DISPOSICIÓN 232 2020 DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE Y PRESUPUESTO

Síntesis:

SE AMPLíA LA ORDEN DE COMPRA N° 401-11026-OC20

Publicación:

25/11/2020

Sanción:

19/11/2020

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE Y PRESUPUESTO


"2020. Año del General Manuel Belgrano"

VISTO: La Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6017), los Decretos de

Necesidad y Urgencia Nros. 260-PEN/2020 (DECNU-2020-260-APN-PTE) y 287-

PEN/2020 (DECNU-2020-287-APN-PTE), los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.

1-GCABA/2020, 8-GCABA/2020, 12-GCABA/2020 y 15-GCABA/2020, los Decretos

Nros. 168-GCABA/19 y 207-GCABA/19, el Expediente Electrónico N°

21.741.231/GCABA-DGADCYP/2020, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el Visto tramitó la Contratación Directa N° 401-1313-

CDI20 gestionada en el Sistema Buenos Aires Compras (BAC) al amparo de lo

establecido en el artículo 28 inciso 2° de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N°

6017) para la "Adquisición de desfibriladores bifásicos y carros de paro con destino a

diversos hospitales dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires";

Que mediante Disposición N° 216-GCABA-DGADCYP/2020 se aprobó la citada

contratación y se adjudicó a la firma AGIMED S.R.L. emitiéndose la Orden de Compra

N° 401-11026-OC20 por la suma total de PESOS SEIS MILLONES OCHO MIL

SEISCIENTOS CUATRO ($ 6.008.604.-), con vigencia hasta el 6 de noviembre 2020;

Que, posteriormente, por Disposición N° 228-GCABA-DGADCYP/2020 el citado

contrato se prorrogó, sin aplicación de penalidades al proveedor, hasta el día 20 de

noviembre de 2020;

Que, en este estado de la contratación, en atención al requerimiento del Hospital

General de Niños Dr. Pedro de Elizalde efectuado por Nota N° NO-2020-24098895-

GCABA-HGNPE, elevada por la Dirección General Hospitales mediante Nota N° NO-

2020-24267370-GCABA-DGHOSP, y la recomendación técnica realizada en el informe

N° IF-2020-23817127-GCABA-DGCTFS, la Dirección General Coordinación,

Tecnologías y Financiamiento en Salud a través de la Nota N° NO-2020-26754026-

GCABA-DGCTFS solicitó ampliar la Orden de Compra N° 401-11026-OC20 en tres (3)

unidades del renglón 1 y en tres (3) unidades del renglón 2;

Que, a su vez, a través de la Nota N° NO-2020-28221943-GCABA-DGHOSP, el

Director General a cargo de la Dirección General Hospitales informó que el

requerimiento en cuestión se encuentra en el marco de las medidas implementadas

para la prevención y contención de la Emergencia Sanitaria por COVID-19,

habida cuenta que el Hospital General de Niños Dr. Pedro de Elizalde informa

diariamente pacientes internados con COVID-19 positivo en categoría leves, siendo

éstos familiares y/o allegados de pacientes pediátricos allí alojados;

Que en virtud de la naturaleza de la presente gestión, a tenor de lo establecido en el

punto 3 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige el procedimiento y en

la Ley N° 2095 (Texto consolidado por Ley N° 6017), resulta de aplicación lo

contemplado en el Artículo 119, Inciso I de dicha norma que establece que el

organismo contratante puede "... Aumentar o disminuir el total adjudicado hasta un

veinte por ciento (20%) de su valor original en uno y otro caso, en las condiciones y

"2020. Año del General Manuel Belgrano"

precios pactados y con adecuación de los plazos respectivos. El aumento o la

disminución puede incidir sobre uno, varios o el total de los renglones de la orden de

compra, siempre y cuando el total resultante no exceda el porcentaje previsto, según

corresponda. En los casos en que resulte imprescindible para el organismo contratante

el aumento o la disminución podrán exceder el veinte por ciento (20%), y se deberá

requerir la conformidad del co-contratante. Si ésta no fuera aceptada, no generará

ningún tipo de responsabilidad al proveedor ni será pasible de ningún tipo de

penalidad o sanción. En ningún caso las ampliaciones o disminuciones podrán

exceder del cincuenta por ciento (50%) del monto total del contrato, aun con

consentimiento del co-contratante";

Que a tenor de lo requerido en las Notas citadas precedentemente, la ampliación

solicitada genera un aumento del total adjudicado de PESOS UN MILLÒN

DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO ($

1.287.558.-), equivalente al 21,43% (veintiuno con cuarenta y tres por ciento) del

contrato original;

Que se encuentra glosada en los actuados la conformidad prestada por el proveedor al

incremento del porcentaje de ampliación;

Que, en ese contexto, al amparo de la normativa citada, la gestión que se propicia

importa el ejercicio por parte de la administración del ius variandi con consentimiento

del proveedor;

Que el gasto que genera la presente ampliación cuenta con imputación presupuestaria

en la partida correspondiente, con cargo al ejercicio vigente;

Que ha tomado intervención la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de

Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por ello, y en base a las competencias establecidas en la Ley N° 2095 (Texto

consolidado por Ley N° 6017) y los Decretos N° 168-GCABA/19 y N° 207-GCABA/19,

LA DIRECTORA GENERAL ADMINISTRATIVA, CONTABLE Y PRESUPUESTO

DISPONE:

Artículo 1°.- Amplíase la Orden de Compra N° 401-11026-OC20 emitida a favor de la

firma AGIMED S.R.L. - CUIT N° 30-70229752-0 en el marco de la Contratación Directa

N° 401-1313-CDI20, por un monto de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS OCHENTA

Y SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO ($ 1.287.558.-), equivalente al

21,43% (veintiuno con cuarenta y tres por ciento) del contrato original, conforme el

siguiente detalle:

Renglón 1: Cantidad: 3 - Precio Unitario: $ 329.876.- Precio Total: $ 989.628.-

Renglón 2: Cantidad: 3 - Precio Unitario: $ 99.310.- Precio Total: $ 297.930.-.

Artículo 2°. - La erogación que demande la presente gestión se imputa a la

correspondiente partida presupuestaria con cargo al ejercicio en vigor.

Artículo 3°- Autorízase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones a emitir la

Orden de Compra ampliatoria conforme lo dispuesto en el artículo 1° de la presente.

Artículo 4°.- Notifíquese al proveedor que deberá integrar la respectiva garantía de

ejecución del contrato, a tenor de lo establecido en el Artículo 119 del Anexo I del

Decreto Reglamentario 168-GCABA/19.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

en el Portal Buenos Aires Compras y en la Página de Internet del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

"2020. Año del General Manuel Belgrano"

comuníquese a la Dirección General de Evaluación del Gastos del Ministerio de

Hacienda y Finanzas de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta N°

294-MHFGC/20 y, para su notificación y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa

Compras y Contrataciones del Ministerio de Salud. Filippo