RESOLUCIÓN 161 2020 AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628

Síntesis:

SE DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN N° 95-APRA-19 - SE DESIGNAN - MIEMBROS TITULARES - EN CARACTER DE FUNCIONARIO - PRESIDENTE DE AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL - EN CARACTER DE EXPERTOS TÉCNICOS - MARIA EUGENIA TORAL - PEDRO LLAURADO - COMITÉ COORDINADOR DE ASUNTOS EDUCATIVOS AMBIENTALES

Publicación:

19/10/2020

Sanción:

13/10/2020

Organismo:

AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628

Estado:

No vigente


VISTO: Las Leyes Nros. 1.687 y 2.628 (textos consolidados por Ley N° 6.017) y 6.292,

los Decretos Nros. 887/07, 834/08, 463/19 y 497/19, la Resoluciones Nros. 95-

GCABA-APRA/19 y 81-GCABA-APRA/20 y el Expediente N° 17772147-MGEYA-

DGEAMB/16, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 1.687 (texto consolidado por Ley N° 6.017) incorporó la educación

ambiental en el sistema educativo formal y no formal, mediante modos alternativos de

comunicación y educación, garantizando la promoción de la misma en todas las

modalidades y niveles en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el artículo 5° del mencionado plexo normativo, se crea el Comité Coordinador

de Asuntos Educativos Ambientales, ...el cual funcionará como autoridad de aplicación

de dicha norma...; y conforme el artículo 6°, coordinará las actividades educativas

formales, no formales e informales, en orden al cumplimiento de los fines de la Ley;

Que por el artículo 7° del Anexo I del Decreto N° 887/07 reglamentario de la Ley N°

1.687, se establece que dicho Comité estará integrado por tres representantes del

Ministerio de Educación y tres representantes del Ministerio de Medio Ambiente,

debiendo designarse, por cada uno de ellos a un funcionario y dos técnicos expertos

en formación ambiental para integrarlo;

Que asimismo, el referido artículo, establece que ...la representación del Ministerio de

Medio Ambiente estará a cargo de la Unidad de Formación e Información Ambiental o

del organismo que en el futuro lo reemplace...;

Que, por Ley N° 2.628 (texto consolidado por Ley N° 6.017) se creó como entidad

autárquica la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, que tiene como objeto proteger la calidad ambiental a través de la planificación,

programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la Política

Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el artículo 3° de la Ley N° 2.628 prevé entre las funciones y facultades de esta

Agencia de Protección Ambiental, ...coordinar juntamente con el Ministerio de

Educación las actividades educativas formales indispensables para el desarrollo de la

conciencia ambiental de una comunidad participativa y responsable...;

Que, en esta inteligencia, por Decreto N° 834/08 se transfirió a la Agencia de

Protección Ambiental el presupuesto, patrimonio y personal afectados a la Unidad de

Formación e Información Ambiental, suprimiéndose dicho organismo fuera de nivel;

Que por Resolución N° 95-APRA/19, fueron designados los miembros del Comité

Coordinador de Asuntos Educativos Ambientales con representación ambiental;

Que por la Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

de Buenos Aires, contemplando entre las Secretarías del Poder Ejecutivo, a la

Secretaría de Ambiente;

Que, por su parte, el Decreto N°463/19 aprobó la estructura orgánica funcional

dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, contemplando como organismo fuera de nivel de la Secretaría de Ambiente a la

Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que posteriormente, por Decreto N° 497/19, se designó a quien suscribe el presente,

como Presidente de la Agencia de Protección Ambiental;

Que por Resolución N° 81-GCABA-APRA/20, se estableció la nueva estructura

orgánica funcional de esta Agencia, contemplando entre sus áreas dependientes a la

Dirección General Política y Estrategia Ambiental;

Que la Gerencia Operativa Gestión Urbano Ambiental, dependiente de la Dirección

General mencionada, tiene entre sus responsabilidades primarias la de ...programar

talleres y actividades educativas en materia ambiental, en coordinación con las

reparticiones competentes del Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires...;

Que por medio del Informe N° 24542685-GCABA-DGPOLEA/20, la Gerencia

Operativa referida, manifestó que atento el cambio de estructura referido y la

alternancia de autoridades de la Agencia de Protección Ambiental, corresponde

designar los nuevos integrantes que la representación ambiental que integrarán el

Comité Coordinador de Asuntos Educativos Ambientales y dejar sin efecto la

Resolución N° 95-APRA/19;

Que la Dirección General Política y Estrategia Ambiental prestó conformidad a la

referida iniciativa por medio del Informe N° 24594823-GCABA-DGPOLEA/20;

Que la Gerencia Operativa Asuntos Jurídicos tomó debida intervención en el marco de

las responsabilidades primarias asignadas por Resolución N° 81-GCABA-APRA/20;

Que, en virtud de los antecedentes expuestos, deviene procedente efectuar las

designaciones de los miembros titulares en carácter de funcionario y expertos técnicos

con representación ambiental del Comité Coordinador de Asuntos Educativos

Ambientales.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 2.628 y en virtud de los

Decretos Nros. 887/07 y 497/19,

EL PRESIDENTE

DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 95-APRA/19.

Artículo 2°.- Establécese como miembro titular en carácter de funcionario de la

representación ambiental del Comité Coordinador de Asuntos Educativos Ambientales

al Presidente de esta Agencia de Protección Ambiental conforme Decreto N° 497/19.

Artículo 3°. - Desígnanse como miembros titulares en carácter de expertos técnicos de

la representación ambiental del Comité Coordinador de Asuntos Educativos

Ambientales a María Eugenia Toral, D.N.I. N° 20.986.917 y a Pedro LLauradó, D.N.I.

N° 34.502.765.

Artículo 4°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese a los interesados, a las reparticiones de esta Agencia de Protección

Ambiental, a la Secretaría de Ambiente y al Ministerio de Educación. Cumplido,

archívese. Morosi

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1º de la Resolución N° 217/APRA/22 deja sin efecto la Resolución Nº 161-GCABA-APRA/20.</p>
INTEGRA
<p>Art. 2° de la Resolución N° 161-APRA-20 establece como miembro titular en carácter de funcionario de la representación ambiental del Comité Coordinador de Asuntos Educativos Ambientales al Presidente de esta Agencia de Protección Ambiental conforme Decreto N° 497/19.</p><p> </p>
DEROGA
<p>Art. 1º de la Resolución N° 161-APRA-20 deja sin efecto la Resolución Nº 95-APRA/19.</p>