ACTA 3062 2014 INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
SE ADHIERE - PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA BIENES Y SERVICIOS - APROBADO POR DISPOSICIÓN 396-DGCYC-14 - EXCEPCION DE PROCEDIMIENTO INTERNO - INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD
Publicación:
04/11/2020
Sanción:
20/11/2014
Organismo:
INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Estado:
No vigente
VISTO la Ley N° 2095, su modificatoria N° 4764, el Decreto Reglamentario N° 95/14 y
la Disposición N° 396/DGCy C/14 del GCBA y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la sanción de la Ley N° 4764 (BOCBA N° 4313 del 08 de enero de
2014) se modificó la Ley 2095 de Compras y Contrataciones.-
Que el Poder Ejecutivo, mediante la sanción del Decreto Reglamentario N° 95-14
(BOCBA 4355 del 11 de marzo de 2014) aprueba la nueva reglamentación de la Ley
2095.-
Que conforme lo establecido por Acta de Directorio N° ACDIR-2014-2672-IVC, es
función de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones intervenir en todos los
procesos de compras y contrataciones de Obras Públicas, Bienes y Servicios en las
etapas iníciales y hasta la adjudicación de las mismas.-
Que en función de ello y en resguardo de los principios emanados del Art 7° de la Ley
mencionada ut supra, corresponde pautar, dentro del ámbito del IVC el procedimiento
a seguir respecto de las etapas de invitación, recepción de oferta y apertura de sobres
de los procedimientos emanados por los Artículos N° 28, N° 31 al 38 de la Ley 2095 de
Compras y Contrataciones modificada por Ley 4764 y Reglamentada por el Decreto
95/14.-
Que asimismo mediante Disposición N° 396/DGCyC/14/GCBA se aprobó el Pliego
Único de Bases y Condiciones Generales para Bienes y Servicios.-
Que resulta oportuno adherir al mencionado Pliego Único de Bases y Condiciones
Generales a aplicar en las contrataciones de Bienes y Servicios del IVC. -
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos toma la intervención de su competencia.-
Que luego de un breve debate, el presente tema es sometido a votación y se aprueba
por los miembros presentes.-
Por ello;
1°) Adherir al Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para Bienes y Servicios
aprobado por Disposición N° 396/DGCyC/14/GCBA que como Anexo IF 2014-
06787788-DGCYC que pasa a formar parte de la presente, con excepción del Anexo II
que no resulta de aplicación para este IVC.-
2°) Establecer que tanto en las Contrataciones Directas del Art. 28 de la Ley 2095
modificada por Ley 4764 y Reglamentada por el Decreto 95/14; como el régimen
establecido por los Art. 31 al 38 de la Ley mencionada, es función exclusiva de la
Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones cursar las invitaciones, efectuar la
recepción de sobres y apertura de ofertas de los procesos enunciados, todo ello previo
dictamen de la Gerencia de Asuntos Jurídicos por el que resolverá el encuadre de la
Contratación de que se trate.-
3°) Establecer el procedimiento interno a seguir, que será obligatorio para todas las
áreas intervinientes, de acuerdo al Anexo IF-2014-16166902-IVC que pasa a formar
parte del presente.-
4°) Comunicar a todas las áreas.-
Se da por aprobado el presente punto firmando al pie los miembros del Directorio.
Fernández - Garcilazo - Basavilbaso