RESOLUCIÓN 1 2020 SECRETARIA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES

Síntesis:

SE SUSTITUYE ANEXO I DE LA RESOLUCIÓN FIRMA CONJUNTA 1-SECISYU/20 - FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES - SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES - SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA - CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS NECESARIOS PARA EJECUCIÓN DE LA PARTE 2 - PROYECTO DE TRANSFORMACIÓN URBANA DEL ÁREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES -  CONTRATO DE PRÉSTAMO BIRF N° 8706-AR ENTRE EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO 

Publicación:

09/09/2020

Sanción:

19/06/2020

Organismo:

SECRETARIA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES


VISTO: Las Leyes N° 5.726 y N° 6.292, el Préstamo N° BIRF 8706-AR, el Decreto N°

463/GCABA/19 y sus modificatorios, la Resolución Firma Conjunta N° 1/SECISYU/20,

el Expediente Electrónico N° 8643667-GCABA-SSGOARCU/20, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 5.726 se autorizó al Poder Ejecutivo a contraer en el mercado local y/o

internacional uno o más empréstitos con Organismo Multilaterales de Crédito, Bancos

de Desarrollo, Instituciones Financieras de Fomento de la Exportaciones, Instituciones

Financieras Bilaterales de Desarrollo y/o cualquier otra institución financiera local o

internacional, siendo el destino del crédito público la ejecución de un programa integral

de desarrollo sostenible y mejora de hábitat de asentamientos informales en el área de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con priorización en el programa de urbanización

del polígono correspondiente a las villas 31 y 31bis;

Que con fecha 21 diciembre 2017 se suscribió el Contrato de Préstamo BIRF N° 8706-

AR entre el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) y la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires (CABA) para la ejecución del Proyecto de Transformación

Urbana del Área Metropolitana de Buenos Aires;

Que a efectos de la ejecución del Contrato de Préstamo BIRF N° 8706-AR la

Secretaría de Integración Social y Urbana, ostenta la responsabilidad de la

coordinación de las actividades ejecutadas por la CABA en las Partes 1, 2 y 3 del

proyecto;

Que la Secretaría General y Relaciones Internacionales es responsable de asistir

técnicamente a la Secretaría de Integración Social y Urbana en la ejecución de las

actividades de la Parte 2 del proyecto;

Que por Resolución Firma Conjunta N° 1/SECISYU/20 el Secretario de Integración

Social y Urbana y el Secretario General y de Relaciones Internacionales establecieron

los procedimientos administrativos a seguir entre ambas Secretarías para gestionar la

contratación de los servicios necesarios para la Parte 2 del Proyecto de

Transformación Urbana del Área Metropolitana de Buenos Aires;

Que asimismo, se estableció que las funciones y responsabilidades que le

corresponden ala Secretaría General y de Relaciones Internacionales para la

ejecución de la Parte 2 del Proyecto, se realizarán a través de la Subsecretaría de

Gobierno Abierto y Rendición de Cuentas o la que en el futuro la suceda;

Que en virtud del nuevo contexto surgido a partir de la emergencia sanitaria actual, la

cual implica una redeterminación de los proyectos existentes y la consecuente

readecuación de tareas de la Secretaria General y Relaciones Internacionales, resulta

conveniente y oportuno encomendar las funciones y responsabilidades que le

corresponden a la Secretaría General y Relaciones Internacionales por Resolución

Firma Conjunta N° 1/SECISYU/20, de manera indistinta, en la Subsecretaría de

Gobierno Abierto y Rendición de Cuentas y en la Subsecretaría de Cooperación

Urbana Federal;

Que ello es así siendo que la Subsecretaría de Cooperación Urbana Federal,

conforme lo establecido por el Decreto N° 463/GCABA/19, tiene entre sus

responsabilidades primarias: coordinar con las áreas del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en sus vinculaciones con ciudades de la República

Argentina y otras entidades subnacionales; representar al Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en redes federales de ciudades y comunidades de

conocimiento; promover el intercambio de prácticas de gestión de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires con ciudades del país;

Que atento lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que sustituya el

Anexo I de la Resolución Firma Conjunta N° 1/SECISYU/20.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 6.292 y el Decreto N°

463/GCABA/19,

EL SECRETARIO DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA

Y EL SECRETARIO GENERAL Y DE RELACIONES INTERNACIONALES

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Anexo I del artículo 2° de la Resolución Firma Conjunta

N° 1/SECISYU/20 por el Anexo I (IF-2020-15095274-GCABA-SGYRI) que forma parte

integrante de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, comuníquese a las Subsecretarias de Gobierno Abierto y Rendición de Cuentas

y de Cooperación Urbana Federal, ambas dependientes de la Secretaria General y

Relaciones Internacionales y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Unidad

Operativa de Adquisiciones de la Secretaría de Integración Social y Urbana del

Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat. Cumplido, archívese. Fernández -

Straface


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5952

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 1-SGYRI/20 sustituye Anexo I del Art. 2 de la Resolución Firma Conjunta 1-SECISYU/20.</p>