RESOLUCIÓN 3873 2026 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
VIGENCIA 1° DE AGOSTO DE 2026 - ESTABLECE UN NUEVO VALOR DE LA UNIDAD RETRIBUTIVA APLICABLE A LAS REMUNERACIONES DE AUTORIDADES SUPERIORES Y AL RÉGIMEN MODULAR DE PLANTAS DE GABINETE, EN EL MARCO DE LA ADECUACIÓN DE LA POLÍTICA SALARIAL VIGENTE. UNIDAD RETRIBUTIVA - REMUNERACIONES - AUTORIDADES SUPERIORES - RÉGIMEN MODULAR DE PLANTAS DE GABINETE - POLÍTICA SALARIAL - READECUACIÓN SALARIAL - VALOR DE REFERENCIA REMUNERATIVO - LIQUIDACIÓN DE HABERES - PERSONAL JERÁRQUICO - VIGENCIA TEMPORAL
Publicación:
02/09/2026
Sanción:
28/08/2026
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Ley 6.684, el Decreto 387/23, las Resoluciones 4046/MHFGC/20 y
2863/MHFGC/26, el EX-2026-38972995-GCABA-DGDSCIV y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 18 de la mencionada Ley contempla entre los objetivos del Ministerio
de Hacienda y Finanzas el de diseñar, implementar y supervisar la aplicación de la
política salarial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánica funcional dependiente del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que por Resolución 2863/MHFGC/26 se estableció la readecuación del valor de la
unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades Superiores y al
Régimen Modular de Plantas de Gabinete, con los mismos parámetros que los
establecidos en la Resolución 4046/MHFGC/20;
Que en el marco de la pauta salarial del año en curso, dispuesta para el personal de
planta permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la
readecuación producida sobre las remuneraciones brutas correspondientes al
Régimen Gerencial en sus dos niveles, Gerente y Subgerente Operativo, corresponde
adecuar el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades
Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete;
Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 18 de la Ley 6.684,
Artículo 1°.- Establecer, a partir del 1° de agosto de 2026, en Pesos Quinientos
Ochenta y Ocho con 4414/10000 ($ 588,4414), el valor de la unidad retributiva
aplicable a las remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen Modular de
Plantas de Gabinete.
Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y
para su conocimiento y demás efectos, comunicar a la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos, a las Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto; Planificación y Control Operativo; Administración y Liquidación de
Haberes; Desarrollo del Servicio Civil, y Relaciones Laborales, Legales y Asuntos
Previsionales del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. Arengo
Piragine