RESOLUCIÓN 4148 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE INSTRUMENTA  - ACTA DE NEGOCIACION COLECTIVA N° 08-20 - SUSCRIPTA ENTRE LOS REPRESENTANTES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y EL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES -SUTECBA - CARRERA DE ENFERMERÍA Y ESPECIALIDADES TÉCNICO - PROFESIONALES DE LA SALUD

Publicación:

28/10/2020

Sanción:

23/10/2020

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: La Ley N° 471, el Decreto N° 465/04, el Acta de Negociación Colectiva -

Comisión Central - N° 08/2020, las Resoluciones N°4019/MHFGC/20 y N°

4090/MHFGC/20, el Expediente Electrónico N° 2020-24.040.918/GCABA-DGTALMHF

y;

CONSIDERANDO:

Que con fecha 15 de agosto de 2020, se celebró el Acta de Negociación Colectiva -

Comisión Central - N° 08/2020, en el marco del Título II de la Ley N° 471 de

Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de

Buenos Aires (SUTECBA);

Que mediante la misma, las partes consideran que, en virtud de la emergencia

sanitaria en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud

(OMS), en relación al virus COVID 19 (Coronavirus), y contemplando las medidas

adoptadas por el Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

declarado de tareas esenciales, así como todos los organismos dependientes de dicho

Ministerio, y la suspensión temporaria de otorgamiento de licencias, entre las partes se

acuerda;

Que todos los trabajadores encuadrados dentro de la carrera de Enfermería y

Especialidades Técnico - Profesionales de la Salud, encuadrados en el Acta Paritaria

N° 16/2019, no alcanzados por las excepciones del inciso c) del artículo 11 del Decreto

N° 147/2020, que por razones de operatividad no pudieran hacer usufructo del goce de

la licencia establecida en el artículo 42 de citada normativa, deberán hacer uso de las

mismas previa autorización de la autoridad correspondiente, durante el período que va

desde el 1° de enero de 2021 hasta el 30 de junio de 2021, y la licencia del año 2021

deberá ser solicitada y otorgada para el período correspondiente entre el 1° de julio de

2021 hasta el 31 de diciembre de 2021;

Que oportunamente, por Resolución N° 4019/MHFGC/20, se instrumentó el Acta de

Negociación Colectiva Comisión Central - N° 08/2020, la que fue dejada sin efecto

mediante Resolución N° 4090/MHFGC/20,en virtud de la existencia de un error

involuntario en uno de los Considerandos y en el artículo 1° de la parte dispositiva de

la precitada Resolución, que fue inclusión en el texto del mencionado acto

administrativo, de la Asociación de Médicos Municipales de la Ciudad de Buenos

Aires, quienes no tomaron parte en dicha negociación;

Que atento lo expuesto, el Acta Paritaria N° 08/2020 a la actualidad no se encuentra

instrumentada, razón por la cual, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85

de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6017), y los acuerdos arribados en el

ámbito de la Negociación Colectiva, regulada por el Título II de la misma, debe ser

instrumentada;

Que por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se

instrumenta el Acta de Negociación Colectiva - Comisión Central N° 08/2020;

Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Instruméntase el Acta de Negociación Colectiva - Comisión Central - Acta

N° 08/2020, suscripta el día 15 de agosto de 2020 entre los representantes del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Sindicato Único de

Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que como

Anexo (IF-2020-24065029/GCABA-DGTALMHF), forma parte integrante de la

presente.

Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado

de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la

Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y

Finanzas y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto.

Cumplido, archívese. Mura


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art 1° Resolución N° 4148 -MHFGC-20<strong> </strong>instrumenta el Acta N° 08-2020, en el marco de la emergencia sanitaria declarada por DNU 1-20.</p>
APRUEBA
<p>Art. 1 Resolucion  4148-MHFGC-20 instrumenta el Acta 8-20.</p>