DISPOSICIÓN 6 2021 DIRECCION GENERAL DE OFICINA DE GESTION PUBLICA Y PRESUPUESTO
Síntesis:
SE APRUEBAN - NORMAS ACLARATORIAS Y PAUTAS METODOLÓGICAS - EJECUCIÓN Y APLICACIÓN - PRESUPUESTO GENERAL - ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - EJERCICIO FISCAL 2021 - PAUTAS TÉCNICAS Y METODOLÓGICAS - CARGA FÍSICA DE PROGRAMAS - SEGUIMIENTO TRIMESTRAL DE LA GESTIÓN PARA EL EJERCICIO 2021 - PAUTAS METODOLÓGICAS PARA LA EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA ANUAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020 - OFICINA DE GESTIÓN PÚBLICA Y PRESUPUESTO
Publicación:
19/07/2021
Sanción:
06/07/2021
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE OFICINA DE GESTION PUBLICA Y PRESUPUESTO
VISTO: Las leyes N° 70 (texto consolidado conforme Ley N° 6.347) y N° 6.384, los
Decretos N° 1.000/99 y 484/20, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 70 (texto consolidado conforme Ley N° 6.347) se fijaron los
Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto N° 1.000/99, reglamentario de la citada ley, establece en su artículo 12
(reglamentario del artículo 23 de la Ley N° 70), que corresponde a la Dirección
General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto (OGEPU) determinar las
características de los informes trimestrales que deben elaborar los responsables de los
programas y los superiores jerárquicos de las áreas;
Que por su parte, los artículos 36 y 37 del Decreto N° 1.000/99 (reglamentarios de los
artículos 71 y 72 de la Ley N° 70), determinan que la OGEPU, a los efectos de la
evaluación de la ejecución presupuestaria, determina las normas técnicas a las que
debe ceñirse los informes correspondientes al resultado de la gestión;
Que por la Ley N° 6.384, promulgada por el Decreto N° 460/20, se aprobó el
Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2021;
Que mediante el Decreto N° 484/20 se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y
Aplicación del Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires para el Ejercicio 2021;
Que el artículo primero de las citadas Normas establece que la OGEPU es la autoridad
de aplicación de las mismas y posee facultades para efectuar adecuaciones, dictar
normas aclaratorias y fijar los procedimientos que resulten necesarios para la
ejecución del presupuesto correspondiente al ejercicio 2021;
Que en esa inteligencia, a fin de dotar a la administración de reglas y criterios
directrices en materia presupuestaria y de gestión pública, resulta necesario establecer
las normas aclaratorias y pautas metodológicas que han de regir la ejecución y
evaluación del Presupuesto para el ejercicio 2021;
Que asimismo, es menester establecer pautas metodológicas para la elaboración del
informe de evaluación presupuestaria anual correspondiente al ejercicio 2020;
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,
Artículo 1° - Apruébanse las Normas Aclaratorias y Pautas Metodológicas para la
Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2021 que, como Anexo I
(IF-2021-19885090-DGOGPP), forman parte integrante de la presente.
Artículo 2° - Apruébanse las Pautas Técnicas y Metodológicas para la Carga Física de
Programas y el Seguimiento Trimestral de la Gestión para el ejercicio 2021 que, como
Anexo II (IF-2021-19885091-DGOGPP), forman parte integrante de la presente.
Artículo 3° - Apruébanse las Pautas Metodológicas para la Evaluación Presupuestaria
Anual para el Ejercicio Fiscal 2020 que, como Anexo III (IF-2021-19885100-DGOGPP),
forman parte integrante de la presente.
Artículo 4° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a las Oficinas de Gestión Sectorial del Poder Legislativo, Poder Judicial,
Auditoría General de la Ciudad, Defensoría del Pueblo, de los Ministerios, Secretarías
y Subsecretarías dependientes del Poder Ejecutivo, de la Sindicatura General de la
Ciudad, Organismos Descentralizados dependientes del Poder Ejecutivo y a la
Dirección General Contaduría. Cumplido, archívese. Kolliker Frers