RESOLUCIÓN 5 1997 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO

Síntesis:

APRUEBA PROYECTO ELABORADO POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE VIALIDAD - DGV - DE LOS REDUCTORES DE VELOCIDAD - CARACTERÍSTICAS - EMPLAZAMIENTO - CUADRA TIPO DOBLE MANO - TRAMO CALZADA PROLONGADA - CUADRA TIPO MANO ÚNICA - DEMARCACIÓN - SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO - REDUCTOR DE VELOCIDAD

Publicación:

06/02/1997

Sanción:

07/01/1997

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO


Visto el Expediente N° 430-97, y toda vez que se hace necesario normalizar la construcción de "Reductores de Velocidad", y

CONSIDERANDO:

Que dicha normalización unificará los criterios a adoptara partir de la fecha para al ubicación y construcción de estos elementos:

Que las pruebas que se han realizado en la Costanera Sur se han hecho en base a experiencia de la Oficina Sueca de Seguridad en el Camino y las mismas han resultado satisfactorias, lográndose una siginificativa reducción en la velocidad de marcha en las arterias donde han sido construidos;

Que puede evaluarse como muy aceptable el resultado obtenido por cuanto se brinda mayor seguridad a automovilistas y peatones con el consiguiente beneficio para la seguridad vial,

Que el diseño estudiado por la Dirección General de Vialidad del "Reductor de Velocidad" responde a las necesidades preestablecidas, no ocasionando trastornos ni daños a vehículos y propiedades;

Que de acuerdo al informe de la Oficina Sueca de Seguridad en el Camino este tipo de elemento es recomendable para áreas residenciales o barriales donde la instalación de señalización luminosa no es necesaria ya que se busca atenuar la velocidad y no regular las corrientes circulatorias;

Que estos elementos obligan a reducir la velocidad sin ningún riesgo ni inconvenientes de tipo mecánico para los vehículos ni daños por vibraciones a las propiedades linderas;

Que es posible crear un área ambiental óptima en la cual la velocidad resulte ser baja y uniforme,

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE Y TRANSITO

RESUELVE:

Artículo 1°- Aprobar proyecto elaborado por la Dirección General de Vialidad de los "Reductores de Velocidad" graficado en Plano N° 6.860-DGV, que forma parte de esta Resolución.

Art. 2°- Disponer la construcción de estos elementos en distintos puntos.oe la ciudad, facultándose a la Dirección General de Vialidad a decidir su emplazamiento donde lo juzgue conveniente.

Art. 3°- Las áreas donde se emplacen los "Reductores de Velocidad" deberán contar con la señalización vertical y horizontal adecuadas según se indica en el plano adjunto y según sea necesario en cada lugar en particular. Además deberá contar con iluminación suficiente para su visualización nocturna y carteles en los accesos previniendo a los conductores.

Art. 4°- En ningún caso deberán emplazarse estos elementos en forma aislada de manera de constituir un obstáculo no previsible o inesperado.

Art. 5°- Las medidas aprobadas en los artículos precedentes se aplicarán en forma experimental por el término de 240 días a partir de la materialización de los \\\'Recluctores de Velocidad".

Art. 6°- La Dirección General de Vialidad deberá producir informes bimestrales refiriéndose al comportamiento del tránsito ante estas obras, reacciones de los conductores y nivel de eficiencia de esta medida.

Art. 7°- De obtenerse resultados satisfactorios a los 180 días de su implementación, se procederá a la elevación de la norma definitiva para ser tratada por el Concejo Deliberante.

Art. 8°- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y comuníquese a la Dirección General de Vialidad, cumplido, archívese,


ANEXOS

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 5417 establece que el Poder Ejecutivo adecuará, reemplazará o removerá, en un plazo que no<br />exceda a un (1) año contado desde la publicación de esta Ley, a todos aquellos reductores de velocidad instalados o construidos en la Ciudad que no respondan a las dimensiones o el diseño especificados en el Plano 6860-DGV que forma parte de la Resolución 5-SSTT-97.</p>