RESOLUCIÓN 2770 2020 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
SE ESTABLECE CARGO - INSTRUCTOR DE RESIDENTES - RESIDENCIA DE EDUCACIÓN PERMANENTE EN SALUD - DIRECCIÓN GENERAL DE ATENCIÓN PRIMARIA - MINISTERIO DE SALUD
Publicación:
09/12/2020
Sanción:
02/12/2020
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO: La Ordenanza N° 40.997 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y el Expediente
N° 2020-24375465-GCABA-DGDIYDP, y
CONSIDERANDO:
Que las Residencias del Equipo de Salud constituyen un sistema de capacitación de
posgrado a tiempo completo, con actividad asistencial programada y supervisada,
tendiente a incorporar a todos los profesionales del área de la salud y con el objetivo
de formar en el ámbito intra y extra-hospitalario un recurso humano capacitado en
beneficio de la comunidad;
Que se han elaborado cada uno de los Programas para las diversas Residencias, en
pos del accionar de los futuros especialistas para intervenir en la complejidad y en la
interdisciplina de acuerdo a las demandas del Sistema de Salud;
Que el programa de formación de la Residencia de Educación Permanente en Salud
prevé la rotación de los residentes como parte de su formación;
Que la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional, luego
de evaluar la capacidad formadora, la planta física y las actividades a desarrollar, ha
propiciado que entre las rotaciones previstas para los residentes de Educación
Permanente en Salud se incorpore a la Dirección General de Atención Primaria;
Que el artículo 23 inciso "f" de la Ordenanza N° 40.997 (texto consolidado por Ley N°
6.017) establece que los efectores que no cuentan con sede de residencia pero que
reciben residentes rotantes que cumplen rotaciones obligatorias como parte de su
formación podrán proponer la designación de un instructor como responsable de dicha
formación;
Que, en consecuencia, se propicia la designación de un (1) instructor de residentes
que cumplirá su función en el área mencionada, a fin de garantizar el diseño y puesta
en funcionamiento de una rotación de calidad en dicha especialidad.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Establécese un (1) cargo de instructor de residentes para la Residencia de
Educación Permanente en Salud en la Dirección General de Atención Primaria, en
virtud de lo establecido en el artículo 23 inciso "f" de la Ordenanza N° 40.997 (texto
consolidado por Ley N° 6.017).
Artículo 2°.- Autorízase a la Dirección General Docencia, Investigación y Desarrollo
Profesional a tramitar la contratación del instructor de residentes mencionado en el
artículo 1°.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
pase, para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General Docencia,
Investigación y Desarrollo Profesional. Cumplido, archívese. González Bernaldo de
Quirós