RESOLUCIÓN 1 2019 SECRETARIA DE INTEGRACION SOCIAL Y URBANA
Síntesis:
SE ESTABLECEN - PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA GESTIONAR LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA - COMPONENTE 2 DEL PROYECTO DE TRANSFORMACIÓN URBANA DEL ÁREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES - CRÉDITO PÚBLICO - PROGRAMA INTEGRAL DE DESARROLLO SOSTENIBLE - MEJORA DE HÁBITAT - ASENTAMIENTOS INFORMALES - SERVICIOS DE CONSULTORÍA - SERVICIOS DE NO CONSULTORÍA - MANUAL OPERATIVO DEL PROYECTO - SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES - SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA
Publicación:
04/06/2019
Sanción:
30/05/2019
Organismo:
SECRETARIA DE INTEGRACION SOCIAL Y URBANA
Estado:
No vigente
VISTO: La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatorio N°
5.960, Ley N° 5.726, el Préstamo N° BIRF 8706-AR, el Decreto N° 363/15 y sus
modificatorios, el Eexpediente Electrónico EX-2019-17190222- -GCABA-UGC y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 5.726 se autorizó al Poder Ejecutivo a contraer en el mercado local y/o
internacional uno o más empréstitos con Organismo Multilaterales de Crédito, Bancos
de Desarrollo, Instituciones Financieras de Fomento de la Exportaciones, Instituciones
Financieras Bilaterales de Desarrollo y/o cualquier otra institución financiera local o
internacional, siendo el destino del crédito público la ejecución de un programa integral
de desarrollo sostenible y mejora de hábitat de asentamientos informales en el área de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con priorización en el programa de urbanización
del polígono correspondiente a las villas 31 y 31 bis;
Que con fecha 21 diciembre 2017 se suscribió el Contrato de Préstamo BIRF 8706-
AR entre el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires para el proyecto de Transformación Urbana del Área Metropolitana
de Buenos Aires;
Que con fecha 22 junio de 2018 el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento
aceptó proceder a la reestructuración del Proyecto de Transformación Urbana del Área
Metropolitana con el objeto de reasignar la gestión y ejecución de los programas y
proyectos del préstamo, a fin de permitir instrumentar aquellos actos conducentes que
permitan accionar con esfuerzos coordinados, los recursos humanos, materiales de
información, procesos de adquisiciones, evaluación, seguimiento de procesos y
recursos financieros;
Que mediante dicha reestructuración la Secretaría de Integración Social y Urbana,
ostenta la responsabilidad de la coordinación de las actividades ejecutadas por la
CABA en las Partes 1, 2 y 3 del proyecto;
Que la Secretaría General y Relaciones Internacionales es responsable de asistir
técnicamente a la Secretaría de Integración Social y Urbana en la ejecución de las
actividades de la Parte 2 del proyecto;
Que en virtud de la Ley N° 5.960 se determinan las atribuciones para las Secretarías y
Subsecretarías.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 363/GCABA/2015 y sus
modificatorios,
ARTÍCULO 1°.-Establécese por la presente resolución los procedimientos
administrativos que se seguirán entre la Secretaría General y Relaciones
Internacionales y la Secretaría de Integración Social y Urbana para gestionar la
contratación de los servicios de consultoría previstas para el Componente 2 del
Proyecto de Transformación Urbana del Área Metropolitana de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2°.- Los gastos elegibles para el Componente 2 serán los previstos en las
siguientes categorías de gastos:
Servicios de Consultoría.
Servicios de No consultoría.
ARTÍCULO 3°.- Sin perjuicio de lo que se disponga en el Plan de Adquisiciones,
adóptanse los métodos de adquisiciones que como Anexo (IF-2019-17213979-
GCABA-UGC) forman parte integrante de la presente, de acuerdo a lo previsto en la
Regulación de Adquisiciones para Prestatario en Proyectos de Inversión - (Edición de
Julio de 2016), en el Convenio de Préstamo BIRF 8706-AR y el Manual Operativo.
ARTÍCULO 4°.- En la gestión de los procesos de adquisiciones se establecen las
siguientes funciones y responsabilidades, de manera no taxativa, para cada uno de los
organismos ejecutores:
a. Corresponderá a la Secretaría General y Relaciones Internacionales, a través de la
Unidad de Gestión del Cumplimiento:
Elaborar la planificación de adquisiciones y sus modificaciones para la Parte 2 del
Proyecto.
Redactar los términos de referencia bajo las distintas modalidades de modificación
contractual.
Solicitar al BIRF, en los casos que corresponda de acuerdo al Plan de Adquisiciones,
la No Objeción a las especificaciones técnicas y términos de referencia.
Elaborar y realizar las solicitudes de contratación a través de los módulos GEDO y
Expedientes
Electrónicos de Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE).
Elaborar todos los documentos de licitación y pedidos de propuestas requeridos y los
anuncios específicos de adjudicaciones para llevar adelante los procesos de
adquisiciones y las contrataciones del Proyecto en la Parte 2.
Elaborar los proyectos de contratos.
Elaborar los proyectos de actos administrativos que correspondan a cada etapa de la
gestión de adquisiciones.
Elaborar las respuestas a consultas de carácter técnico que tengan lugar durante
procesos de adquisiciones.
Realizar la evaluación técnica de las ofertas y propuestas relacionadas con las Partes
2, elaborando los respectivos informes de evaluación.
Realizar el seguimiento y Monitoreo de los Contratos suscriptos.
Aprobar los informes y facturas presentados por los proveedores y consultores
contratados, y solicitar a la Secretaría de Integración Social y Urbana el trámite de
pago respectivo.
b. Corresponde a la Secretaría de Integración Social y Urbana, a través de la Unidad
Ejecutora de Proyecto:
Gestionar ante el Banco Mundial la No Objeción al Plan de Adquisiciones y sus
modificaciones y efectuar el registro de los procesos de adquisiciones en el STEP y
demás sistemas informáticos.
Revisar los proyectos de actos administrativos que correspondan a cada etapa de la
gestión de adquisiciones.
Someter a la firma del Secretario de Integración Social y Urbana la suscripción de los
actos administrativos y los contratos.
Efectuar el registro en el SIGAF de las autorizaciones de gastos y compromisos de los
procesos de adquisiciones.
Gestionar ante diarios, Boletín Oficial, Development Bussiness y sitios web de los
Anuncios Generales Adquisiciones, Anuncios Específicos de Adquisiciones y
Adjudicaciones, con cargo a las categorías de gastos correspondientes.
Revisar los documentos de licitación, pedidos de propuestas e Invitaciones de los
procesos de adquisiciones.
Publicar las invitaciones a la participación de los procesos de adquisiciones.
Gestionar ante el Boletín Oficial, sitios web y el BIRF las publicaciones de las
adjudicaciones y contratos.
Generar y practicar las notificaciones de las adjudicaciones de los procesos de
adquisiciones.
Revisar y someter a la firma del Secretario de Integración Social y Urbana, para su
conformidad, las aprobaciones de los informes certificados de servicios y
autorizaciones de pago de facturas de proveedores y consultores solicitados por la
Secretaría General y Relaciones Internacionales.
ARTÍCULO 5°.- Los Comités de Evaluación estarán integrados por tres (3) miembros
titulares y dos (2) suplentes, a saber:
a) En procesos que requieran evaluación de precios: 2 miembros titulares y suplentes
designados por la Unidad de Gestión del Cumplimiento
1 miembro titular y suplente designado por la Unidad Ejecutora del Proyecto.
b) En los procesos que el precio no sea factor de evaluación
3 miembros titulares y suplentes designados por la Unidad de Gestión del
Cumplimiento.
ARTÍCULO 6°.- Establécese que en la gestión de procesos de adquisiciones
financiadas por el BIRF, la tramitación del pago a proveedores se realizará a través del
sistema Autogestión de Proveedores y SIGAF. En ningún caso se exigirá a los
proveedores y consultores, para participar de los procesos de adquisiciones, la
inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de proveedores (RIUPP).
ARTÍCULO 7°.- Las adquisiciones se regirán, por orden de prelación, por las
siguientes normas:
1. Convenio de Préstamo BIRF 8706-AR
2. Las Normas emitidas por el BIRF denominadas Regulaciones de Adquisiciones para
Prestatarios en Proyectos de Inversión (edición de Julio 2016)
3. Documentos Estándar o acordados con el Banco Mundial para la gestión de
adquisiciones.
4. El Plan de Adquisiciones
Sólo en caso de ausencia de normas específicas, se aplicará supletoriamente la
normativa de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires.
ARTÍCULO 8°.- La presente resolución conjunta será incorporada al Manual Operativo
del Proyecto.
ARTÍCULO 9°.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires. Cumplido, y para la continuación del trámite, gírense las actuaciones a la
Unidad Operativa de Adquisiciones de la Secretaría de Integración Social y Urbana.
Straface - Fernández