DISPOSICIÓN 206 2020 CUERPO DE AGENTES DE TRANSITO

Síntesis:

SE MODIFICA - PROTOCOLO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE CONTROLES DE ALCOHOLEMIA EN PANDEMIA - PERSONAL DEPENDIENTE - CUERPO DE AGENTES DE TRÁNSITO - DIRECCIÓN GENERAL DEL CUERPO DE AGENTES DE TRÁNSITO

Publicación:

22/12/2020

Sanción:

21/12/2020

Organismo:

CUERPO DE AGENTES DE TRANSITO

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley Nacional N° 27.541, las Leyes N° 2.148 (texto consolidado por la Ley

N° 6.017), N° 5.688 (texto consolidado por la Ley N° 6.017), los Decretos de

Necesidad y Urgencia N° 147/20 y 260/20 del Poder Ejecutivo Nacional, los Decretos

N° 1/20 y 17/2020, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Resolución Conjunta

N° 7/MJGGC/20, las Disposiciones N° 124/DGCATRA/20 (BOCBA N° 5962) y N°

160/DGCATRA/20 (BOCBA N° 5988); y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/20 el Poder Ejecutivo Nacional

amplió la emergencia pública en materia sanitaria que fuera declarada por la Ley N°

27.541, en virtud de la pandemia enunciada por la Organización Mundial de la Salud

(OMS) en relación al coronavirus COVID-19, por el plazo de un año a partir de su

publicación en el Boletín Oficial, lo que ocurrió el día 12 de marzo de 2020;

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) al declarar la situación de pandemia

ha afirmado que el COVID-19 se está propagando aceleradamente de persona a

persona; y que se han adoptado diferentes medidas de prevención y control con el

objeto de atender la situación epidemiológica y reducir el riesgo de propagación del

contagio en la población;

Que, entre ellas, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la

Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines

de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de

propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19), prorrogándose

dicha emergencia mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N° 17/20 hasta el 31 de

enero de 2021;

Que el Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito es la autoridad de control del

tránsito y el transporte en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según lo determinado

en el artículo 1.1.3 del Código de Tránsito y Transporte aprobado por Ley N° 2.148 y

sus modificatorias (texto consolidado por la Ley N° 6.017);

Que de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 5.688 (texto consolidado por la Ley N°

6.017), se instituyó el Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, que en su artículo 494 estableció que el Cuerpo de Tránsito y

Transporte es un cuerpo civil, uniformado, no armado, debidamente identificado, que

tiene como misión hacer cumplir las disposiciones del Código de Tránsito y

Transporte, el ordenamiento y control del tránsito peatonal y vehicular, incluido todo

tipo de transporte, la difusión entre la población de los principios de prevención,

seguridad vial y movilidad sustentable y la asistencia y participación en los programas

de educación vial que se establezcan;

Que en virtud del Decreto N° 147/20 se determinaron las áreas de máxima

esencialidad durante la pandemia de COVID-19 y se fijaron pautas de funcionamiento,

y del carácter esencial del servicio de control de tránsito y transporte determinado por

la Resolución Conjunta N° 7/MJGGC/20, resulta imprescindible dictar el acto

administrativo que implemente medidas profilácticas de prevención de contagios

durante el desempeño de los agentes de control de tránsito a los fines de evitar la

propagación del virus COVID-19 durante la prestación de los servicios de control;

Que, de acuerdo a lo preceptuado, por medio de la Disposición N° 160/DGCATRA/20

se estableció un protocolo de actuación institucional para la prevención e intervención

ante situaciones que plantea la emergencia sanitaria, durante la ejecución de

operativos de control de alcoholemia y estupefacientes, instrumento que

complementara los reglamentos establecidos en el "Manual de procedimientos

Operativos", aprobado por Disposición N° 124-DGCATRA-2020 (BOCBA N° 5962

23/09/2020) referido a los procedimientos desplegados por el personal dependiente de

esta Dirección General;

Que, en atención a lo expuesto, mediante nota NO-2020-25681828-GCABA-

DGCATRA esta Dirección General ha elevado a revisión del Ministerio de Salud el

Protocolo De Actuación para la Implementación de Controles de Alcoholemia en

Pandemia, y este último prestado su consentimiento para la consecución de los

mismos mediante nota NO-2020-26092823-MSGC, las cuales tramitaran en el Ex.

Elect. 26109858/DGCATRA/2020.

Que, en razón de la dinámica operacional que involucra la actuación del Cuerpo de

Agentes de Tránsito en el contexto descripto, resulta necesario y oportuno dictar el

presente acto administrativo con el objeto de actualizar el PROTOCOLO DE

ACTUACION PARA LA IMPLEMENTACION DE CONTROLES DE ALCOHOLEMIA

EN PANDEMIA para el Cuerpo de Agentes de Tránsito aprobado como Anexo I a

través de la Disposición N° 160/DGCATRA/20;

Que la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad ha tomado intervención y prestado

conformidad con el trámite aquí propiciado;

Por ello y en uso de las facultades que le son propias, en virtud del Decreto N°

17/2020,

EL DIRECTOR GENERAL

DEL CUERPO DE AGENTES DE TRÁNSITO

DISPONE

Artículo 1°.- Modificase el Protocolo de Actuación para la Implementación de Controles

de Alcoholemia en Pandemia para el personal dependiente del Cuerpo de Agentes de

Tránsito, aprobado por la Disposición N° 160/DGCATRA/20 y complementario de los

reglamentos de actuación vigentes del Cuerpo de Agentes de Tránsito, que como

Anexo I IF-2020-30571423-GCABA-DGCATRA forma parte integrante del presente

acto administrativo, y que entrará en vigencia a partir del día 22 de diciembre de

2020.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y

comuníquese para su conocimiento a la Secretaria de Transporte y Obras Públicas, y

a la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad. Cumplido, archívese. Ricciardi


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6022

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1º de la Disposición N° 41/DGCATRA/24, deja sin efecto la Disposición Nº 206/DGCATRA/20.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Disposición N° 206-DGCATRA/20 modifica el Protocolo de Actuación para la Implementación de Controles de Alcoholemia en Pandemia para el personal dependiente del Cuerpo de Agentes de Tránsito, aprobado por la Disposición N° 160-DGCATRA/20.</p>