RESOLUCIÓN 1 2020 SECRETARIA DE INTEGRACION SOCIAL Y URBANA
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN DE FIRMA CONJUNTA 1-SECISYU/19 - APRUEBA - FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES - SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES - SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA - PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS A SEGUIR PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS NECESARIOS PARA EJECUCIÓN DE LA PARTE 2 - PROYECTO DE TRANSFORMACIÓN URBANA DEL ÁREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES
Publicación:
09/09/2020
Sanción:
06/04/2020
Organismo:
SECRETARIA DE INTEGRACION SOCIAL Y URBANA
Estado:
No vigente
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VISTO: Las Leyes N° 5.726 y N° 6.292, el Préstamo N° BIRF 8706-AR, el Decreto N°
463/GCABA/19 y sus modificatorios y el Decreto N° 153/20, la Resolución Firma
Conjunta N° 1/SECISYU/19, el Expediente Electrónico EX-2020-08643667-GCABA-
SSGOARCU y,
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 5.726 se autorizó al Poder Ejecutivo a contraer en el mercado local y/o
internacional uno o más empréstitos con Organismo Multilaterales de Crédito, Bancos
de Desarrollo, Instituciones Financieras de Fomento de la Exportaciones, Instituciones
Financieras Bilaterales de Desarrollo y/o cualquier otra institución financiera local o
internacional, siendo el destino del crédito público la ejecución de un programa integral
de desarrollo sostenible y mejora de hábitat de asentamientos informales en el área de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con priorización en el programa de urbanización
del polígono correspondiente a las villas 31 y 31bis;
Que con fecha 21 diciembre 2017 se suscribió el Contrato de Préstamo BIRF N° 8706-
AR entre el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) y la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires (CABA) para la ejecución del Proyecto de Transformación
Urbana del Área Metropolitana de Buenos Aires;
Que a efectos de la ejecución del Contrato de Préstamo BIRF N° 8706-AR se
establecieron tres partes del Proyecto de Transformación Urbana del Área
Metropolitana: Parte 1: Integración urbana y social del Barrio 31; Parte 2:
fortalecimiento de capacidades institucionales para la Gestión Urbana Metropolitana; y
Parte 3: Gestión y Seguimiento del Proyecto;
Que con fecha 22 junio de 2018 el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento
(BIRF) aceptó proceder a la reestructuración del Proyecto de Transformación Urbana
del Área Metropolitana de Buenos Aires con el objeto de reasignar la gestión y
ejecución de los programas y proyectos del préstamo, a fin de permitir instrumentar
aquellos actos conducentes que permitan accionar con esfuerzos coordinados, los
recursos humanos, materiales de información, procesos de adquisiciones, evaluación,
seguimiento de procesos y recursos financieros;
Que mediante dicha reestructuración la Secretaría de Integración Social y Urbana,
ostenta la responsabilidad de la coordinación de las actividades ejecutadas por la
CABA en las Partes 1, 2 y 3 del proyecto;
Que la Secretaría General y de Relaciones Internacionales es responsable de asistir
técnicamente a la Secretaría de Integración Social y Urbana en la ejecución de las
actividades de la Parte 2 del proyecto;
Que por Resolución Firma Conjunta N° 1/SECISYU/19 el Secretario de Integración
Social y Urbana y el Secretario General y de Relaciones Internacionales establecieron
los procedimientos administrativos a seguir entre la Secretaría General y de
Relaciones Internacionales y la Secretaría de Integración Social y Urbana para
gestionar la contratación de los servicios necesarios para la Parte 2 del Proyecto de
Transformación Urbana del Área Metropolitana de Buenos Aires;
Que por Ley N° 6.292 se sancionó la nueva Ley de Ministerios y por Decreto N°
463/GCABA/19 fue aprobada la nueva estructura orgánica funcional del Poder
Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por el mencionado decreto se creó la Subsecretaría de Gobierno Abierto y
Rendición de Cuentas dependiente de la Secretaría General y de Relaciones
Internacionales que tiene entre sus funciones la de promover políticas de
fortalecimiento del gobierno abierto y la rendición de cuentas incluyendo aquellas con
proyección metropolitana y la gestión del sistema de indicadores AMBA Data;
Que asimismo, por el mencionado decreto la Secretaría de Integración Social y
Urbana fue transferida a la órbita del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat;
Que por Decreto N° 153/20 se delega en la señora Ministra de Desarrollo Humano y
Hábitat y el señor Secretario de Integración Social y Urbana las atribuciones
necesarias para llevar a cabo los procedimientos de selección para el "Proyecto de
Transformación Urbana del Área Metropolitana de Buenos Aires -Ciudad Autónoma de
Buenos Aires".
Que por los motivos expuestos, corresponde dejar sin efecto la Resolución Firma
Conjunta N° 1/SECISYU/19 y aprobar, acorde a las modificaciones descriptas, el
procedimiento a seguir entre la Secretaría General y de Relaciones Internacionales y
la Secretaría de Integración Social y Urbana para gestionar la contratación de los
servicios necesarios para la Parte 2 del Proyecto de Transformación Urbana del Área
Metropolitana de Buenos Aires.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 6.292 y el Decreto N°
463/GCABA/19,
ARTÍCULO 1°.- Déjase sin efecto la Resolución de Firma Conjunta N° 1/SECISYU/19.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase las funciones y responsabilidades de la Secretaría General
y Relaciones Internacionales y de la Secretaría de Integración Social y Urbana en los
procedimientos administrativos a seguir para la contratación de los servicios
necesarios para ejecución de la Parte 2 del Proyecto de Transformación Urbana del
Área Metropolitana de Buenos Aires, conforme el Anexo I (IF 2020-10788096-
GCABA-SSGOARCU) el cual forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Apruébase los métodos de adquisiciones y categorías de gastos
elegibles, conforme el Anexo II (IF 2020-10787867-GCABA-SSGOARCU) el cual
forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Incorpórese la presente al Manual Operativo del Proyecto.
ARTÍCULO 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires. Cumplido, y para la continuación del trámite, gírense las actuaciones a la
Unidad Operativa de Adquisiciones de la Secretaría de Integración Social y Urbana.
Straface - Fernández