RESOLUCIÓN 4018 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SE INSTRUMENTA EL ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA 7/20 - RELACIONES LABORALES - SUSCRIPTA ENTRE LOS REPRESENTANTES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SUTECBA - COVID 19 - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA - SUMA NO REMUNERATIVA - PERSONAL - CARRERA ADMINISTRATIVA - ADMINISTRACION CENTRAL - ESCALAFONES ESPECIALES Y RESIDUALES - PLANTA TRANSITORIA - TEATRO SAN MARTÍN -BALLET CONTEMPORÁNEO Y GRUPO TITIRITERO - MITIGACIÓN DE RIESGO - PLAN DEPORTIVO ANUAL - CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE TRÁNSITO - UPE ECOPARQUE INTERACTIVO - AGENTES DE PREVENCIÓN - PERFILES DE SISTEMAS - MÉDICOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRACIÓN DE MEDICINA DEL TRABAJO
Publicación:
09/10/2020
Sanción:
06/10/2020
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Ley N° 471, el Decreto N° 465/04, el Acta de Negociación Colectiva -
Comisión Central - Acta N° 07/2020, el Expediente Electrónico N° 2020-
24.041.010/GCABA-DGTALMHF y;
CONSIDERANDO:
Que con fecha 13 de Julio de 2020, se celebró el Acta de Negociación Colectiva -
Comisión Central - Acta N° 07/2020, en el marco del Título II de la Ley N° 471 de
Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos
Aires (SUTECBA) y de la Asociación de Médicos Municipales de la Ciudad de Buenos
Aires;
Que mediante la misma, las partes consideran que, en virtud de la emergencia
sanitaria en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud
(OMS), en relación al virus COVID 19 (Coronavirus), advirtiendo que por dicha causa
se ha provocado una caida de la recaudación;
Que en ese contexto, y dando continuidad a las negociaciones paritarias 2020, las
partes convienen continuar otorgando una suma no remunerativa para todo el personal
que revista en la Carrera Administrativa homologada por la Resolución N°
20/MHGC/14 de la administración central, de los escalafones especiales y residuales
del Decreto N° 583/05, y de los trabajadores que se encuentran revistando en plantas
transitorias que incluyen a las correspondientes a las del Acta Paritaria N° 6/14, las del
Teatro San Martín (Ballet Contemporáneo y Grupo Titiritero), Mitigación de Riesgo,
Plan Deportivo Anual, Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito, UPE Ecoparque
Interactivo, Agentes de Prevención, Perfiles de Sistemas y Médicos de la Dirección
General Administración de Medicina del Trabajo;
Que conforme lo expresado, las partes acordaron continuar abonando con los haberes
de los meses de Julio y Agosto del corriente año, la suma fija no remunerativa
establecida en el artículo primero del Acta Paritaria 1/2020, dejandose constancia que
las contribuciones establecidas en la Ley N° 472 correspondientes a la Obra Social de
la Ciudad de Buenos Aires, estará a cargo del empleador;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 471 (texto
consolidado por Ley N° 6017), los acuerdos arribados en el ámbito de la Negociación
Colectiva, regulada por el Título II de la misma, deben ser instrumentados mediante el
acto administrativo respectivo;
Que por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se
instrumenta el Acta de Negociación Colectiva - Comisión Central N° 07/2020;
Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,
Artículo 1°.- Instruméntase el Acta de Negociación Colectiva - Comisión Central - Acta
N° 07/2020, suscripta el día 13 de julio de 2020 entre los representantes del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del Sindicato Único de Trabajadores del
Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA) y de la Asociación de Médicos
Municipales de la Ciudad de Buenos Aires, la que como Anexo (IF-2020-
24062064/GCABA-DGTALMHF), forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado
de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la
Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y
Finanzas y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto.
Cumplido, archívese. Mura