RESOLUCIÓN 35 2004 SUBSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE

Síntesis:

AUTORIZA AL SR. JUAN STRANO A REALIZAR UN EVENTO SOLIDARIO EN ESPACIO VERDE PÚBLICO- AUTORIZACIÓN DE EVENTOS EN ESPACIOS VERDES - EVENTOS CULTURALES - CENTRO MURGA ILUSIONES DE PALERMO - EVENTOS A BENEFICIO - PLAZA UNIDAD LATINOAMERICANO

Publicación:

02/03/2004

Sanción:

20/02/2004

Organismo:

SUBSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE


Visto el Registro N° 396/DGEV/04, donde se solicita autorización pertinente para realizar evento cultural en la Plaza Unidad Latinoamericano los días 21, 22, 28 y 29 de febrero del cte.,

CONSIDERANDO:

Que la utilización prevista del espacio verde indicado no produciría impacto negativo en dichos lugares, siempre que se tenga presente la prevención indicada en el dictamen de la Dirección General de Espacios Verdes sobre la restricción de realizar dicho evento sobre sus solados rígidos, sin afectar las áreas verdes;

Que dicha actividad será responsabilidad de los organizadores, debiendo arbitrar que no se produzcan daños, así como también, que queden en óptimas condiciones de limpieza los predios utilizados, no implicando costo alguno para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que dicho requerimiento se encuadra en los términos de la Ordenanza N° 52.039 (B.O. N° 370);

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE MEDIO AMBIENTE

RESUELVE:

Artículo 1° - Autorizar a Juan Strano, Director General del Centro Murga Ilusiones de Palermo, DNI 10.795.181, a realizar un evento cultural a través del Centro Murga Ilusiones de Palermo a beneficio de los niños carenciados de los barrios participantes en el evento, los días 21 y 28 de febrero de 2004, entre las 20 y las 2 hs. y los días 22 y 29 de febrero de 2004, entre las 20 y 24 hs. en Plaza Unidad Nacional, sita entre las calles Medrano, Costa Rica, Francisco Acuña de Figueroa y El Salvador.

Artículo 2° - La realización de dicha actividad deberá efectuarse sobre los solados rígidos, sin afectar las áreas verdes, teniendo en cuenta que los costos de subsanar cualquier eventual daño ocasionado en el predio correrá por cuenta del señor Juan Strano y del Centro Murga Ilusiones de Palermo, no implicando costo alguno para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3° - Los autorizados se harán responsables de la seguridad, conservación y limpieza de los espacios concedidos de acuerdo a las disposiciones vigentes.

Artículo 4° - La presente autorización queda sujeta a la previa firma del Acta de Compromiso en la Dirección General de Espacios Verdes.

Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia autenticada al Ministerio Público Fiscal y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Seguridad Urbana y a la Dirección General de Espacios Verdes. Vensentini

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