RESOLUCIÓN 1 2004 SUBSECRETARIA DE COMUNICACION SOCIAL

Síntesis:

MODIFICA EL PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DE ESPACIOS PUBLICITARIOS Y DE PRODUCCIÓN DE MATERIAL PUBLICITARIO - CIRCUITO ADMINISTRATIVO - UNIDAD DE SERVICIO - CONTRATACIÓN - TRÁMITE ADMINISTRATIVO - TRAMITACIÓN DE CONTRATACIONES DE PUBLICIDAD

Publicación:

02/03/2004

Sanción:

02/01/2004

Organismo:

SUBSECRETARIA DE COMUNICACION SOCIAL


Visto los términos del Decreto N° 890/GCBA/01, de la Resolución N° 652/SSCS/01 y la Disposición N° 1/DGDYCO/04; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 890/GCBA/01, se reglamentan los apartados d), f) y g) del inciso 3° del Art. 56 del Decreto Ley N° 23.354/56, para las contrataciones en materia de publicidad y de producción de material publicitario;

Que de acuerdo a lo establecido en el Art. 6° del Anexo de la norma aludida, se dictó la Resolución N° 652/SSCS/01 que estableció las normas de procedimiento específicas que fijan rutinas administrativas y brindan un marco de responsabilidades en el trámite de las actuaciones en la materia;

Que en atención al gran volumen de las actuaciones administrativas generadas en esta materia, con el fin de optimizar las tareas y tornar más eficiente la gestión, el Director General de Difusión y Coordinación Operativa dispuso la constitución de una Unidad de Servicio integrada por el personal de esa repartición;

Que, en consecuencia, resulta necesaria la modificación de la rutina administrativa vigente y encomendar la suscripción de determinados instrumentos a los integrantes de esa Unidad de Servicio establecida, a efectos de acelerar la marcha de las contrataciones en materia de publicidad y producción de material publicitario;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE COMUNICACIÓN SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1° - Modifícase el procedimiento que seguirán las actuaciones por medio de las cuales tramiten las contrataciones de espacios publicitarios y de producción de material publicitario, que como Anexo forma parte de la presente norma.

Artículo 2° - Regístrese y, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, gírese a la Dirección General de Difusión y Coordinación Operativa. Cumplido, archívese. Rosso

ANEXO

ANEXO

Procedimiento de Contratación de Espacios Publicitarios y de Producción de Material Publicitario.

1. El trámite administrativo se iniciarás con la correspondiente Nota del Área o Dirección de la jurisdicción solicitante, en aquellos casos en que no sea la Subsecretaría de Comunicación Social el organismo requirente. Dicha nota deberá dirigirse a la Dirección General de Difusión y Coordinación Operativa y ajustarse a los requisitos establecidos por la Subsecretaría de Comunicación Social.

2. La Dirección General de Difusión y Coordinación Operativa dispondrá la contratación del servicio mediante el pertinente acto administrativo.

3. La contratación del servicio, se instrumentará a través de una Solicitud de Producción en la que se establecerán las pautas que regirán la relación contractual y que deberá estar suscrita por el Responsable de Medios y el proveedor del servicio.

4. Efectuado el servicio y habiendo sido certificado el cumplimiento de la prestación, se adjuntará a las actuaciones administrativas la documentación relativa a dicha certificación.

5. Se formalizará la recepción de los bienes mediante la emisión del Parte de Recepción Definitiva de Bienes de conformidad con las normas que así lo establecen.

6. Deberá observarse que la documentación que integre el expediente administrativo lleve el correspondiente sello de entrada y salida, con fecha y firma del agente interviniente.

7. La Dirección General de Difusión y Coordinación Operativa, elevará un informe circunstanciado en el que se verificará la observancia del procedimiento previsto en la presente norma y la realización de la correspondiente previsión presupuestaria.

8. Dicho informe deberá especificar las eventuales modificaciones que pudieren existir, en razón de la naturaleza propia de estas contrataciones, respecto de la solicitud de producción efectuada, y evaluará si el servicio efectivamente prestado importa el cumplimiento de la prestación por parte del proveedor, de conformidad con la acción comunicacional propuesta.

9. El Responsable de Contable y Presupuesto de la Dirección de Difusión y Coordinación Operativa, procederá a emitir la correspondiente afectación presupuestaria mecánica, en sus etapas preventiva-definitiva, a los fines de la continuación del trámite.

10. El Subsecretario de Comunicación Social emitirá el acto administrativo pertinente, en cumplimiento de lo establecido en los Arts. 1° y 2° del Anexo del Decreto N° 890/GCBA/01, y ordenará el pago. Posteriormente se girarán las actuaciones a la Dirección General de Contaduría.


ANEXOS

ANEXO

ANEXO

Procedimiento de Contratación de Espacios Publicitarios y de Producción de Material Publicitario.

1. El trámite administrativo se iniciarás con la correspondiente Nota del Área o Dirección de la jurisdicción solicitante, en aquellos casos en que no sea la Subsecretaría de Comunicación Social el organismo requirente. Dicha nota deberá dirigirse a la Dirección General de Difusión y Coordinación Operativa y ajustarse a los requisitos establecidos por la Subsecretaría de Comunicación Social.

2. La Dirección General de Difusión y Coordinación Operativa dispondrá la contratación del servicio mediante el pertinente acto administrativo.

3. La contratación del servicio, se instrumentará a través de una Solicitud de Producción en la que se establecerán las pautas que regirán la relación contractual y que deberá estar suscrita por el Responsable de Medios y el proveedor del servicio.

4. Efectuado el servicio y habiendo sido certificado el cumplimiento de la prestación, se adjuntará a las actuaciones administrativas la documentación relativa a dicha certificación.

5. Se formalizará la recepción de los bienes mediante la emisión del Parte de Recepción Definitiva de Bienes de conformidad con las normas que así lo establecen.

6. Deberá observarse que la documentación que integre el expediente administrativo lleve el correspondiente sello de entrada y salida, con fecha y firma del agente interviniente.

7. La Dirección General de Difusión y Coordinación Operativa, elevará un informe circunstanciado en el que se verificará la observancia del procedimiento previsto en la presente norma y la realización de la correspondiente previsión presupuestaria.

8. Dicho informe deberá especificar las eventuales modificaciones que pudieren existir, en razón de la naturaleza propia de estas contrataciones, respecto de la solicitud de producción efectuada, y evaluará si el servicio efectivamente prestado importa el cumplimiento de la prestación por parte del proveedor, de conformidad con la acción comunicacional propuesta.

9. El Responsable de Contable y Presupuesto de la Dirección de Difusión y Coordinación Operativa, procederá a emitir la correspondiente afectación presupuestaria mecánica, en sus etapas preventiva-definitiva, a los fines de la continuación del trámite.

10. El Subsecretario de Comunicación Social emitirá el acto administrativo pertinente, en cumplimiento de lo establecido en los Arts. 1° y 2° del Anexo del Decreto N° 890/GCBA/01, y ordenará el pago. Posteriormente se girarán las actuaciones a la Dirección General de Contaduría.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle