DISPOSICIÓN 45 1997 DIRECCIÓN GENERAL DE VIALIDAD
Síntesis:
TRÁNSITO- IMPLEMENTA EL SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - SENTIDO CIRCULATORIO - AV. LOPE DE VEGA. CALLES MOLIERE, VICENTE A. DE ECHEVARRÍA - AUTOTRANSPORTE DE PASAJEROS - MODÍFICA RECORRIDOS. - ARTERIAS - MANO ÚNICA - DOBLE MANO
Publicación:
15/05/1997
Sanción:
01/04/1997
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE VIALIDAD
Estado:
No vigente
Visto la Nota N° 411-DGV-97 relacionada con la prolongación del doble sentido circulatorio de la Av. Lope de Vega, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 30-SPS-97 fue aprobado el doble sentido circulatorio de la Av. Lope de Vega entre Pedro Morán y Asunción y la inversión del sentido unido de circulación de la última de las arterias nombradas de Av. General Paz y Av. Lope de Vega.
Que la implementación de los ordenamientos de tránsito mencionados será implementado en forma conjunta con las manos únicas de las calles Moliere de Av. Francisco Beiró a General Paz (Ordenanza N° 47.657, B.M. N° 19.862) Cantilo de Calderón de la Barca a Av. General Paz (Resolución N° 134-SSTyT-96) y Vicente A. de Echevarría de Av. Lope de Vega a Av. General Paz (33.411 - B.M. N° 15.483);
Que procede indicar la fecha y hora de la puesta en práctica de los mismos para el debido conocimiento de los usuarios y líneas de transporte afectadas;
Por ello,
Artículo 1° - Fijar a partir de las 10 del viernes 4 de abril de 1997 la implementación de los ordenamientos circulatorios aprobados por Resolución N° 30-SPyS-97, que restituye el doble sentido circulatorio de la Av. Lope de Vega entre Pedro Morán y Asunción e invierte el sentido único de circulación de la última de las arterias nombradas de Av. General Paz y Av. Lope de Vega, como así también los ordenamientos de las calles Moliere, de Av. Francisco Beiró a General Paz, aprobado por Ordenanza N° 47.657 (B.M. N° 19.862) Cantilo de Calderón de la Barca a Av. General Paz, aprobado por Resolución N° 134-SSTyT-96, y Vicente A. de Echevarría de Av. Lope de Vega a Av. General Paz, aprobado por Ordenanza N° 33.411 (B.M. N° 15.483).
Art. 2° - Modifícase el recorrido de las líneas 53, 124 y 135 de autotransporte público de pasajeros, adreferéndum de lo que oportunamente disponga la Comisión Nacional de Regulación del Transporte;
IDA: a la Boca, a Facultad de Derecho, y Nueva Pompeya, respectivamente: Calzada Lateral Este Av. Gral. Paz, Asunción, Av. Lope de Vega, sus rutas.
REGRESO: sin modificaciones.
Art. 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Policía Federal Argentina, a la Comisión Nacional de Regulación de Transporte, y a las Direcciones Generales de Comunicación Social y de Obras Públicas para su conocimiento y demás efectos remítase a las Direcciones de Estudios del Transporte, de Planeamiento y Ordenamiento del Tránsito y de Señalización Luminosa.