DISPOSICIÓN 232 2020 DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE Y PRESUPUESTO
Síntesis:
SE AMPLíA LA ORDEN DE COMPRA N° 401-11026-OC20
Publicación:
25/11/2020
Sanción:
19/11/2020
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE Y PRESUPUESTO
"2020. Año del General Manuel Belgrano"
VISTO: La Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6017), los Decretos de
Necesidad y Urgencia Nros. 260-PEN/2020 (DECNU-2020-260-APN-PTE) y 287-
PEN/2020 (DECNU-2020-287-APN-PTE), los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.
1-GCABA/2020, 8-GCABA/2020, 12-GCABA/2020 y 15-GCABA/2020, los Decretos
Nros. 168-GCABA/19 y 207-GCABA/19, el Expediente Electrónico N°
21.741.231/GCABA-DGADCYP/2020, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto tramitó la Contratación Directa N° 401-1313-
CDI20 gestionada en el Sistema Buenos Aires Compras (BAC) al amparo de lo
establecido en el artículo 28 inciso 2° de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N°
6017) para la "Adquisición de desfibriladores bifásicos y carros de paro con destino a
diversos hospitales dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires";
Que mediante Disposición N° 216-GCABA-DGADCYP/2020 se aprobó la citada
contratación y se adjudicó a la firma AGIMED S.R.L. emitiéndose la Orden de Compra
N° 401-11026-OC20 por la suma total de PESOS SEIS MILLONES OCHO MIL
SEISCIENTOS CUATRO ($ 6.008.604.-), con vigencia hasta el 6 de noviembre 2020;
Que, posteriormente, por Disposición N° 228-GCABA-DGADCYP/2020 el citado
contrato se prorrogó, sin aplicación de penalidades al proveedor, hasta el día 20 de
noviembre de 2020;
Que, en este estado de la contratación, en atención al requerimiento del Hospital
General de Niños Dr. Pedro de Elizalde efectuado por Nota N° NO-2020-24098895-
GCABA-HGNPE, elevada por la Dirección General Hospitales mediante Nota N° NO-
2020-24267370-GCABA-DGHOSP, y la recomendación técnica realizada en el informe
N° IF-2020-23817127-GCABA-DGCTFS, la Dirección General Coordinación,
Tecnologías y Financiamiento en Salud a través de la Nota N° NO-2020-26754026-
GCABA-DGCTFS solicitó ampliar la Orden de Compra N° 401-11026-OC20 en tres (3)
unidades del renglón 1 y en tres (3) unidades del renglón 2;
Que, a su vez, a través de la Nota N° NO-2020-28221943-GCABA-DGHOSP, el
Director General a cargo de la Dirección General Hospitales informó que el
requerimiento en cuestión se encuentra en el marco de las medidas implementadas
para la prevención y contención de la Emergencia Sanitaria por COVID-19,
habida cuenta que el Hospital General de Niños Dr. Pedro de Elizalde informa
diariamente pacientes internados con COVID-19 positivo en categoría leves, siendo
éstos familiares y/o allegados de pacientes pediátricos allí alojados;
Que en virtud de la naturaleza de la presente gestión, a tenor de lo establecido en el
punto 3 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige el procedimiento y en
la Ley N° 2095 (Texto consolidado por Ley N° 6017), resulta de aplicación lo
contemplado en el Artículo 119, Inciso I de dicha norma que establece que el
organismo contratante puede "... Aumentar o disminuir el total adjudicado hasta un
veinte por ciento (20%) de su valor original en uno y otro caso, en las condiciones y
"2020. Año del General Manuel Belgrano"
precios pactados y con adecuación de los plazos respectivos. El aumento o la
disminución puede incidir sobre uno, varios o el total de los renglones de la orden de
compra, siempre y cuando el total resultante no exceda el porcentaje previsto, según
corresponda. En los casos en que resulte imprescindible para el organismo contratante
el aumento o la disminución podrán exceder el veinte por ciento (20%), y se deberá
requerir la conformidad del co-contratante. Si ésta no fuera aceptada, no generará
ningún tipo de responsabilidad al proveedor ni será pasible de ningún tipo de
penalidad o sanción. En ningún caso las ampliaciones o disminuciones podrán
exceder del cincuenta por ciento (50%) del monto total del contrato, aun con
consentimiento del co-contratante";
Que a tenor de lo requerido en las Notas citadas precedentemente, la ampliación
solicitada genera un aumento del total adjudicado de PESOS UN MILLÒN
DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO ($
1.287.558.-), equivalente al 21,43% (veintiuno con cuarenta y tres por ciento) del
contrato original;
Que se encuentra glosada en los actuados la conformidad prestada por el proveedor al
incremento del porcentaje de ampliación;
Que, en ese contexto, al amparo de la normativa citada, la gestión que se propicia
importa el ejercicio por parte de la administración del ius variandi con consentimiento
del proveedor;
Que el gasto que genera la presente ampliación cuenta con imputación presupuestaria
en la partida correspondiente, con cargo al ejercicio vigente;
Que ha tomado intervención la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de
Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por ello, y en base a las competencias establecidas en la Ley N° 2095 (Texto
consolidado por Ley N° 6017) y los Decretos N° 168-GCABA/19 y N° 207-GCABA/19,
LA DIRECTORA GENERAL ADMINISTRATIVA, CONTABLE Y PRESUPUESTO
DISPONE:
Artículo 1°.- Amplíase la Orden de Compra N° 401-11026-OC20 emitida a favor de la
firma AGIMED S.R.L. - CUIT N° 30-70229752-0 en el marco de la Contratación Directa
N° 401-1313-CDI20, por un monto de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS OCHENTA
Y SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO ($ 1.287.558.-), equivalente al
21,43% (veintiuno con cuarenta y tres por ciento) del contrato original, conforme el
siguiente detalle:
Renglón 1: Cantidad: 3 - Precio Unitario: $ 329.876.- Precio Total: $ 989.628.-
Renglón 2: Cantidad: 3 - Precio Unitario: $ 99.310.- Precio Total: $ 297.930.-.
Artículo 2°. - La erogación que demande la presente gestión se imputa a la
correspondiente partida presupuestaria con cargo al ejercicio en vigor.
Artículo 3°- Autorízase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones a emitir la
Orden de Compra ampliatoria conforme lo dispuesto en el artículo 1° de la presente.
Artículo 4°.- Notifíquese al proveedor que deberá integrar la respectiva garantía de
ejecución del contrato, a tenor de lo establecido en el Artículo 119 del Anexo I del
Decreto Reglamentario 168-GCABA/19.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
en el Portal Buenos Aires Compras y en la Página de Internet del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
"2020. Año del General Manuel Belgrano"
comuníquese a la Dirección General de Evaluación del Gastos del Ministerio de
Hacienda y Finanzas de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta N°
294-MHFGC/20 y, para su notificación y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa
Compras y Contrataciones del Ministerio de Salud. Filippo