RESOLUCIÓN 2067 2020 SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS
Síntesis:
SE APRUEBAN MANUALES - APLICACIÓN MI AUTOGESTIÓN - MIA - SOLICITUD - TRAMITACIÓN - OTORGAMIENTO DE LICENCIAS - TRABAJADORES/AS - CARRERA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - ENFERMERÍA Y ESPECIALIDADES TÉCNICO PROFESIONALES DE LA SALUD - PROFESIONALES DE LA SALUD - PLANTA TRANSITORIA Y RÉGIMEN GERENCIAL; - TRABAJADORES DEL ESTATUTO DOCENTE - PROCURACIÓN GENERAL - SINDICATURA GENERAL - RESIDENCIAS - OFICINA DE TRANSPARENCIA Y CONTROL EXTERNO - CUERPO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA - CONSEJODE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Publicación:
04/12/2020
Sanción:
01/12/2020
Organismo:
SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS
VISTO: La Resolución de Firma Conjunta N° 1116-GCABA-MHFGC/20, el expediente
electrónico N° 29038995-GCABA-SSGRH/20 y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución de Firma Conjunta N° 1116-GCABA-MHFGC/20 se
implementó de la aplicación Mi Autogestión (MIA) para la solicitud, tramitación y
otorgamiento de licencias enumeradas en el Anexo de la misma;
Que a través del artículo 2° de la Resolución de Firma Conjunta referida en el anterior
considerando, se delegó en esta Subsecretaría la facultad de aprobar los manuales de
la aplicación Mi Autogestión (MIA) y de dictar las normas complementarias e
interpretativas que sean necesarias;
Que a dichos efectos, se han elaborado tres (3) manuales correspondientes a la ya
referida aplicación para los distintos trabajadores/as del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose como Anexo I, II y III;
Que el Anexo I (IF-2020-29049888-GCABA-SSGRH) comprende a los/las
trabajadores/as de la Carrera de la Administración Pública, Carrera de Enfermería y
Especialidades Técnico Profesionales de la Salud, Carrera de los Profesionales de la
Salud, Planta Transitoria y Régimen Gerencial;
Que el Anexo II (IF-2020-29049686-GCABA-SSGRH) comprende a los/las
trabajadores del Estatuto Docente;
Que el Anexo III (IF-2020-29049459-GCABA-SSGRH) comprende a los/las
trabajadores/as de la Procuración General, Sindicatura General, Residencias, Oficina
de Transparencia y Control Externo, y Cuerpo de Seguridad y Vigilancia del Consejo
de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma pertinente.
Por ello, en uso de las facultades conferidas en el artículo 2° de la Resolución de
Firma Conjunta N° 1116-GCABA-MHFGC/20,
Artículo 1°.- Apruébanse los manuales de la aplicación Mi Autogestión (MIA) que como
Anexo I (IF-2020-29049888-GCABA-SSGRH), Anexo II (IF-2020-29049686-GCABA-
SSGRH) y Anexo III (IF-2020-29049459-GCABA-SSGRH), forman parte integrante de
la presente resolución.
Artículo 2°.- Establecese que las licencias comprendidas en el Anexo de la Resolución
de Firma Conjunta N° 1116-GCABA-MHFGC/20, que hubieren sido solicitadas con
anterioridad a la implementación de la aplicación Mi Autogestión (MIA) seguirán
vigentes, hasta su finalización.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y,
comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y Subsecretarías del Poder Ejecutivo
y reparticiones con rango o responsabilidades equivalentes, organismos
descentralizados y entidades autárquicas. Cumplido, archívese. Domeniconi