RESOLUCIÓN 301 2020 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCCION

Síntesis:

APRUEBA ACTIVIDAD -DIGITALIZATE - SEMINARIO - ACTIVIDADES DE CAPACITACIÓN GRATUITAS - CHARLAS VINCULADAS CON EL COMERCIO ELECTRÓNICO - MARKETING DIGITAL - DIRECCIÓN GENERAL POLITICAS DE JUVENTUD - JOVENES - BASES Y CONDICIONES - FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN - COVID 19 - CORONAVIRUS - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA - EMERGENCIA ECONOMICA

Publicación:

29/10/2020

Sanción:

26/10/2020

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCCION


VISTO: La Ley N° 6.292, los Decretos Nros. 578/16 y 463/19 y sus modificatorios, el

Expediente Electrónico N° 2020-25191094-GCABA-DGPJ, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el actuado citado en el Visto la Dirección General Políticas de Juventud

dependiente de este Ministerio de Desarrollo Económico y Producción propicia la

celebración del seminario denominado "DIGITALIZATE";

Que por Ley N° 6.292 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,

al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;

Que la mencionada norma en su artículo 21 inciso 13) atribuye al Ministerio de

Desarrollo Económico y Producción la competencia para definir, formular, implementar

y ejecutar políticas transversales referidas a la juventud;

Que por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplándose a la Dirección General Políticas de Juventud dentro del Ministerio de

Desarrollo Económico y Producción;

Que dicha Dirección General tiene entre sus responsabilidades primarias las de

"diseñar y coordinar programas, proyectos y actividades dirigidas a los jóvenes de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires" y, a su vez, la de "proponer programas y acciones

orientados a la promoción del empleo de los jóvenes en coordinación con la Dirección

General Empleo";

Que, por su parte, mediante el Decreto N° 578/16 se estableció que el titular de la

Vicejefatura de Gobierno, los Ministros, Secretarios y Subsecretarios del Poder

Ejecutivo aprueban los Programas de Gestión en el marco de sus respectivas

competencias que prevean la entrega de subsidios, becas y premios;

Que en este marco, la Dirección General Políticas de Juventud, mediante Informe

25235041-GCABADGPJ/20, propicia la celebración de la actividad denominada

"DIGITALIZATE";

Que en otro orden de ideas, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado

que el Coronavirus (COVID-19), se está propagando de persona a persona,

aceleradamente a nivel mundial declarando al coronavirus como una pandemia;

Que por ello, y atento al aislamiento social, preventivo y obligatorio, muchos

emprendedores se ven obligados a atender y adoptar las medidas necesarias para

prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población, viéndose

afectado el normal desarrollo de su actividad, por lo que resulta fundamental

acompañarlos;

Que en este contexto, resulta esencial ofrecer a los jóvenes actividades de

capacitación gratuitas, así como charlas vinculadas con el comercio electrónico y al

marketing digital, con el objeto de incentivar su colaboración en la digitalización de un

comercio y/o emprendimiento, cuyas actividades económicas se ven afectadas;

Que en este marco, se propone brindar a través de la modalidad virtual un espacio de

formación e intercambio, con el objeto brindar a jóvenes conocimientos y las

herramientas adecuadas, que luego le serán útiles para llevar a cabo la digitalización

de distintas PyMEs;

Que para lograr este objetivo se seleccionarán hasta un máximo de trescientos (300)

jóvenes, entre los inscriptos, para brindarles un ciclo formativo el cual tendrá una

asignación en concepto de asistencia por los costos asociados a la digitalización de

los comercios, por la suma de PESOS MIL QUINIENTOS ($ 1.500.-) y, posteriormente,

se les solicitará la digitalización de dos (2) o cuatro (4) PyMEs, debiendo cumplir con

un formulario de tareas que se pondrá a su disposición, que luego será analizado por

la Autoridad de Aplicación, para ser acreedores de los premios, siendo la suma de

PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($ 2.500) para aquellos que hayan digitalizado dos (2)

PyMES, y de la suma de PESOS CINCO MIL QUINIENTOS ($ 5.500) aquellos que

hayan digitalizado cuatro (4) PyMEs;

Que en este contexto, la Dirección General Políticas de Juventud, mediante Informe N°

25235041-GCABA-DGPJ/20, propicia la aprobación de la referida actividad, indicando

la misma necesitará para poder digitalizar a mil doscientas (1.200) PyMES, de una

erogación presupuestaria de PESOS DOS MILLONES CIEN MIL ($ 2.100.000) a

asignaciones estímulo y costos operativos para el trabajo de los participantes;

Que la presente actividad ayudará a potenciar habilidades en los jóvenes mediante el

dictado de cursos virtuales que brindará la Facultad de Ciencias Económicas de la

Universidad de Buenos Aires;

Que por los motivos expuestos precedentemente, deviene necesario aprobar la

actividad denominada "DIGITALIZATE", con el objeto de brindar a los jóvenes

conocimientos y herramientas para digitalizar a PyMES, sujeto a inscripción previa.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébese la actividad denominada "DIGITALIZATE", conforme los

lineamientos detallados en el Anexo I "Bases y Condiciones" (IF-2020-25234984-

GCABA-DGPJ) y el Anexo II "Formulario de inscripción" (IF-2020- 25235023-GCABA-

DGPJ), los que a todos sus efectos forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Convocase a las personas humanas mayores de 18 años y menores de

35 años que residan en la Ciudad de Buenos Aire, a participar de la actividad

"DIGITALIZATE" conforme los plazos establecidos en el Anexo I, quedando habilitada

la inscripción en la página web de la Dirección General Políticas de Juventud

(https://www.buenosaires.gob.ar/desarrolloeconomico/bajoven) desde el día siguiente

a la publicación de la presente en el Boletín Oficial.

Artículo 3°.- Desígnanse miembros del Comité Evaluador de la presente actividad al Sr

Augusto Alejandro Toril. DNI N° 36.391.130, y al Sr Francisco Sala, DNI N°

38.380.301.

Artículo 4°.- Difúndase la actividad a través de las redes sociales de la Dirección

General Políticas de Juventud (Instagram: https://www.instagram.com/bajoven/,

Facebook: https://www.facebook.com/BaJoven/).

Artículo 5°.- El gasto que demande la presente será imputado a la partida

presupuestaria correspondiente.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese a la

Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires. Comuníquese a

la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio. Giusti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5987- ANEXO I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5987- ANEXO II

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolucion 301-MDEPGC/20 aprueba la actividad denominada DIGITALIZATE para PyMES, en el marco del concurso DIGITALIZATE, aprobado por Resolución 301-MDEPGC/20.</p>