DECRETO 327 2004
Síntesis:
MODIFICA EL DECRETO N° 2.696/GCBA/03, B.O. N° 1836, EN LO REFERENTE A LA ESTRUCTURA DE LA SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA - MODIFICACIÓN DE ESTRUCTURA -, ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - ESTRUCTURA ORGÁNICA - TRANSFERENCIA DE ORGANISMOS - CENTROS DE GESTIÓN Y PARTICIPACIÓN - SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN CIUDADANA - MODIFICACIÓN DE DENOMINACIÓN DE ORGANISMOS - DIRECCIÓN GENERAL DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO - DIRECCIÓN GENERAL DE PARTICIPACIÓN Y ACCIÓN COMUNITARIA - OBJETIVOS - RESPONSABILIDAD PRIMARIA - DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN LOCAL
Publicación:
11/03/2004
Sanción:
09/03/2004
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Decreto N° 2.696/GCBA/2003 (B.O.C.B.A. N° 1836), y;
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto citado, se ha efectuado la modificación de la estructura organizativa del Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires;
Que por dicho Decreto se creó la Secretaría de Descentralización y Participación Ciudadana y sus dependencias funcionales;
Que resulta necesario efectuar diversos cambios a la estructura organizativa de la Secretaría de Descentralización y Participación Ciudadana a fin de optimizar y agilizar la gestión;
Por ello y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los Arts. 102 y 104, Incs. 4 y 9 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1° - Modifícase parcialmente el Decreto N° 2.696/GCABA/2003, transfiriendo los Centros de Gestión y Participación de la órbita de la Subsecretaría de Descentralización a la Secretaría de Descentralización y Participación Ciudadana.
Artículo 2° - Modifíquese la denominación de la Dirección General de Presupuesto Participativo por la de Dirección General de Participación y Acción Comunitaria.
Artículo 3° - Modifícanse los objetivos y responsabilidades primarias de la Secretaría de Descentralización y Participación Ciudadana, y sus dependencias funcionales conforme a los Anexos II/12 (Descripción de Objetivos, Responsabilidad Primaria), los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 4° - Asígneseles a las Direcciones Generales Participación y Acción Comunitaria y de Gestión Local función crítica alta de conformidad con lo previsto en los Arts. 5° y 10 del Decreto N° 726/GCBA/01 y su modificatorio Decreto N° 761/GCBA/01.
Artículo 5° - La Secretaría de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas necesarias a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 6° - El presente Decreto es refrendado por el Sr. Secretario de Descentralización y Participación Ciudadana, por la Sra. Secretaria de Hacienda y Finanzas y por el Sr. Jefe de Gabinete.
Artículo 7° - Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Secretaría de Descentralización y Participación Ciudadana, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y a las Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. IBARRA - Capaccioli - Albamonte - Fernández
ANEXOS
Ver archivo 1
Ver archivo 2
Ver archivo 3
Ver archivo 4
Ver archivo 5