DECRETO 445 2020

Síntesis:

SE INCREMENTA - MONTO DEL SUBSIDIO - INTEGRANTES DE LA ORQUESTA ESTABLE DEL TEATRO COLÓN - ORQUESTA FILARMÓNICA DE BUENOS AIRES - INSTRUMENTOS MUSICALES A FAVOR DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN - QUEDANDO MODIFICADO EL ARTÍCULO 4° DEL DECRETO N° 2122/06 - CULTURA - FONDO METROPOLITANO DE LAS ARTES Y LAS CIENCIAS

Publicación:

21/12/2020

Sanción:

17/12/2020

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 2.855 (texto consolidado por Ley N° 6.017), los Decretos Nros.

1020/04 y su modificatorio 115/05, 2122/06 y su modificatorio 330/15, el Expediente

Electrónico N° 27146188- GCABA-DGRHEATC/20 y;

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1020/04su modificatorio N° 115/05 se aprobó el actual Fondo

Metropolitano de las Artes y las Ciencias de la Ciudad Buenos Aires, que tiene como

objetivo general contribuir económica y financieramente, mediante el otorgamiento de

subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades

vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus

diversas manifestaciones;

Que por su parte, mediante la Ley N° 2.855 se creó el Ente Autárquico Teatro Colón,

en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, con personería jurídica propia, autonomía funcional y autarquía financiera, con

la organización y competencia establecidas en dicha ley;

Que el precitado Ente tiene la misión de crear, formar, representar, promover y

divulgar el arte lírico, coreográfico, musical -sinfónico y de cámara- y experimental, en

su expresión de excelencia de acuerdo a su tradición histórica, en el marco de las

políticas culturales de esta Ciudad;

Que en el marco del Fondo Metropolitano de las Artes y las Ciencias de la Ciudad

Buenos Aires, por Decreto N° 2122/06 se aprobó una línea de subsidios para los

integrantes de la Orquesta Estable del Teatro Colón y de la Orquesta Filarmónica de

Buenos Aires, que utilizan sus instrumentos musicales a favor del Teatro Colón, con el

objeto de ser destinados al mantenimiento de los mismos;

Que el monto del subsidio aprobado por el Decreto N° 2122/06 se estableció en

PESOS MIL DOSCIENTOS ($ 1.200.-), monto que fuera incrementado por el artículo 1°

del Decreto N° 330/15 tal a la suma de PESOS TRES MIL ($ 3.000.-), por año y por

solicitante, no pudiendo superar esa suma;

Que en ese marco, el Ente Autárquico Teatro Colón propicia un incremento en el

monto del subsidio para los integrantes de la Orquesta Estable del Teatro Colón y de

la Orquesta Filarmónica de Buenos Aires, que utilizan sus instrumentos musicales a

favor del Ente Autárquico Teatro Colón a la suma total de PESOS VEINTISIETE MIL

($ 27.000.-) por año y por solicitante;

Que por lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente,

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104

de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Increméntase el monto del subsidio para los integrantes de la Orquesta

Estable del Teatro Colón y de la Orquesta Filarmónica de Buenos Aires, que utilizan

sus instrumentos musicales a favor del Ente Autárquico Teatro Colón, a la suma de

PESOS VEINTISIETE MIL ($ 27.000.-), por año y por solicitante, quedando modificado

el artículo 4° del Decreto N° 2122/06.

Artículo 2°.- El gasto que demande el presente decreto será imputado a la partida

presupuestaria correspondiente al ejercicio en vigor.

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Cultura y

de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería del Ministerio

de Hacienda y Finanzas y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ente

Autárquico Teatro Colón. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Avogadro -

Mura - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° del Decreto N° 445/20 modifica el Artículo 4° del Decreto N° 2122/2006.</p>