RESOLUCIÓN 4080 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE MODIFICA - ANEXO I DECRETO 167-20  AMPLÍA - CANTIDAD DE VACANTES - PUESTOS -  CARRERAS -  DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - ENFERMERÍA Y ESPECIALIDADES TÉCNICO-PROFESIONALES DE LA SALUD -  DESTINADAS A LOS EFECTORES DE SALUD DEL SUBSECTOR PÚBLICO DE SALUD DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - CORONAVIRUS - COVID-10 - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA

Publicación:

21/10/2020

Sanción:

16/10/2020

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20, los Decretos de

Necesidad y Urgencia N° 1/20, N° 8/20, N° 12/20 y N° 15/20, el Decreto N° 167/20, las

Resoluciones N° 1853/GCABA-MHFGC/20, N° 1954/GCABA-MHFGC/20, N°

2860/GCABA-MHFGC/20, N° 2889/GCABA-MHFGC/20, N° 3514/GCABA-MHFGC/20

y 3908/GCABA-MHFGC/20, y el Expediente Electrónico N°22851718-GCABA-

DGAYDRH/20, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20, el Poder Ejecutivo de la

Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°

27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud en

relación con el virus COVID-19 (Coronavirus), por el plazo de un (1) año a partir de la

entrada en vigencia de dicho decreto;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus prórrogas establecidas por

los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 8/20, 12/20 y 15/20, se declaró la

Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el

30 de noviembre de 2020 inclusive a los fines de atender y

adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del

contagio en la población del coronavirus (COVID-19);

Que por Decreto N° 167/20 se amplió la cantidad de vacantes correspondientes a

diversos puestos de la Carrera de la Administración Pública -Acta N° 17/13-, conforme

su Anexo I, y de la Carrera de Enfermería y Especialidades Técnico-Profesionales de

la Salud -Acta N° 16/19-, conforme su Anexo II, destinadas a efectores de salud del

Subsector Público de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para garantizar

la prestación de servicios esenciales a raíz de la situación causada por el virus

COVID-19, con los alcances allí establecidos;

Que asimismo, mediante el artículo 8° del Decreto N° 167/20, se ha facultado al titular

del Ministerio de Hacienda y Finanzas, mientras dure la emergencia sanitaria, a

modificar la cantidad, alcance y distribución de dichas vacantes;

Que por Resoluciones N° 1853/GCABA-MHFGC/20, N° 1954/GCABA-MHFGC/20, N°

2860/GCABA-MHFGC/20, N° 2889/GCABA-MHFGC/20, N° 3514/GCABA-MHFGC/20

y 3908/GCABA-MHFGC/20 se modificaron sucesivamente, los Anexos I y II del

referido Decreto;

Que la Dirección General de Administración y Desarrollo de Recursos Humanos del

Ministerio de Salud, en el marco de sus funciones, ha solicitado ampliar la dotación de

determinados puestos de la Carrera de la Administración Pública -Acta N° 17/13- para

atender las acciones inherentes a la situación ya descripta;

Que en tal sentido, y atento las necesidades dinámicas de la prestación de servicios

en el marco de la citada pandemia, resulta conveniente ampliar de acuerdo a lo

solicitado por el Ministerio de Salud la cantidad de puestos de la Carrera de la

Administración Pública, con los mismos alcances establecidos en el Decreto N°

167/20, modificando en consecuencia el Anexo I del referido Decreto y sus

resoluciones modificatorias;

Que atento lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y

en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 167/20,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Modifíquese el Anexo I del Decreto N° 167/20, y sus modificatorias

Resoluciones N° 1853/GCABA-MHFGC/20, N° 2860/GCABA-MHFGC/20, N°

2889/GCABA-MHFGC/20, N° 3514/GCABA-MHFGC/20 y 3908/GCABA- MHFGC/20,

de conformidad con lo establecido en el Anexo (IF-2020- 24871760-GCABA-

DGDSCIV) que, a todos los efectos, forma parte de la presente resolución.

Artículo 2°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de

dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección

General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio

de Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la

Dirección General de Administración y Desarrollo de Recursos Humanos y a la

Subsecretaría de Planificación Sanitaria y Gestión en Red, del Ministerio de Salud.

Cumplido, archívese. Mura


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 Resolucion 4080-MHFGC-20 modifica Anexo I del Decreto 167-20.</p>