DECRETO 484 2020
Síntesis:
SE APRUEBAN - NORMAS ANUALES DE EJECUCIÓN Y APLICACIÓN - PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - EJERCICIO FISCAL 2021
Publicación:
04/01/2021
Sanción:
29/12/2020
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6.384, el Expediente Electrónico N° 31.028.910-GCABA-
DGOGPP/20, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.384, promulgada por el Decreto N° 460/20, se aprobó el
Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2021;
Que de conformidad con la facultad conferida por el artículo 39 de la citada ley,
corresponde dictar las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto
General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
para el Ejercicio 2021;
Que asimismo, de acuerdo con las disposiciones del artículo 34 de la Ley N° 6.384, el
Poder Ejecutivo está autorizado para efectuar delegaciones de sus competencias en
materia de reestructuraciones, modificaciones y ampliaciones del presupuesto, a
efectos de desconcentrar y agilizar su gestión.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°- Apruébanse las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del
Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2021 que, como Anexo (IF-2020-31189614-
GCABA-DGOGPP), forman parte integrante del presente.
Artículo 2°- El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y
Finanzas y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de la
Dirección General Asuntos Legislativos, a los Ministerios y Secretarías dependientes
del Poder Ejecutivo y a la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de la
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Dirección General Contaduría, ambas
dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese.
RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel