DECRETO 97 1997

Síntesis:

AUTORÍZASE AL SENOR ARQUITECTO, ALBERTO AZPIAZU DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS, DEPENDIENTE DE LA SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS A CONCURRIR A LA 27° CONVENCIÓN ANUAL DE SERVICIOS AMERICANOS DE SEGURIDAD EN EL TRÁNSITO, A LLEVARSE A CABO, EN LA CIUDAD DE ORANGE, ORLANDO, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

Publicación:

12/02/1997

Sanción:

24/01/1997

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 99.228-96, relacionado con la 27° Con­vención Anual de Servicios Americanos de Seguridad en el Trán­sito y Exposición (American Traffic Safety Service's), a realizar­se en la ciudad de Orange, Orlando, Estados Unidos de Améri­ca, entre los días 2 y 4 de febrero de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que la entidad organizadora, American Traffic Safety Services Association, Inc., ha cursado invitación al señor, arquitecto Alber­to Azpiazu, para participar en dicha reunión;

Que el evento programado, de carácter internacional, y al que concurrirán representantes instítucionales y privados, tiene como finalidad el intercambio de informaciones y el análisis de nuevas estrategias tendientes a perfeccionar la ejecución de tareas en la vía pública, con el aporte de equipamiento y tecnología de avanzada, para proporcionar una mayor y mejor seguridad en el tránsito;

Que la temática enunciada resulta de particular interés y motiva el encuentro a efectuarse, con vistas a la aplicación, en nuestra ciudad, de metodologías perfec­cionadas en la materia, que contribuyan a optimizar la calidad de vida de sus habitantes;

Que resultará, entonces, conveniente asistir a la nombrada Convención y de acuerdo con lo propuesto por la Secretaría de Producción y Servicios, autorizar la concurrencia al efecto, del arquitecto Alberto Azpiazu;

Que es procedente exceptuar el presente caso de las limitacio­nes establecidas en los artículos 17 y 21 del Decreto N° 2.38892;

Por ello, en usos de las facultades legales que le son propias (artículo 104, incisos 1° y 19, de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Exceptúase el presente caso de las limitaciones establecidas en los artículos 17 y 21 del Decreto N° 2.388-92 (B.M. N° 19.732).

Art. 2° - Autorízase al señor arquitecto Alberto Azpiazu, F.M. N° 293.127, de la Dirección General de Obras Públicas, depen­diente de la Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos, a con­currir a la 27° Convención Anual de Servicios Americanos de Seguridad en el Tránsito y Exposición, organizada por la American Traffic Safety Services Association, Inc., a llevarse a cabo en la ciudad de Orange, Orlando, Estados Unidos de América, entre los días 2 al 4 de febrero de 1997.

Art. 3° - Entréguese al funcionario mencionado en el artículo 2° de la presente, en concepto de viáticos, sin cargo a rendir cuen­ta, la suma de seiscientos treinta y siete pesos con setenta y un centavos ($ 637,71.-), y de pasajes e inscripción, con cargo a ren­dir cuenta documentada, respectivamente, las sumas de ocho­cientos pesos ($ 800.-) y ochenta y cinco pesos ($ 85.-), dejándo­se establecido que el mismo será responsable de la administra­ción y rendición de los fondos de que se trata.

Art. 4° - Facúltese, en consecuencia a la Dirección General de Contaduría General a incluir la erogación detallada en el artí­culo 3° del presente, en una Orden de Pago

Art. 5° - La Dirección General de Obras Públicas deberá ren­dir cuenta documentada e instrumentada de la presente gestión, conforme a normas vigentes, a la Secretaría de Hacienda y Fi­nanzas, dentro de los treinta (30) días de tener la disponibilidad de los fondos que por este acto se entregan.

Art. 6° - El gasto indicado en el artículo 3° del presente se imputará a las respectivas partidas del presupuesto en curso.

Art. 7° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Producción y Servicios y de Hacienda y Finanzas.

Art. 8° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento, y demás efectos, pase a las Direcciones Generales y de Contaduría Ge­neral y de Tesorería General, las que intervendrán en las respec­tivas copias autenticadas que se acompañan al efecto, a la Se­cretaría de Producción y Servicios, Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos, a la Dirección General de Obras Públicas, y a la Subsecretaría de Administración de Recursos (Dirección Ge­neral de Administración de Recursos Humanos).

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Art.1° Dto. 97-97 Ref. Art. 17° Y 21° Dto 2388-92. Excepciones en viajes de funcionarios