RESOLUCIÓN 91 2020 SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

Síntesis:

SE PRORROGA EL VALOR DE LA UNIDAD FIJA - PAGO DE MULTAS APLICADAS COMO SANCIÓN ADMINISTRATIVA - FALTAS - TIPOS PENALES - LEY  451 - UF - SANCIONES - PAGO - SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - AUTOMÓVIL CLUB ARGENTINO SEDE CENTRAL - UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE CONTROL DE FALTAS

Publicación:

29/09/2020

Sanción:

22/09/2020

Organismo:

SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley N° 451 (texto consolidado Ley N° 6.017), los Decretos Nros. 70/AJG/14

y 97/AJG/18, las Resoluciones N° 97/SSJUS/2018, N° 32/SSJUS/2019 y N°

41/SSJUS/2020, Las Disposiciones N° 2019-194-GCABA-DGAI y N° 2020-9-GCABA-

DGAI, el Expediente Electrónico N° 4041068/MGEYA-SSJUS/19, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 451 (texto consolidado Ley N° 6.017), se aprobó el Régimen

de Faltas que resulta aplicable a todas las infracciones que se cometan en el ámbito

territorial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o cuyos efectos se produzcan o

deban producirse en éste;

Que por el artículo 20 de la Ley citada precedentemente, se estableció que las Multas

serán determinadas en Unidades Fijas, teniendo cada Unidad Fija un valor equivalente

a medio litro de nafta de mayor octanaje informado por el Automóvil Club Argentino

Sede Central y que el mismo se establecerá por períodos semestrales;

Que el Decreto N° 70/14 estableció que el valor de la Unidad Fija previsto por el

Artículo 20 de la Ley N° 451 será fijado semestralmente por la Subsecretaría de

Justicia, dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, previa solicitud al

Automóvil Club Argentino, Sede Central, a fin de que esta entidad informe el precio de

venta al público en moneda de curso legal equivalente a medio litro de nafta de mayor

octanaje;

Que mediante Resolución N° 97/SSJUS/2018, publicada en el Boletín Oficial Nro.

5444 de fecha 28 de agosto de 2018, se fijó el Valor de la Unidad Fija utilizada para

determinar la sanción de multa prevista en los términos del artículo 20 de la Ley Nro.

451 (texto consolidado Ley N° 6.017), en la suma de Pesos Diecisiete con Ochenta y

Cinco Centavos ($ 17,85), luego por RESOL-2019-32-GCABA-SSJUS se elevó dicho

monto a la suma Pesos Veintiuno con Cuarenta Centavos ($ 21,40), mientras que por

RESOL-2020-41-GCABA-SSJUS se resolvió mantener por el plazo de seis (6) meses

consecutivos, el valor de la unidad fija en la suma de Pesos Veintiuno con Cuarenta

Centavos ($ 21,40);

Que, mediante Decreto N° 2019-474-GCABA-AJG se designó, como Subsecretario de

la Subsecretaría de Justicia, al Dr. Jorge Djivaris;

Que tal como fuera expuesto a lo largo de los considerandos de la Resolución N°

2020-41-GCABA-SSJUS y con el propósito de arribar a soluciones que permitan lograr

un tratamiento ágil, racional y proporcionado de aquellos legajos que poseen una

importante cantidad de actas de comprobación, tal como sucede en los casos que

involucran la apertura de vías peatonales, fue por ello que la Dirección General de

Administración de Infracciones procedió al dictado de las disposiciones N° 2019-194-

GCABA-DGAI y N° 2020-9-GCABA-DGAI, por las cuales se asignaron Controladores

Administrativos de Faltas para el tratamiento específico de esta materia con el objetivo

de colaborar con la resolución de los mismos;

Que en virtud de lo expuesto se estima oportuno prorrogar la vigencia de los términos

de la Resolución RESOL-2020-41-GCABA-SSJUS a fin de mantener el marco especial

establecido por ella, por un plazo determinado, en pos de optimizar el funcionamiento

de las Unidades Administrativas de Control de Faltas especializadas en la materia, así

como también lograr que las empresas imputadas puedan ajustarse a derecho,

cumpliendo con el pago de las sanciones impuestas en cada caso. Por todo lo

expuesto,

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA

RESUELVE

Artículo 1°.- Prorrogar a partir del día 12 de septiembre de 2020 y por un plazo de seis

(6) meses consecutivos, el valor de la unidad fija establecido en la suma de Pesos

Veintiuno con Cuarenta Centavos ($ 21,40); exclusivamente respecto al pago de las

multas aplicadas como sanción administrativa por comisión de las faltas contenidas en

los tipos penales insertos en los artículos 2.1.13, 2.1.15, 2.1.17, 2.1.18, 2.1.19, 2.1.20,

2.1.21, 2.1.21.1, 2.1.27, 2.1.28, 2.1.29, 2.1.30 y 2.1.31 y cctes. de la ley N° 451 y sus

modificatorias, conforme los términos del art. 1 del Decreto N° 70/AJG/14.-

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

y pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de

Administración de Infracciones. Djvaris

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 1-SSJUS/21 deja sin efecto, a partir del 04/01/2021, la prórroga establecida de manera excepcional, por medio de la Resolución N° 91-GCABA-SSJUS-2020.</p>
MODIFICA
<p><strong>(PRÓRROGA DEJADA SIN EFECTO)</strong> Art. 1 de la Resolución 91-SSJUS/20 prorroga, a partir del día 12 de septiembre de 2020 y por un plazo de seis<br />(6) meses consecutivos, el valor de la unidad fija establecido en la suma de Pesos Veintiuno con Cuarenta Centavos ($ 21,40) por Resolución 41-SSJUS/20, modificatoria de la Resolución 32-SSJUS/19.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 91-SSJUS/20 prorroga, a partir del día 12 de septiembre de 2020 y por un plazo de seis<br />(6) meses consecutivos, el valor de la unidad fija establecido en la suma de Pesos Veintiuno con Cuarenta Centavos ($ 21,40) por Resolución 41-SSJUS/20, exclusivamente respecto al pago de las multas aplicadas como sanción administrativa porcomisión de las faltas contenidas en los tipos penales insertos en los artículos 2.1.13, 2.1.15, 2.1.17, 2.1.18, 2.1.19, 2.1.20, 2.1.21, 2.1.21.1, 2.1.27, 2.1.28, 2.1.29, 2.1.30 y 2.1.31 y cctes. de la ley N° 451 y sus modificatorias, conforme los términos del art. 1 del Decreto 70/14.</p>