RESOLUCIÓN 3856 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SE RECTIFICA LA RESOLUCIóN N° 679-MEFGC/18
Publicación:
17/09/2020
Sanción:
14/09/2020
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
"2020. Año del General Manuel Belgrano"
VISTO: El Acta de Negociación Colectiva N° 19/17 y modificatorias, instrumentada por
Resolución N° 625-MEFGC/18, N° 30/18 y modificatorias, instrumentada por
Resolución N° 2.286-MEFGC/18, las Resoluciones N° 357, 392, 433, 474 y 540-
CDNNYA/18, 679-MEFGC/18 y modificatorias, el ExpedienteElectrónico N°
21.746.170-GCABA-DGDSCIV/20, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 679-MEFGC/18 y modificatorias, se aprobó a partir del 1°
de julio del 2018, el reencasillamiento de los agentes comprendidos dentro del artículo
1° del Acta de Negociación Colectiva N° 19/17 y modificatorias, instrumentada por
Resolución N° 625-GCABA-MEFGC/18, pertenecientes a los agrupamientos Atención
al Ciudadano, Emergencias, Inspección y Verificación, Servicios Generales y
Mantenimiento, Actividades de Asistencia a la Salud y Apoyo Social, Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones, y Gestión Gubernamental;
Que el artículo 4° del Acta de Negociación Colectiva N° 19/17 y modificatorias,
instrumentada por Resolución N° 625-MEFGC/18, dispone "Convéngase, por única
vez y con carácter excepcional al momento del reencasillamiento en el Nuevo
Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa, el tramo y grado de inicio de cada
uno de los puestos comprendidos en el "Nomenclador de Puestos",
aprobadomediante Acta de Negociación Colectiva N° 14/14, instrumentada por
Resolución N° 2020/MHGC/14 y sus modificatorias, conforme se detalla en el Anexo I,
el cual a todos sus efectos forma parte integrante de la presente...Exceptúese de lo
establecido en el párrafo precedente a aquellos agentes contemplados en las
cláusulas transitorias primera y tercera, debido al carácter exiguo de su situación de
revista";
Que la citada cláusula tercera establece que "...para aquellos agentes cuya fecha de
ingreso a la planta permanente de GCABA este comprendida entre 01 de noviembre
de 2015 y el 30 de junio de 2018...
Asimismo, no será de aplicación lo estipulado en los artículos 2°, 3°, párrafo primero y
segundo del 4°, 5° y 6° de la presente";
Que el ingreso a la Planta Permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires de los agentes comprendidos en las Resoluciones Nros. 357, 392, 433,
474, y 540-CDNNYA/18, se produjo dentro de las fechas antes mencionadas;
Que, en ese orden, habiéndose constatado la incidencia de este factor dentro del
reencasillamiento de diversos agentes designados mediante las resoluciones citadas
en el considerando anterior, corresponde rectificar parcialmente el reencasillamiento
aprobado por Resolución N° 679-MEFGC/18, con efecto a partir del 1° de septiembre
de 2020;
Por ello, conforme las facultades conferidas por la Ley N°6.292,
EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS
RESUELVE:
"2020. Año del General Manuel Belgrano"
Artículo 1°.- Rectifíquese parcialmente, a partir del 1° de septiembre de 2020, el Anexo
(IF-2018-18720874-SSGRH) de la Resolución N° 679-MEFGC/18, en relación a los
agentes contemplados en el Anexo (IF-2020-21760822-GCABA-DGDSCIV) que a
todos los efectos forma parte integrante de la presente, en las condiciones que allí se
detallan
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos
Humanos, y a las Direcciones Generales Administración y Liquidación de Haberes, a
la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Técnica, Administrativa y Legal
dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas y al Consejo de los Derechos de
las Niñas, Niños y Adolescentes dependiente de la Jefatura de Gobierno. Cumplido,
archívese. Mura