LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2020
Síntesis:
SE APRUEBA - CONVENIO SUSCRIPTO - GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - KOOLHAAS SA - FONDOS - EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - PANDEMIA - COVID 19 - EMERGENCIA ECON6MICA Y FINANCIERA - SE DESAFECTA AREA - NORMAS DE EDIFICABILIDAD - NORMAS DE USO DEL SUELO - CÓDIGO URBANÍSTICO - AFECTACION DE POLÍGONO - MODIFICACION DE LA NORMA - URBANIZACIONES DETERMINADAS -U- AREAS ESPECIALES LNDIVIDUALIZADAS - SE APRUEBAN NORMAS URBANÍSTICAS - SE MODIFICAN PLANCHETAS - ATLAS DEL CÓDIGO URBANÍSTICO
Publicación:
09/10/2020
Sanción:
08/10/2020
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 1°.- Apruébase el "Convenio celebrado entre el Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y Koolhaas S.A." suscripto con fecha 9 de septiembre de
2020, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Ley.
Art. 2°.- Los fondos que reciba la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de conformidad
con lo previsto en la Cláusula Primera del Convenio que se aprueba mediante la
presente Ley, deberán destinarse para solventar los gastos erogados como
consecuencia de la Emergencia Sanitaria establecida por el Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 1/2020 (ratificado por Resolución de la Legislatura N° 10-2020, aprobada
el 7/4/2020) y prorrogada por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 8/2020
(ratificado por Resolución de la Legislatura N°37-2020, aprobada el 18/6/2020) y N°
12/20 (ratificado por Resolución de la Legislatura N° 95-2020, aprobada el 10/9/2020),
con motivo del coronavirus (COVID 19), y de la Emergencia Económica y Financiera
declarada por la Ley 6301, como así también aquellos gastos remanentes que queden
pendientes de abonarse con motivo de la citada emergencia.
Art. 3°.- Desaféctase la fracción A, Manzana 11C, Sección 33,Circunscripción 17 de
las condiciones de edificabilidad del artículo 6.2.3 Unidades de Sustentabilidad de
Altura Alta (U.S.A.A.) del Título 6 "Normas de Edificabilidad" y del Área de Media
Mixtura de Usos del Suelo A2 artículos 3.2.5. y 3.2.6. del Título 3 "Normas de uso del
suelo", del Código Urbanístico (Ley 6099).
Art. 4°.- Aféctase al área U N° (a designar) el polígono identificado como "Parcela
sujeta a mensura" del Plano N° (a designar) que como Anexo III forma parte integrante
de la presente Ley.
Art. 5°.- Incorpóranse al punto 5 "Urbanizaciones Determinadas (U)" del Anexo II
"Áreas Especiales Individualizadas" del Código Urbanístico (Ley 6099), el Área U N° a
(designar) y apruébanse las normas urbanísticas, conforme lo establecido en el Anexo
II que forma parte de la presente Ley.
Art. 6°.-Modifícase la Plancheta N° 11 del Anexo IV "Planchetas" del Código
Urbanístico (Ley 6099), e incorpórase el Plano U N° (a designar) al Anexo III "Atlas"
delCódigo Urbanístico (Ley 6099), conforme el Anexo III que forma parte de la
presente Ley.
Art. 7°.- Publíquese y cúmplase con lo establecido en los Artículos 89° y 90° de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Forchieri - Schillagi