DISPOSICIÓN 216 2020 DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE Y PRESUPUESTO

Síntesis:

SE APRUEBA Y ADJUDICA LA LA CONTRATACIóN DIRECTA N° 401-1313-CDI20

Publicación:

23/10/2020

Sanción:

21/10/2020

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE Y PRESUPUESTO


"2020. Año del General Manuel Belgrano"

VISTO: la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6017), los Decretos de

Necesidad y Urgencia Nros. 260-PEN/2020 (DECNU-2020-260-APN-PTE) y 287-

PEN/2020 (DECNU-2020-287-APN-PTE), los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.

1-GCABA/2020, 12-GCABA/2020 y 15-GCABA/2020, la Resolución Conjunta N°

294/MHFGC/20, los Decretos Nros. 168-GCABA/19 y 207-GCABA/19, el Expediente

Electrónico N° 21.741.231-GCABA-DGADCYP/2020, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el Visto tramita la Contratación Directa N° 401-1313-

CDI20 al amparo de lo establecido en el artículo 28 inciso 2° de la Ley N° 2.095 (texto

consolidado por Ley N° 6017) y los Decretos Nros. 168-GCABA/19 y 207-GCABA/19,

que se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), en el marco de lo

dispuesto por el artículo 85 -Informatización de las contrataciones- de la Ley de

Compras y Contrataciones citada y su Decreto Reglamentario, para la "Adquisición de

desfibriladores bifásicos y carros de paro con destino a diversos hospitales

dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires";

Que por Disposición N° 193-GCABA-DGADCYP/2020 se aprobaron los Pliegos de

Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, y se llamó a la

citada Contratación Directa por un monto estimado de PESOS SIETE MILLONES

OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS ($7.887.600,00), fijándose

fecha límite para la recepción de las ofertas el día 22 de septiembre de 2020 a las

13:00 hs.;

Que la convocatoria se publicó en el Portal Buenos Aires Compras y en la Página de

Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se cursaron las

invitaciones a las empresas del rubro a través del Sistema Buenos Aires Compras

(BAC);

Que, asimismo, en tal sentido se cursaron Comunicaciones Oficiales a la Dirección

General Contaduría del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a las Subsecretarías de

Administración del Sistema de Salud, Planificación Sanitaria y Gestión en Red y

Atención de Hospitalaria, a las Direcciones Generales de Hospitales y Coordinación,

Tecnologías y Financiamiento en Salud, y a los efectores destinatarios de los bienes

en cuestión;

Que el acto administrativo de convocatoria fue publicado en el Boletín Oficial de la

Ciudad de Buenos Aires, junto con los pliegos de aplicación;

Que se encuentra registrada en el Sistema BAC la adquisición de pliegos de la gestión

de marras por parte de dieciséis (16) firmas del rubro, y la confirmación de siete (7)

ofertas en dicho Sistema;

Que con fecha 22 de septiembre 2020 a las 13:00 hs. operó la apertura de ofertas,

habiendo presentado propuesta las firmas FEAS ELECTRÓNICA S.A (CUIT N° 30-

70770219-9) por un monto de PESOS SIETE MILLONES SETECIENTOS DOCE MIL

SEISCIENTOS ($ 7.712.600,00); CONMIL S.R.L. (CUIT N° 30-66115333-0) por un

"2020. Año del General Manuel Belgrano"

monto de PESOS NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA MIL ($

9.940.000,00); GRIENSU SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-52649846-8) por un

monto de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS CINCO MIL SETECIENTOS

DIECISEIS ($ 6.505.716,00); AGIMED S.R.L. (CUIT N° 30-70229752-0) por un monto

de PESOS SEIS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIUN MIL SEISCIENTOS

SESENTA ($ 6.421.660,00); INSTRUMENTALIA S.A. (CUIT N° 30-70224337-4) por un

monto de PESOS OCHO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL

SETECIENTOS DIEZ ($ 8.354.710,00); CENTRO DE SERVICIOS HOSPITALARIOS

S.A. (CUIT N° 30-61878318-5) por un monto de PESOS SEIS MILLONES

TRESCIENTOS OCHO MIL CUATROCIENTOS ($ 6.308.400,00); y SOLUCIONES

TECNOLÓGICAS PARA LA SALUD S.A. (CUIT N° 30-71224166-3) por un monto de

PESOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS

TREINTA Y UNO CON VEINTE CENTAVOS ($ 5.491.231,20), generándose el Acta de

Apertura correspondiente;

Que a tenor de lo establecido en el Artículo 101 de la Ley N° 2095 (texto consolidado

por Ley N° 6017) las firmas cotizantes presentaron la correspondiente garantía de

mantenimiento de oferta;

Que las firmas CONMIL S.R.L. y SOLUCIONES TECNOLÓGICAS PARA LA SALUD

S.A. condicionaron sus propuestas en lo relativo al plazo de mantenimiento de las

mismas, correspondiendo su descarte de pleno derecho en los términos del Artículo

106, inciso e) de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6017);

Que los evaluadores de las propuestas requirieron a algunas de las oferentes

documentación complementaria;

Que las firmas oferentes presentaron la respectiva Declaración Jurada de Intereses

exigida por la Resolución Conjunta N° 294-MHFGC/20;

Que mediante Informe N° IF-2020-23802751-GCABA-DGCTFS, ampliado por Informe

N° IF-2020-23804283-GCABA-DGCTFS, avalados por Informe N° IF-2020-23830715-

GCABA-DGCTFS, la Dirección General Coordinación, Tecnologías y Financiamiento

en Salud realizó el análisis técnico y económico de las ofertas, destacando que

considera económicamente admisibles a todas las ofertas que presenten un desvío de

precios que resulte inferior al 10% considerando la diferencia respecto al estimado por

esa área y el ofertado;

Que, en función del criterio de adjudicación establecido para el proceso que nos ocupa

y del asesoramiento técnico efectuado, sólo resultan admisibles las ofertas

presentadas por las firmas AGIMED S.R.L., GRIENSU SOCIEDAD ANÓNIMA y,

CENTRO DE SERVICIOS HOSPITALARIOS S.A., esta última sólo por ocho (8) de las

unidades cotizadas, toda vez que el plazo de entrega propuesto para las restantes

unidades no se ajusta a las necesidades sanitarias;

Que a tenor de lo establecido en el Artículo 108, punto 4 -Prerrogativa- del Anexo I del

Decreto Reglamentario N° 168-GCABA/19, modificado por Decreto N° 207-GCABA/19,

se solicitó mejora de precio a las empresas AGIMED S.R.L. y CENTRO DE

SERVICIOS HOSPITALARIOS S.A. sobre el renglón 1, habiendo éstas reducido sus

ofertas para el citado ítem en un 8,21% y 2,14% respectivamente;

Que en base a la evaluación de las ofertas, los informes emitidos, el cuadro

comparativo de precios, la mejora de precios ofrecida, el criterio de adjudicación

establecido en los pliegos de la contratación y demás antecedentes del proceso, se

emitió el Acta de Recomendación aconsejando adjudicar la contratación de marras a la

empresa AGIMED S.R.L. por la suma total de PESOS SEIS MILLONES OCHO MIL

"2020. Año del General Manuel Belgrano"

SEISCIENTOS CUATRO ($ 6.008.604,00), al amparo de lo establecido en el Artículo

110 -Criterio de selección de las ofertas- de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley

N° 6017), conforme el siguiente detalle:

Renglón 1: Cantidad: 14. Precio unitario: $ 329.876,00 Precio total: $ 4.618.264,00;

Renglón 2: Cantidad: 14. Precio unitario: $ 99.310,00 Precio total: $ 1.390.340,00;

Que en cuanto a las ofertas admisibles, el Orden de Mérito resultó el siguiente: 1°)

AGIMED S.R.L.; 2°) CENTRO DE SERVICIOS HOSPITALARIOS S.A. por la cantidad

de ocho (8) unidades ; y 3°) GRIENSU SOCIEDAD ANÓNIMA;

Que, por otra parte, corresponde desestimar las ofertas de INSTRUMENTALIA S.A. y

FEAS ELETRÓNICA S.A., esta última en cuanto al renglón 1, por no cumplir con lo

solicitado en los pliegos de aplicación;

Que el gasto que genera la contratación que nos ocupa cuenta con imputación

presupuestaria en la partida correspondiente, con cargo al ejercicio vigente;

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General Legal y Técnica

de este Ministerio.

Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley N° 2095 (texto

consolidado por Ley N° 6017) y su Decreto Reglamentario N° 168-GCABA/19,

modificado por Decreto N° 207-GCABA/19,

LA DIRECTORA GENERAL ADMINISTRATIVA, CONTABLE Y PRESUPUESTO

DISPONE:

Artículo 1°.- Apruébase la Contratación Directa N° 401-1313-CDI20, al amparo de lo

establecido en el Artículo 28 apartado 2 de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley

N° 6017) y su Decreto Reglamentario N° 168-GCABA/19 modificado por Decreto N°

207-GCABA/19, para la "Adquisición de desfibriladores bifásicos y carros de paro con

destino a diversos hospitales dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires".

Artículo 2°.- Descártanse de pleno derecho las propuestas de CONMIL S.R.L. y

SOLUCIONES TECNOLÓGICAS PARA LA SALUD S.A. en los términos del Artículo

106, inciso e) de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6017).

Artículo 3°.- Desestímanse las ofertas presentadas por INSTRUMENTALIA S.A. y

FEAS ELETRÓNICA S.A., esta última en cuanto al renglón 1, por no cumplir con lo

requerido en los pliegos de aplicación.

Artículo 4°.- Adjudícase la contratación citada en el Artículo 1° de la presente

Disposición, por ajustarse a los pliegos de aplicación y ser oferta conveniente, a la

firma AGIMED S.R.L. (CUIT N° 30-70229752-0) por un monto total de PESOS SEIS

MILLONES OCHO MIL SEISCIENTOS CUATRO ($ 6.008.604,00) al amparo de lo

establecido en el artículo 110 -Criterio de selección de las ofertas- de la Ley N° 2095

(Texto consolidado por Ley N° 6017), según el siguiente detalle:

Renglón 1: Cantidad: 14 - Precio unitario: $ 329.876,00 - Precio total: $ 4.618.264,00.

Renglón 2: Cantidad: 14 - Precio unitario: $ 99.310,00 - Precio total: $ 1.390.340,00.

Artículo 5°.- La erogación que demande la presente gestión será imputada a la

correspondiente partida presupuestaria con cargo al ejercicio en vigor.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

"2020. Año del General Manuel Belgrano"

en el Portal Buenos Aires Compras y en la Página de Internet del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de

Evaluación del Gastos del Ministerio de Hacienda y Finanzas de conformidad con lo

dispuesto en la Resolución Conjunta N° 294-MHFGC/20 y, para su notificación y

demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones del Ministerio

de Salud. Filippo

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