RESOLUCIÓN 342 2020 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCCION
Síntesis:
SE APRUEBA ACTIVIDAD - DIGITALIZATE PARA PYMES - BASES Y CONDICIONES - FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN - DESARROLLO DEL ÁMBITO DIGITAL - CONVOCATORIA A PYMES
Publicación:
02/12/2020
Sanción:
26/11/2020
Organismo:
MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCCION
VISTO: La Ley N° 6.292, los Decretos Nros. 578-GCABA/16 y 463-GCABA/19 y sus
modificatorios, la Resolución N° 301-GCABA-MDEPGC/20, el Expediente Electrónico
N° 28078233-GCABA-DGPJ/20, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el actuado citado en el Visto la Dirección General Políticas de Juventud
dependiente de este Ministerio propicia la celebración del seminario denominado
"DIGITALIZATE para PyMES";
Que por Ley N° 6.292 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,
al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;
Que la mencionada norma en su artículo 21 inciso 13) atribuye al Ministerio de
Desarrollo Económico y Producción la competencia para definir, formular, implementar
y ejecutar políticas transversales referidas a la juventud;
Que mediante Decreto N° 463-GCABA/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, contemplándose a la Dirección General Políticas de Juventud dentro del
Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;
Que dicha Dirección General tiene entre sus responsabilidades primarias las de
"diseñar y coordinar programas, proyectos y actividades dirigidas a los jóvenes de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires" y, a su vez, la de "proponer programas y acciones
orientados a la promoción del empleo de los jóvenes en coordinación con la Dirección
General Empleo";
Que, por su parte, mediante el Decreto N° 578-GCABA/16 se estableció que el titular
de la Vicejefatura de Gobierno, los Ministros, Secretarios y Subsecretarios del Poder
Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprueban los
Programas de Gestión en el marco de sus respectivas competencias que prevean la
entrega de subsidios, becas y premios;
Que en este marco, la Dirección General Políticas de Juventud, mediante Informe
28081542-GCABADGPJ/20, propicia la celebración de la actividad denominada
"DIGITALIZATE para PyMES";
Que en otro orden de ideas, cabe recordar que la Organización Mundial de la Salud
(OMS) ha declarado que el Coronavirus (COVID-19), se está propagando de persona
a persona, aceleradamente a nivel mundial declarando al coronavirus como una
pandemia;
Que por ello, y atento al aislamiento social, preventivo y obligatorio, muchos comercios
y/o emprendedores se ven obligados a atender y adoptar las medidas necesarias para
prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población, viéndose
afectado el normal desarrollo de su actividad, por lo que resulta fundamental
acompañarlos;
Que en este contexto, a través de los conocimientos adquiridos por los jóvenes en las
capacitaciones brindadas en el marco del concurso "DIGITALIZATE" (aprobado
mediante Resolución N° 301-GCABAMDEPGC/20), sobre comercio electrónico y el
marketing digital, se buscará digitalizar aquellas PyMEs que no han logrado adoptar,
de manera total o parcial, la forma de venta online, y que se hayan inscripto en el
formulario digital difundido en las redes de la Dirección General Políticas de Juventud
y la Subsecretaría de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas;
Que para lograr este objetivo, a aquellos jóvenes que hayan sido seleccionados para
digitalizar las PyMES, se les brindará la oportunidad de digitalizar dos (2) o cuatro (4)
PyMEs, debiendo cumplir con un formulario de tareas que se pondrá a su disposición y
que luego será analizado por la Autoridad de Aplicación, para ser acreedores del
incentivo económico que se designó junto con la aprobación del citado concurso;
Que las PyMEs que quieran participar de la presente actividad tendrán tiempo de
completar el formulario de inscripción, el cual se difundirá por las redes sociales de la
Dirección General Políticas de Juventud, hasta las 21:00 horas del viernes 27 de
noviembre del corriente año;
Que la selección de PyMES se realizará teniendo en cuenta los criterios fijados en las
Bases y Condiciones que rigen la presente actividad;
Que luego de asignarse las PyMES a cada joven, se les comunicará de manera
fehaciente, a ambas partes, en el correo electrónico que constituyeron en el formulario
de inscripción y por teléfono el día 30 de noviembre del presente año;
Que el servicio de digitalización tendrá una duración máxima de siete (7) días corridos
desde el primer contacto entre LA PYME y el joven, debiendo el proceso de
digitalización ser entregado como máximo hasta el 31 de diciembre del corriente año;
Que en este contexto, la Dirección General Políticas de Juventud, mediante Informe N°
28081542-GCABA-DGPJ/20, propicia la aprobación de las Bases y Condiciones de la
presente actividad, indicando que la misma no requiere afectación presupuestaria;
Que por los motivos expuestos precedentemente, deviene necesario aprobar la
actividad denominada "DIGITALIZATE para PyMES", con el objeto de brindar a los
jóvenes experiencia en el desarrollo del ámbito digital, como así también a las PyMES
la posibilidad de ampliar sus canales de venta y llegada al público.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébese la actividad denominada "DIGITALIZATE para PyMES",
conforme los lineamientos detallados en el Anexo I "Bases y Condiciones" (IF-2020-
28079998-GCABA-DGPJ) y el Anexo II "Formulario de Inscripción" (IF-2020-
28079325-GCABA-DGPJ), los que a todos sus efectos forman parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2°.- Convóquese a PYMES que se encuentren radicadas en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires a participar de la actividad "DIGITALIZATE para PyMES "
a través de las redes sociales de la Dirección General Políticas de Juventud
(Instagram: https://www.instagram.com/bajoven/, Facebook:
https://www.facebook.com/BaJoven/) y de las redes sociales de la Dirección General
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Instagram:
https://www.instagram.com/bapyme/?hl=es-la,
Facebook: https://www.facebook.com/BAPyME/?ref=page_internal).
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese a la
Subsecretaría de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. Comuníquese a la
Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio. Giusti