LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2020
Síntesis:
SE DECLA BIEN INTEGRANTE DEL PATRIMONIO CULTURAL AL CONJUNTO DE MURALES REALIZADOS POR VICENTE WALTER - COLECCIONES Y OBJETOS - LEY 1227 - CONJUNTO DE MURALES REALIZADOS POR EL ARTISTA VICENTE WALTER - EXPRESIONES Y MANIFESTACIONES INTANGIBLES
Publicación:
28/12/2020
Sanción:
10/12/2020
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 1°.- Declárase como bien integrante del Patrimonio Cultural en los términos
del Art. 4° inc. h) "Colecciones y objetos" de la Ley 1227, al conjunto de murales
realizados por el artista Vicente Walter detallados en el Anexo I).- que forma parte de
la presente Ley.-
Art. 2°.- Declárase como bien integrante del Patrimonio Cultural en los términos del
Art. 4° inc. j) "Expresiones y Manifestaciones Intangibles" de la Ley 1227, a la totalidad
de la obra realizada por el artista Vicente Walter.-
Art. 3°.- Encomiéndese al Órgano de Aplicación de la citada Ley 1227, implementar los
medios necesarios para garantizar la restauración, conservación y puesta en valor de
los murales declarados en el artículo 1°.
Art. 4°.- Encomiéndese a la Unidad Técnica de Coordinación Integral de Catálogos,
Registros e Inventarios (UTCICRI) la incorporación de las obras detalladas en el
Anexo I) al sistema de documentación integrada citado en el Artículo 10 de la Ley
1.227.
Art. 5°.- Encomiéndese a la Comisión para la Preservación del Patrimonio Histórico
Cultural de la Ciudad de Buenos Aires la incorporación del conjunto de murales
detallados en el Anexo I) al programa Registro de Murales de Buenos Aires.
Art. 6°.- Publíquese y cúmplase con lo establecido en los Artículos 89° y 90° de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Forchieri - Schillagi