° 576/PEN/20, N° 605/PEN/20, N°

641/PEN/20, N° 677/PEN/20 y N° 714/PEN/20, el Decreto de Necesidad y Urgencia N°

1/GCABA/20, N° 8/GCABA/20 y N° 12/GCABA/20, el Decreto N° 310/GCABA/20, las

Resoluciones N° 38/SECA/20, N° 42/SECA/20, N° 45/SECA/20, N° 51/SECA/20, N°

60/SECA/20, N° 64/SECA/20, N° 68/SECA/20, N° 74/SECA/20, N° 77/SECA/20, N°

83/SECA/20 y N° 88/SECA/20, el Expediente Electrónico N° EX-2020-09743400-

GCABA-SECA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20 el Poder Ejecutivo

Nacional amplió la emergencia pública en materia sanitaria, en virtud de la pandemia

declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación al coronavirus

COVID-19, por el plazo de un año a partir de su publicación en el Boletín Oficial, lo que

ocurrió el día 12 de marzo de 2020;

Que, en consonancia con ello, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCABA/20

declaró la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

hasta el 15 de junio de 2020, a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias

para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del

coronavirus (COVID-19);

Que dicha emergencia sanitaria fue prorrogada hasta el día 30 de septiembre de 2020

mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N° 12/GCABA/20;

Que mediante Resolución N° 38/SECA/20, la Secretaría de Ambiente dispuso el cierre

del acceso al público de aquellos lugares que se encuentran bajo su gestión, como el

Jardín Botánico Carlos Thays, el Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y las Reservas Ecológicas Costanera Norte, Costanera Sur y de Lago

Lugano;

Que, en el mismo sentido, la Resolución mencionada resolvió, en su artículo 1°,

prorrogar excepcionalmente y por un período de sesenta (60) días corridos los

vencimientos de las tramitaciones que ocurran ante esta Secretaría de Ambiente,

comprendidas entre el 17 de marzo de 2020 y el 12 de abril de 2020;

Que, posteriormente, el Estado Nacional dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia N°

297/PEN/20

mediante el cual estableció el "aislamiento social, preventivo y obligatorio" en los

términos indicados en el citado Decreto, para todas las personas que habitan en el

país o se encuentren en él en forma temporaria;

Que el aislamiento establecido oportunamente por el Decreto de Necesidad y Urgencia

N° 297/PEN/20 que regía hasta el 31 de marzo de 2020, fue prorrogado

sucesivamente por los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 325/PEN/20, N°

355/PEN/20, N° 408/PEN/20, N° 459/PEN/20, N° 493/PEN/20, N° 520/PEN/20, N°

576/PEN/20, N° 605/PEN/20, 641/PEN/20 y 677/PEN/20 hasta el día 30 de agosto de

2020 inclusive, con las excepciones allí previstas;

Que, consecuentemente, la vigencia de las medidas adoptadas por las Resoluciones

N° 38/SECA/20, N° 42/SECA/20, N° 45/SECA/20, N° 51/SECA/20, N° 60/SECA/20, N°

64/SECA/20, N° N° 68/SECA/20, N° 74/SECA/20, N° 77/SECA/20 y N° 83/SECA/20

fueron ratificadas y prorrogadas por la Resolución N° 88/SECA/20, en línea con el

aislamiento establecido por el Poder Ejecutivo Nacional;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 714/PEN/20 se prorrogó desde el día 31

de agosto hasta el día 20 de septiembre de 2020 inclusive, la vigencia del Decreto N°

297/PEN/20, prorrogado por los Decretos Nros. 325/PEN/20, 355/PEN/20,

408/PEN/20, 459/PEN/20, 493/PEN/20, 520/PEN/20, 576/PEN/20, N° 605/PEN/20, N°

641/PEN/20 y N° 677/PEN/20, exclusivamente para las personas que residan o se

encuentren en los aglomerados urbanos y en los departamentos y partidos de las

provincias argentinas que no cumplan positivamente los parámetros epidemiológicos y

sanitarios establecidos en el artículo 2° de aquella norma;

Que conforme lo establece el artículo 11 del Decreto N° 714/PEN/20, entre los lugares

alcanzados por el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio se encuentra la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires como parte del aglomerado urbano denominado Área

Metropolitana de Buenos Aires (AMBA);

Que, asimismo, el inciso 3 del artículo 18 del Decreto N° 714/PEN/20 prohibe la

apertura de ¨...cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de

personas...¨;

Que a tenor de las restricciones establecidas en el Decreto N° 714/PEN/20, deviene

necesario ampliar la prórroga decretada por el artículo 1° de la Resolución N°

38/SECA/20, modificada por las Resoluciones N° 42/SECA/20, N° 45/SECA/20, N°

51/SECA/20, N° 60/SECA/20, N° 64/SECA/20, N° 68/SECA/20, N° 74/SECA/20, N°

77/SECA/20, N° 83/SECA/20 y N° 88/SECA/20;

Que asimismo, corresponde ratificar el cierre del Jardín Botánico Carlos Thays, de las

Reservas Ecológicas Costanera Norte, Costanera Sur de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y de la Reserva de Lago Lugano y del Ecoparque Interactivo de la

Ciudad de Buenos Aires y delegar en la Subsecretaría Políticas de Infraestructura

Verde Urbana y Desarrollo Sostenible de esta Secretaría de Ambiente y en la Unidad

de Proyectos Especiales Ecoparque Interactivo de la Ciudad de Buenos Aires, la

elaboración y aprobación de los protocolos correspondientes, en atención a la próxima

reapertura del acceso al público de los lugares indicados más arriba.

Que atento a lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

Que la Gerencia Operativa Legales de la Dirección General Técnica, Administrativa y

Legal de esta Secretaría ha tomado la debida intervención en el ámbito de sus

competencias.

Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley N° 6.292, el Decreto N°

458/GCABA/19 y el Decreto N° 463/GCABA/19,

EL SECRETARIO DE AMBIENTE

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Modifícase el artículo 1° de la Resolución N° 38/SECA/20, modificada por

las Resoluciones N° 42/SECA/20, N° 45/SECA/20, N° 51/SECA/20, N° 60/SECA/20, N°

64/SECA/20, N° 68/SECA/20, N° 74/SECA/2020, N° 77/SECA/2020, N° 83/SECA/2020

y N° 88/SECA/20, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Prorrógase de manera excepcional y según se indica a continuación, los vencimientos

de las tramitaciones que ocurran por ante esta Secretaría de Ambiente, cuyo

vencimiento opere de la siguiente manera: a. entre el 17 de marzo y el 30 de junio de

2020: nuevo vencimiento 31 de diciembre de 2020, inclusive. b. entre el 1° de julio y el

30 de septiembre de 2020: nuevo vencimiento 31 de enero de 2021, inclusive. c. entre

el 1° de octubre y el 31 de diciembre de 2020: nuevo vencimiento 28 de febrero de

2021, inclusive."

Artículo 2°.- Ratifícase el cierre del acceso al público en los predios del Jardín

Botánico Carlos Thays, del Ecoparque Interactivo de la Ciudad de Buenos Aires, de

las Reservas Ecológicas Costanera Norte, Costanera Sur de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y de la Reserva de Lago Lugano dispuesto por la Resolución N°

38/SECA/20, modificada por las Resoluciones N° 42/SECA/20, N° 45/SECA/20, N°

51/SECA/20, N° 60/SECA/20, N° 64/SECA/20, N° 68/SECA/20, N° 74/SECA/20, N°

77/SECA/20, N° 83/SECA/2020 y N° 88/SECA/20, hasta el 4 de septiembre de 2020

inclusive.

Artículo 3°.- Deléguese en la Subsecretaría Políticas de Infraestructura Verde Urbana

y Desarrollo Sostenible y en la Unidad de Proyectos Especiales Ecoparque Interactivo,

la elaboración y aprobación de los respectivos protocolos de reapertura al público de

los espacios verdes a su cargo en el contexto de la Emergencia Sanitaria Covid-19,

que resultarán aplicables una vez dispuesta la reapertura de los mismos.

Artículo 4°.- La presente medida podrá ser prorrogada, modificada o ampliada

conforme se desenvuelva la situación sanitaria actual y/o a tenor de las normas que

eventualmente se dicten.

Artículo 5°.- Publíquese. Comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías, y a todas

las áreas dependientes de esta Secretaría de Ambiente para su conocimiento y demás

efectos. Cumplido, archívese. Macchiavelli

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

RATIFICA
<p>Art. 2 Resolucion 89-SECA-20 ratifica cierre del acceso al público en los predios del Jardín Botánico Carlos Thays, del Ecoparque Interactivo de la Ciudad de Buenos Aires, de las Reservas Ecológicas Costaneras Norte y Sur  y de la Reserva de Lago Lugano hasta el 4 de setiembre de 2020.<br /> </p>
MODIFICA
<p>Art. 1 Resolucion 89-SECA-20 modifica art. 1 Resolucion 38-SECA-20.</p>