RESOLUCIÓN 2314 2020 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Síntesis:

SE CONSIDERAN - PRESENTADAS Y ABONADAS EN TÉRMINO - HASTA EL  28 DE DICIEMBRE DE 2020 - DECLARACIONES JURADAS - ANTICIPO 11-2020 IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS - VENCIMIENTOS ORIGINALES OPERARON ENTRE LOS DÍAS 14 A 18 DE DICIEMBRE DE 2020, AMBAS FECHAS INCLUSIVE.- DIRECCION GENERAL DE RENTAS

Publicación:

23/12/2020

Sanción:

22/12/2020

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS


VISTO: LA RESOLUCIÓN N° 4651/MEFGC/2019 (BOCBA N° 5740) CON LAS

MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LAS RESOLUCIONES N°

138/MHFGC/2019 (BOCBA N° 5772) Y N° 1233/MHFGC/2020 (BOCBA N° 5833), Y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N° 4651/MEFGC/2019, modificada por las Resoluciones N°

138/MHFGC/2019 y N° 1233/MHFGC/2020, fueron establecidas las fechas de

vencimiento de los tributos que percibe la Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos correspondientes al ejercicio fiscal 2020;

Que en virtud de los inconvenientes técnicos en la página web institucional de la

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), se ha visto dificultada la

generación del Volante Electrónico de Pago (VEP) para la cancelación del Anticipo

11/2020 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los contribuyentes comprendidos

en el Sistema Informático de Contribuyentes Locales (e-SICOL), cuyos vencimientos

originales operaron entre los días 14 a 18 de diciembre de 2020;

Que es propósito de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos afianzar

la relación Fisco Contribuyentes y facilitar el cumplimiento de las obligaciones

tributarias en tiempo y forma, resultando necesario proceder a prorrogar las fechas de

vencimiento del anticipo mencionado, hasta el día 28 de diciembre del corriente año.

Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 4° de la Resolución N°

4651/MEFGC/2019 y sus modificatorias,

EL DIRECTOR GENERAL

DE LA DIRECCION GENERAL DE RENTAS

RESUELVE

Artículo 1°.- Considéranse presentadas y abonadas en término hasta el día 28 de

diciembre de 2020 las declaraciones juradas correspondientes al Anticipo 11/2020 del

Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los contribuyentes comprendidos en el

Sistema Informático de Contribuyentes Locales (e-SICOL), cuyos vencimientos

originales operaron entre los días 14 a 18 de diciembre de 2020, ambas fechas

inclusive.

Artículo 2°.- Si la fecha establecida en el artículo anterior resultara día no laborable

para la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o entidades

bancarias, el vencimiento se producirá el día hábil siguiente.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Subdirección General de Sistemas dependiente de la

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, al Banco de la Ciudad de

Buenos Aires y a las Subdirecciones Generales y demás áreas dependientes de esta

Dirección General para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese.

Tujsnaider

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art 1°.Resolucion 2314-DGR-20 considera presentadas y abonadas en término hasta el día 28 de diciembre de 2020<br />las declaraciones juradas correspondientes al Anticipo 11/2020 del Impuesto sobbbbre los Ingresos Brutos<br />cuyos vencimientos originales operaron entre los dias 14 al 18 de diciembre de 2020, ambas fechas inclusive.<br /> </p>