RESOLUCIÓN 12 2020 SECRETARIA DE DESARROLLO CIUDADANO
Síntesis:
SE CREA PROGRAMA - PLAZAS ACTIVAS - DIRECCIÓN GENERAL DE DEPORTE SOCIAL Y DESARROLLO DEPORTIVO - BASES Y CONDICIONES - SECRETARÍA DE DESARROLLO CIUDADANO
Publicación:
12/11/2020
Sanción:
03/08/2020
Organismo:
SECRETARIA DE DESARROLLO CIUDADANO
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 5.460
(textos consolidados por Ley N° 6.017), los Decretos N° 578/16 y N° 463/19 y sus
modificatorios, la Resolución N° 33- AVJG/17, el Expediente Electrónico N° 17646169-
DGDSYDD/20 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 33 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
establece que la Ciudad promueve la práctica del deporte y las actividades físicas,
procurando la equiparación de oportunidades, sostiene centros deportivos de carácter
gratuito y facilita la participación de sus deportistas en competencias nacionales e
internacionales;
Que conforme surge del artículo 9 de la Ley N° 6292, el Jefe de Gobierno podrá
delegar en la Vicejefatura de Gobierno, entre otras funciones, la de diseñar y ejecutar
las políticas, planes y programas vinculados al fomento y desarrollo integral del
deporte en todas sus etapas y modalidades, apoyando la recreación como medio de
equilibrio y estabilidad social;
Que mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánica funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplando a la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo,
dependiente de la Subsecretaría de Deportes de la Secretaría de Desarrollo
Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno, quien entre otras responsabilidades
primarias se encarga del desarrollo de estrategias y políticas de deporte de acuerdo
con la Constitución y las Leyes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como las
establecidas en el ámbito nacional; así, como diseñar, formular y planificar el
desarrollo de políticas para el sistema deportivo de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que por su parte, por el Decreto N° 578/16 se estableció que el titular de la
Vicejefatura de Gobierno, los Ministros, Secretarios y Subsecretarios del Poder
Ejecutivo aprueban los Programas de Gestión en el marco de sus respectivas
competencias;
Que asimismo, a través de la Resolución N° 33-AVJG/17 se delegó en esta Secretaría
de Desarrollo Ciudadano la facultad de aprobar los mentados Programas de Gestión;
Que frente a las competencias asignadas como asimismo la experiencia recogida en el
desarrollo de distintas actividades afines al deporte, la Dirección General de Deporte
Social y Desarrollo Deportivo propicia la aprobación de un programa de gestión el cual
tiene por objeto mejorar la calidad de vida de los jóvenes, adultos y adultos mayores, a
través de la promoción de la actividad física y recreativa en los espacios verdes de
cada barrio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, impulsando la recreación como
medio de equilibrio y estabilidad social, ofreciendo importantes beneficios
motivacionales como estar en un entorno social al aire libre y generando también
estilos de vida activos y más saludables;
Que a mérito de ello, se propicia la creación del Programa "Plazas Activas" en el
ámbito de la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, a fin de
promover la actividad deportiva y recreativa en miras de mejorar la calidad de vida en
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme las Bases y Condiciones y su
correspondiente Anexo confeccionadas por el área propiciante, Informes N° 17933420-
DGDSYDD/2020 y N° 17932207-DGDSYDD/20;
Que en un todo de acuerdo a lo hasta aquí expuesto, resulta procedente el dictado del
presente acto administrativo.
Por ello, y en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución N° 33-AVJG,
Artículo 1°.- Créase el Programa "Plazas Activas" en el ámbito de la Dirección General
de Deporte Social y Desarrollo Deportivo dependiente de la Subsecretaría de
Deportes, conforme las Bases y Condiciones y su correspondiente Anexo (IF-2020-
17933420-DGDSYDD e IF-2020-17932207-GCABA-DGDSYDD), que a todos sus
efectos se incorpora y forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Facúltese a la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo
a dictar las normas instrumentales, interpretativas, complementarias y todo acto
administrativo que fuera menester para la implementación del Programa creado en el
artículo 1° de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Deporte
Social y Desarrollo Deportivo dependiente de la Subsecretaría de Deportes. Gesualdo