CONVENIO 38 1998
Síntesis:
CONVENIO DE AMISTAD Y COLABORACIÓN - CELEBRADO ENTRE LAS CIUDADES DE ROMA Y BUENOS AIRES - ÁMBITO INTERNACIONAL - INSTITUCIONES POLÍTICAS Y SOCIALES - COOPERACIÓN - COLABORACIÓN - INTERCAMBIO - GENERALIDADES
Publicación:
11/11/1998
Sanción:
28/09/1998
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
LAS CIUDADES DE ROMA Y BUENOS AIRES
En el marco de las relaciones amistosas que unen a los pueblos de Argentina e Italia, las dos capitales, Buenos Aires y Roma, conscientes de su patrimonio de cultura urbana, que merece ser difundido e intercambiado, se comprometen a promover la cooperación en el ámbito de sus competencias y en el marco de sus respectivos ordenamientos jurídicos.
I. AMBITO INTERNACIONAL
Ambas ciudades declaran su voluntad de intensificar sus esfuerzos comunes para una mayor colaboración con las capitales y metrópolis europeas e iberoamericanas. Con este fin se comprometen a presentar y desarrollar juntos proyectos pilotos, también en el seno de Redes y Asociaciones de ciudades y con el apoyo de la Unión Europea.
Ambas ciudades procurarán intensificar el intercambio de experiencias e informaciones, en particular sobre los siguientes temas:
Efectos de la globalización de la economía sobre las ciudades y sus regiones;
Relación entre las ciudades y sus alrededores;
Cambios en las estructuras económicas y demográficas, con impacto en el sector de los servicios, sobre todo a nivel social;
Problemas relativos a los transportes, en particular de los servicios públicos urbanos;
Problemas de la protección del medio ambiente, en particular el ahorro energético y los demás objetivos de la Agenda 21;
II. INSTITUCIONES POLITICAS Y SOCIALES
Las Administraciones, fomentarán las relaciones entre las respectivas asambleas representativas, la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires y el Consejo Comunal de Roma.
Las Administraciones fomentarán contactos entre grupos y asociaciones políticas, sociales y empresariales.
III. COLABORACION EN LOS SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
Las dos ciudades colaborarán en el sector de los servicios municipales y llevarán a cabo, en la base de la reciprocidad, intercambios de experiencia e información en los siguientes sectores prioritarios:
Mobiliario urbano;
Urbanismo, obras públicas y vivienda;
Traída de aguas y saneamiento;
Protección del medio ambiente;
Limpieza urbana y tratamiento de desechos, en particular reciclaje;
Ordenamiento y mantenimiento de parques y jardines públicos;
Planificación, organización y gestión del transporte;
Salud y protección social;
Seguridad y prevención;
Desarrollo de sistemas escolares y formación.
IV. COOPERACION EN EL AMBITO DE LA ECONOMIA
Las dos ciudades apoyarán y fomentarán la cooperación en el ámbito de la economía con las siguientes actividades:
Intercambio de datos económicos de interés común;
Participación de empresas en Ferias, Exposiciones y Congresos;
Contactos que favorezcan la cooperación entre empresas públicas y privadas.
Ambas partes, que coinciden en considerar el turismo como un vehículo fundamental de conocimiento y de fortalecimiento de las relaciones entre los ciudadanos adoptarán todos los recursos para promover y fomentar este importante sector.
V. INTERCAMBIO EN LOS AMBITOS DE LA CULTURA,
JUVENTUD, DEPORTE, ESCUELA Y UNIVERSIDADES
Ambas ciudades, en el marco de sus competencias, apoyarán y promoverán entre otras cosas, la realización de exposiciones, coproducciones y giras de grupos de teatro, danza y música y la realización de programas para artistas.
Ambas ciudades, en el marco de sus competencias, apoyarán los intercambios de jóvenes, estudiantes y profesores, así como las relaciones en el ámbito del deporte.
Ambas ciudades desarrollarán, en el marco de sus competencias, el accionar conjunto entre Universidades, escuelas superiores, y Centros de Investigación.
VI. GENERALIDADES
Las modalidades para llevar a cabo esta cooperación, serán las siguientes:
Intercambio de informaciones y de expertos;
Organización de cursos, simposios, conferencias, etc.
Ambas ciudades definirán proyectos de intercambio y cooperación. Las Oficinas competentes se encargarán de la elaboración y el seguimiento de los programas operativos.
Firmado en la Ciudad de Roma el 28 de septiembre de 1998 en dos ejemplares en idioma italiano y español, ambos textos igualmente válidos.
Fernando De La Rúa Francesco Rutelli