DECRETO 445 2020
Síntesis:
SE INCREMENTA - MONTO DEL SUBSIDIO - INTEGRANTES DE LA ORQUESTA ESTABLE DEL TEATRO COLÓN - ORQUESTA FILARMÓNICA DE BUENOS AIRES - INSTRUMENTOS MUSICALES A FAVOR DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN - QUEDANDO MODIFICADO EL ARTÍCULO 4° DEL DECRETO N° 2122/06 - CULTURA - FONDO METROPOLITANO DE LAS ARTES Y LAS CIENCIAS
Publicación:
21/12/2020
Sanción:
17/12/2020
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 2.855 (texto consolidado por Ley N° 6.017), los Decretos Nros.
1020/04 y su modificatorio 115/05, 2122/06 y su modificatorio 330/15, el Expediente
Electrónico N° 27146188- GCABA-DGRHEATC/20 y;
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1020/04su modificatorio N° 115/05 se aprobó el actual Fondo
Metropolitano de las Artes y las Ciencias de la Ciudad Buenos Aires, que tiene como
objetivo general contribuir económica y financieramente, mediante el otorgamiento de
subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades
vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus
diversas manifestaciones;
Que por su parte, mediante la Ley N° 2.855 se creó el Ente Autárquico Teatro Colón,
en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, con personería jurídica propia, autonomía funcional y autarquía financiera, con
la organización y competencia establecidas en dicha ley;
Que el precitado Ente tiene la misión de crear, formar, representar, promover y
divulgar el arte lírico, coreográfico, musical -sinfónico y de cámara- y experimental, en
su expresión de excelencia de acuerdo a su tradición histórica, en el marco de las
políticas culturales de esta Ciudad;
Que en el marco del Fondo Metropolitano de las Artes y las Ciencias de la Ciudad
Buenos Aires, por Decreto N° 2122/06 se aprobó una línea de subsidios para los
integrantes de la Orquesta Estable del Teatro Colón y de la Orquesta Filarmónica de
Buenos Aires, que utilizan sus instrumentos musicales a favor del Teatro Colón, con el
objeto de ser destinados al mantenimiento de los mismos;
Que el monto del subsidio aprobado por el Decreto N° 2122/06 se estableció en
PESOS MIL DOSCIENTOS ($ 1.200.-), monto que fuera incrementado por el artículo 1°
del Decreto N° 330/15 tal a la suma de PESOS TRES MIL ($ 3.000.-), por año y por
solicitante, no pudiendo superar esa suma;
Que en ese marco, el Ente Autárquico Teatro Colón propicia un incremento en el
monto del subsidio para los integrantes de la Orquesta Estable del Teatro Colón y de
la Orquesta Filarmónica de Buenos Aires, que utilizan sus instrumentos musicales a
favor del Ente Autárquico Teatro Colón a la suma total de PESOS VEINTISIETE MIL
($ 27.000.-) por año y por solicitante;
Que por lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente,
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104
de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;
Artículo 1°.- Increméntase el monto del subsidio para los integrantes de la Orquesta
Estable del Teatro Colón y de la Orquesta Filarmónica de Buenos Aires, que utilizan
sus instrumentos musicales a favor del Ente Autárquico Teatro Colón, a la suma de
PESOS VEINTISIETE MIL ($ 27.000.-), por año y por solicitante, quedando modificado
el artículo 4° del Decreto N° 2122/06.
Artículo 2°.- El gasto que demande el presente decreto será imputado a la partida
presupuestaria correspondiente al ejercicio en vigor.
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Cultura y
de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería del Ministerio
de Hacienda y Finanzas y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ente
Autárquico Teatro Colón. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Avogadro -
Mura - Miguel