RESOLUCIÓN 30 1997 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO
Síntesis:
ORDENA INVERTIR EL SENTIDO CIRCULATORIO A UN TRAMO DE LA CALLE ASUNCIÓN. RESTITUYE DOBLE SENTIDO CIRCULATORIO A TRAMO DE LA AV. LOPE DE VEGA Y MODIFICA EL RECORRIDO DE LÍNEAS DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS - CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - DOBLE MANO - MANO ÚNICA - ARTERIAS
Publicación:
14/02/1997
Sanción:
03/02/1997
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO
Visto la Nota N° 10.663-DGV-96, relacionada con la inversión del sentido circulatorio de la calle Asunción, entre Av. General Paz y Av. Lope de Vega. aprobada por Resolución número 134-SSTyT-96, y
CONSIDERANDO:
Que la adopción de dicho temperamento canalizaría la circulación del transporte público de pasajeros que actualmente circula por la calle Pedro Morán dando solución a los inconvenientes circulatorios que éstos generan en la última de las arterias nombradas:
Que la inversión del sentido circulatorio de la calle Asunción impone la restitución del doble sentido circulatorio de la Av. Lope de Vega entre ésa y la calle Pedro Morán;
Que la circulación de transporte público de pasajeros por la calle Asunción no provocaría inconvenientes por tratarse de una arteria con uso predominantemente comercial;
Que la inversión del sentido circulatorio de la calle Asunción modifica lo dispuesto en la Resolución N° 134-SSTyT-96, en el tramo General Paz-Av. Lope de Vega, lo que deberá implementarse en forma conjunta con la presente norma;
Que, asimismo, corresponde asignar nuevos recorridos a las líneas de transporte público de pasajeros afectadas en el presente ordenamiento;
Por ello, y de acuerdo con lo aconsejado con la Dirección General de Vialidad,
Artículo 1°- Modifícase el contenido de la Resolución número 134-SSTyT-96 invirtiéndose el sentido circulatorio de la calle Asunción entre Av. General Paz y Av. Lope de Vega, el cual será de SO a NE.
Art. 2° - Restitúyese el doble sentido circulatorio de la Av. Lope de Vega entre Asunción y Pedro Morán.
Art. 3°- Modifícase el recorrido de las líneas 53,124y 135 de autotransporte público de pasajeros, ad-referéndum de lo que oportunamente disponga la Secretaría de Energía y Transporte de la Nación:
lDA: a la Boca, a Facultad de Derecho y Nueva Pompeya, respectivamente: Calzada lateral Este de Av. General Paz, Asunción, Av. Lope de Vega, sus rutas.
REGRESO: sin modificación.
Art. 4° - La presente medida entrará en vigencia efectiva una vez adecuado el señalamiento ilustrativo correspondiente, debiéndose implementar conjuntamente con la Resolución número 134-SSTyT-96.
Art. 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Policía Federal y a la Dirección General de Obras Públicas, a las Cámaras Empresarias de Autotransporte Público, y para su conocimiento y demás fines pase a la Dirección General de Vialidad.