LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2020
Síntesis:
SE MODIFICA - ANEXO II - AREAS ESPECIALES INDIVIDUALIZADAS - URBANIZACIONES DETERMINADAS - 5.7.14 U14 - DISTRITO JOVEN - COSTANERA NORTE - NORMAS URBANÍSTICAS - USOS - CÓDIGO URBANÍSTICO - LEY N° 6099 - SE SUSTITUYEN PLANOS - ANEXO III - ATLAS - CONCESIONES
Publicación:
09/10/2020
Sanción:
08/10/2020
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 1°.- Sustitúyese del Título 5 "Urbanizaciones Determinadas (U)" del Anexo II
"Áreas especiales individualizadas" del Código Urbanístico aprobado por Ley 6099 y
sus modificatorias, el artículo 5.7.14. "U14 Distrito Joven- Costanera Norte ", de
conformidad al texto que como Anexo I forma parte integrante de la presente Ley.
Art. 2°.- Sustitúyese el Plano N° 5.7.14. "U14 Distrito Joven- Costanera Norte" del
Anexo III "Atlas" del Código Urbanístico, aprobado Ley 6099 y sus modificatorias, por
el plano que como Anexo II que forma parte integrante de la presente Ley.
Art. 3°.- Incorpórase el Plano N° 5.7.14. d) "U14 Distrito Joven- Costanera Norte", al
Anexo III "Atlas" del Código Urbanístico, aprobado por Ley 6099 y sus modificatorias,
que como Anexo III forma parte integrante de la presente Ley.
Cláusula transitoria: Los permisos y concesiones, así como los usos actualmente
desarrollados y las habilitaciones consiguientes, otorgados sobre espacios dentro de la
U14 "Distrito Joven" con anterioridad a la sanción de la presente Ley, mantendrán su
vigencia por el plazo por el que fueron otorgados, período por el cual no se verán
afectados por las disposiciones de la presente.
Artículo 4°.- Publíquese y cúmplase con lo establecido en los Artículos 89° y 90° de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Forchieri - Schillagi