RESOLUCIÓN 4046 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SE ESTABLECE - READECUACIÓN DE VALOR - RESOLUCIÓN 1505-MEFGC/19 - UNIDAD RETRIBUTIVA - REMUNERACIONES - AUTORIDADES SUPERIORES - RÉGIMEN MODULAR DE PLANTAS DE GABINETE - PAUTA SALARIAL - AÑO 2020 - PERSONAL DE PLANTA PERMANENTE - RÉGIMEN GERENCIAL
Publicación:
14/10/2020
Sanción:
08/10/2020
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: Las Leyes Nros. 6.292, el Decreto N° 463/19 y modificatorios, la Resolución N°
1505/MEFGC/19, el Expediente Electrónico N° 23.105.404-GCABA-DGDSCIV-2020 y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 17, inciso 6) de la mencionada Ley contempla entre los objetivos del
Ministerio de Hacienda y Finanzas el de diseñar, implementar y supervisar la
aplicación de la política salarial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 463/19 y modificatorios se aprobó la estructura orgánica funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que por Resolución N° 1505/MEFGC/19, se estableció adecuar el valor de la unidad
retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen
Modular de Plantas de Gabinete en un todo de acuerdo con la pauta salarial del año
2019 para el personal de planta permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que en el marco de la pauta salarial del año en curso, dispuesta para el personal de
planta permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la
correspondiente al Régimen Gerencial en sus dos niveles, Gerente y Subgerente
Operativo, corresponde adecuar el valor de la unidad retributiva aplicable a las
remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen Modular de Plantas de
Gabinete;
Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 17 de la Ley N° 6.292,
Artículo 1°.- Establézcase la readecuación del valor a que hace referencia la
Resolución N° 1505/MEFGC/19 con los mismos parámetros que los allí establecidos, a
partir del 1° de septiembre de 2020, siendo de aplicación cualquier otra variación que
se produzca durante el presente ejercicio.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos, a las Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto, Planificación y Control Operativo, Administración y Liquidación de
Haberes, Desarrollo del Servicio Civil y Relaciones Laborales del Ministerio de
Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Mura