RESOLUCIÓN 1 2021 SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO - PRÓRROGA ESTABLECIDA - RESOLUCIÓN N° 91-SSJUS/20 SE PRORROGA EL VALOR DE LA UNIDAD FIJA - PAGO DE MULTAS APLICADAS COMO SANCIÓN ADMINISTRATIVA - FALTAS - TIPOS PENALES - LEY  451 - UF - SANCIONES - PAGO - SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - AUTOMÓVIL CLUB ARGENTINO SEDE CENTRAL - UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE CONTROL DE FALTA

Publicación:

07/01/2021

Sanción:

06/01/2021

Organismo:

SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


VISTO: La Ley N° 451 (texto consolidado Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 70/14,

97/18 y 474/19, las Resoluciones N° 32/SSJUS/2019, 41/SSJUS/2020 y

91/SSJUS/2020, Las Disposiciones N° 2019-194- GCABA-DGAI y N° 2020-9-GCABA-

DGAI, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 451 (texto consolidado Ley N° 6.347), se aprobó el Régimen

de Faltas que resulta aplicable a todas las infracciones que se cometan en el ámbito

territorial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o cuyos efectos se produzcan o

deban producirse en éste;

Que por el artículo 20 de la Ley citada precedentemente, se estableció que las Multas

serán determinadas en Unidades Fijas, teniendo cada Unidad Fija un valor equivalente

a medio litro de nafta de mayor octanaje informado por el Automóvil Club Argentino

Sede Central y que el mismo se establecerá por períodos semestrales;

Que el Decreto N° 70/14 estableció que el valor de la Unidad Fija previsto por el

Artículo 20 de la Ley N° 451 será fijado semestralmente por la Subsecretaría de

Justicia, dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, previa solicitud al

Automóvil Club Argentino, Sede Central, a fin de que esta entidad informe el precio de

venta al público en moneda de curso legal equivalente a medio litro de nafta de mayor

octanaje;

Que mediante Resolución N° 32/SSJUS/2019, publicada en el Boletín Oficial Nro.

5555 de fecha 8 de febrero de 2019, se fijó el Valor de la Unidad Fija utilizada para

determinar la sanción de multa prevista en los términos del artículo 20 de la Ley Nro.

451, en la suma de Pesos Veintiuno con cuarenta centavos ($ 21,40);

Que, mediante Decreto N° 474/19 se designó, como Subsecretario de la Subsecretaría

de Justicia, al Dr. Jorge Djivaris;

Que con el propósito de arribar a soluciones que permitieran un tratamiento ágil,

racional y proporcionado de legajos con una importante cantidad de actas de

comprobación, como en aquellos que involucran la apertura de vías peatonales, la

Dirección General de Administración de Infracciones procedió al dictado de las

disposiciones N° 2019-194-GCABA-DGAI y N° 2020-09-GCABA-DGAI, por las cuales

se asignaron Controladores Administrativos de Faltas para el tratamiento específico de

esta materia a fin de colaborar con la resolución de los mismos;

Que por Resolución N° 41/SSJUS/2020 de fecha 12 de marzo de 2020, se resolvió

mantener por el plazo de seis (6) meses consecutivos, el valor de la unidad fija

utilizada para determinar la sanción de multa prevista en los términos del artículo 20

de la Ley Nro. 451 (texto consolidado por Ley Nro. 6.347) en la suma de Pesos

veintiuno con Cuarenta Centavos ($ 21,40), exclusivamente respecto al pago de las

multas aplicadas como sanción administrativa por comisión de las faltas contenidas en

los tipos penales insertos en los artículos 2.1.13, 2.1.15, 2.1.17, 2.1.18, 2.1.19, 2.1.20,

2.1.21, 2.1.21.1, 2.1.27, 2.1.28, 2.1.29, 2.1.30 y 2.1.31 y cctes. de la ley N° 451 y sus

modificatorias;

Que en fecha 22 de septiembre de 2020, por medio de la Resolución N°

91/SSJUS/2020, se prorrogaron los términos de lo dispuesto mediante la Resolución

N° 41/SSJUS/2020, por un plazo de seis (6) meses consecutivos, manteniéndose en

consecuencia, el valor de la unidad fija establecido en la suma de Pesos Veintiuno con

Cuarenta Centavos ($ 21,40), exclusivamente respecto al pago de las multas

aplicadas como sanción administrativa por comisión de las faltas contenidas en los

tipos penales que fueran mencionados precedentemente a fin de mantener el marco

especial establecido por ella;

Que mediante Resolución N° 169/SSJUS/2020 de fecha 30 de diciembre de 2020, se

estableció el Valor de la Unidad Fija utilizada para determinar la sanción de multa

prevista en los términos del artículo 20 de la Ley Nro. 451 (texto consolidado Ley N°

6.347), en la suma de Pesos Treinta y Nueve ($ 39);

Que por ello y en atención a lo dispuesto por la Resolución N° 169/SSJUS/2020, se

entiende necesario dejar sin efecto la prorroga establecida de manera excepcional por

medio de la Resolución N° 91/SSJUS/2020 y proceder al dictado del correspondiente

acto administrativo en cuestión.

Por todo lo expuesto,

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Dejar sin efecto, a partir del 04/01/2021, la prórroga establecida de

manera excepcional, por medio de la Resolución N° 91-GCABA-SSJUS-2020.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

y pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de

Administración de Infracciones. Cumplido, Archívese. Djivaris

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Resolución N° 1-SSJUS/21 modifica la Resolución N° 32-SSJUS/19 por la cual  se fijó el Valor de la Unidad Fija utilizada para determinar la sanción de multa prevista en los términos del artículo 20 de la Ley N° 451, en la suma de Pesos Veintiuno con cuarenta centavos ($ 21,40).</p>
DEROGA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 1-SSJUS/21 deja sin efecto, a partir del 04/01/2021, la prórroga establecida de manera excepcional, por medio de la Resolución N° 91-GCABA-SSJUS-2020.</p>