RESOLUCIÓN 625 2020 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Síntesis:

SE DESíGNAN REPRESENTANTES TITULARES, SUPLENTES Y SECRETARIOSPARA LA CONFORMACIóN DE LAS JUNTAS DE CALIFICACIONES N° 1 A N° 5

Publicación:

13/11/2020

Sanción:

10/11/2020

Organismo:

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


"2020. Año del General Manuel Belgrano"

VISTO: La Ley N° 5.688 (texto consolidado por la Ley N° 6.017), los Decretos Nros.

234/17 y 458/19, la Resolución N° 523-MJYSGC/20, el Expediente Electrónico N°

25634715-JPCDAD/20, y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 5.688 (texto consolidado por la Ley N° 6.017) que crea la Policía de la

Ciudad y el Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires determinando las bases jurídicas e institucionales que rigen la relación de

empleo del personal de la Policía de la Ciudad; asimismo encomienda al Gobierno de

la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción política e

institucional de dicho sistema;

Que, el artículo 108 del citado ordenamiento legal establece que: "El estado policial

confiere los siguientes derechos esenciales: (...) 7. Los ascensos, conforme a las

normas de la reglamentación correspondiente (...)";

Que, el artículo 136 de la citada Ley establece que: "Los ascensos y promociones del

personal con estado policial correspondientes a los Cuadros de Oficiales Superiores,

de Dirección y de Supervisión son dispuestos por el Ministro de Justicia y Seguridad o

por el funcionario en quien éste delegue la competencia. Los ascensos y promociones

de los Oficiales Operativos son dispuestos por el Jefe de Policía";

Que, el artículo 138 de la misma Ley menciona que: "El ascenso ordinario se confiere

anualmente para satisfacer las necesidades orgánicas de la institución y abarca al

personal que haya cumplido las exigencias establecidas en esta Ley y su

reglamentación";

Que, asimismo, el artículo 141 del citado cuerpo normativo determina que: "La

calificación de las aptitudes del personal que se deba considerar, tanto para el

ascenso como para la eliminación, está a cargo de las Juntas de Calificaciones, que

se integran en el modo y oportunidad en que determine la reglamentación, la cual

debe prever su conformación con personal policial, funcionarios designados por el

Ministro de Justicia y Seguridad y representantes del Instituto Superior de Seguridad

Pública (...)";

Que, por su parte, mediante el Decreto N° 234/17 se aprobó la reglamentación de la

Ley N° 5.688 en lo referente al régimen de ascensos y exclusiones contemplado en el

Capítulo X del Título III del Libro II de la citada Ley;

Que, dicha reglamentación en su artículo 15 estipula que: "Las Juntas de

Calificaciones son órganos de asesoramiento del Ministro de Justicia y Seguridad y del

Jefe de la Policía de la Ciudad. Tienen por misión el análisis pormenorizado del

personal que deba ser considerado por cada una de ellas, valorando las aptitudes

profesionales, físicas, intelectuales y éticas, su conducta, concepto, participación en

cursos regulares y especiales y toda otra circunstancia que permita evaluar las

condiciones generales del calificado";

Que, a la par, mediante el artículo 16 del Anexo II de la reglamentación citada se

establecen cinco Juntas de Calificaciones de carácter transitorio y una Junta

"2020. Año del General Manuel Belgrano"

Permanente de Calificaciones;

Que, sobre el particular, el artículo 19 del dicho Decreto reza que: "Las Juntas de

Calificaciones N° 1 a la N° 5 consideran a todo el personal que se hubiere postulado

para el ascenso en cada uno de los grados y haya cumplido con todos los requisitos

establecidos en los incisos a), b), c), d), e) y f) del artículo 11 del presente reglamento";

Que, en este sentido, el artículo 20 del Decreto citado expresa que: "Las Juntas de

Calificaciones N° 1 a la N° 5 sesionan durante el lapso comprendido entre el 1° de

agosto y el 31 de diciembre de cada año".;

Que, la designación se deberá realizar conforme lo señalado en el artículo 21 del

referido reglamento, el cual prevé que las cinco Juntas de Calificaciones estarán

integradas, entre otros, por: "(...) Un (1) representante titular y un (1) representante

suplente designado por el Ministro de Justicia y Seguridad (...)";

Que, en el caso de los representantes del Ministerio de Justicia y Seguridad de la

Junta N° 5, la norma reglamentaria precitada añade que las propuestas son elevadas

por el Subsecretario de Emergencias;

Que, en otro orden de ideas, por la Resolución N° 523-MJYSGC/20 se aprobó el

Procedimiento para la implementación del régimen de ascenso ordinario del personal

con estado policial de la Policía de la Ciudad;

Que, al respecto, artículo 15 del Anexo de la citada resolución establece que: "Cada

Junta de Calificaciones actúa asistida por un Secretario (...)";

Que, en virtud de lo expuesto, resulta oportuno destacar que el Secretario de Justicia y

Seguridad y el Subsecretario de Emergencias han tomado la intervención en el marco

de su competencia;

Que, finalmente, la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal ha tomado

debida intervención;

Que, mediante el artículo 9° del Decreto N° 458/19, se encomendó con carácter ad

honorem, al Vicejefe de Gobierno, señor Diego Cesar Santilli, las atribuciones

necesarias para conducir y coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el

cumplimiento de los objetivos asignados al mismo.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 141 de la Ley N° 5.688

(texto consolidado por Ley N° 6.017) y el artículo 9° del Decreto N° 458/19,

EL VICEJEFE DE GOBIERNO

RESUELVE:

Artículo 1°.- Desígnanse como representantes titulares, suplentes y secretarios del

Ministerio de Justicia y Seguridad a los fines de la conformación de las Juntas de

Calificaciones N° 1 a N° 5 para el año 2020, a los funcionarios individualizados de

acuerdo al Anexo I IF-2020-27298883-GCABA-DGTALMJYS, que forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Secretaría de Justicia y Seguridad, a la Jefatura de la Policía de la

Ciudad, al Instituto Superior de Seguridad Pública, a la Subsecretaria de Emergencias,

a la Subsecretaria de Capital Humano, a la Dirección General Gestión de Capital

Humano, al Área Coordinación General Planeamiento y Desarrollo Policial y a la

Dirección General de Administración de Recursos Humanos. Cumplido. Archívese.

Santilli p/p

"2020. Año del General Manuel Belgrano"

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 1°de la Resolución N° 693/MJYSGC/20 autoriza la actuación del “Enlace de Capital Humano” para cada una de las Juntas de Calificaciones de la Policía de la Ciudad (Periodo 2020/2021), cuyos integrantes fueran designados por Resolución 625-MJYS/20.</p>